Pasión: impugnada la música a la Virgen

Un grupo de hermanos defiende el carácter “esencial” del silencio y denuncia la violación del acuerdo de fusión con la Sacramental del Salvador

Denuncian que en el cabildo extraordinario no se dejó hablar con libertad y que se impuso el voto “a mano alzada”.

Un grupo de miembros de la Hermandad de Pasión han denunciado ante el vicario general de la Archidiócesis de Sevilla las circunstancias en que se aprobó el pasado mes de diciembre la modificación de 142 reglas de la cofradía, en un cabildo general extraordinario que se prolongó desde las 9 de la noche hasta pasadas las 2 de la madrugada y en el que la representación de la autoridad eclesiástica no hizo uso de la palabra ni una sola vez, y ha impugnado expresamente con un recurso de más de 30 folios dos acuerdos, por estimar que afectan a dos cuestiones de la máxima trascendencia:

-la alteración del silencio en la procesión del Jueves Santo (regla número 100)

-y la supresión de los cargos sacramentales en la Junta de Gobierno, hecho que a su juicio afecta al culto sacramental que ha caracterizado históricamente a la Hermandad (regla 59).

Según se expone en el recurso, el hermano mayor, Javier Criado, aseguró en el cabido que “siguiendo instrucciones estrictas de la Autoridad Eclesiástica”, no se permitiría intervención o debate alguno sobre ninguna de las reglas cuya aprobación se proponía a la asamblea, salvo a quien hubiera presentado alguna alegación en cada caso concreto y a algún miembro de la Junta de Gobierno si estimaba que debía contestarle, sin turno de réplica para el alegante.

La votación, siempre según los recurrentes, se celebró por el sistema de “mano alzada”, elegido por el propio Cabildo. Si el hermano mayor veía muchas manos levantadas, decidía que la cuestión tratada se aprobaba por mayoría “aplastante” o “apabullante”, sin que en ningún caso se procediera a interrogar a la asamblea sobre quién votaba en contra, con lo que se privó del derecho de voto a los disidentes. En los casos en que el número de votos favorables aconsejaba el recuento, los denunciantes dicen que aquél se realizó a simple vista: se contaban los votos a favor y en contra, pero no se contabilizaban las abstenciones.

Los recurrentes emplean una amplia y documentada argumentación jurídica para impugnar la introducción de un “acompañamiento musical” tras el paso de la Virgen, con lo que –exponen- se rompe una tradición secular de procesión en absoluto silencio que databa desde el año 1903, “en consonancia con el espíritu religioso que anima a la cofradía”.

En el debate del cambio de reglas, el hermano mayor sostuvo que si antaño se eliminó la banda de música fue “por razones económicas” que ya no persistían y que además “la Virgen iba muy sola”. Según se lee en el recurso, a lo largo de más de un siglo la cofradía atravesó por momentos de esplendor y nunca repuso el acompañamiento musical a la Virgen.

Alegan los recurrentes que “ignorar el extraordinario valor litúrgico y espiritual del silencio reduce un tema trascendental a materia puramente estética”. “Desde un punto de vista litúrgico –añaden-, es importantísimo preservar ese silencio sagrado de nuestra cofradía para fomentar el íntimo encuentro con Dios en las horas en que se conmemora su Pasión y Muerte” frente a una sociedad a menudo aturdida por ruidos y dispersa en lo efímero. Este grupo sostiene, frente a Javier Criado, que la Virgen no va sola por no llevar música: “Nunca ha ido sola ni irá sola jamás mientras tenga a su lado hermanos de Pasión”.

Por otra parte, los recurrentes contra la supresión de cargos sacramentales en la Junta de Gobierno afirman que con este acuerdo se vulneran las bases de la fusión en 1918 entre las archicofradías sacramental y de Pasión,  con merma de la preeminencia del culto a Cristo vivo, cuya presencia en la Eucaristía es dogma de fe, en beneficio de los besapiés a la imagen del Jesús de la Pasión, intención que revela hasta la disposición arquitectónica de la capilla en su estado actual.

Como contraste, en el recurso se pone de ejemplo la Basílica del Gran Poder, en la cual la Eucaristía no se reserva en el Altar Mayor, sino en una capilla anexa, no habiendo estorbo por tanto entre la práctica devota del besapiés permanente a la imagen inveterada –“frente a la novedad de esta práctica en nuestra corporación”- y la adoración eucarística.

Por último, los autores del recurso denuncian ante el vicario que por la prensa han sabido que el hermano mayor ha contratado ya una banda de música para acompañar a la Virgen el próximo Jueves Santo pese a que la Iglesia aún no ha ratificado los acuerdos adoptados en el cabildo extraordinario de diciembre.

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