La factura de la capitalidad

Zoido anuncia que pedirá al Parlamento andaluz una Carta de Capitalidad para Sevilla. Da así un golpe de autoridad como nuevo presidente del PP (A) frente al alcalde de Málaga e hipotético y futurible rival, Francisco de la Torre, siempre contrario a un cambio del ‘estatus’ de Sevilla. También, como nuevo líder de la Oposición, pone en un brete a Griñán. Si éste rechaza la solicitud, que implicaría dinero extra en plena crisis, Zoido puede utilizar en clave sevillana la negativa en contra de la Junta, dentro de la confrontación PP/PSOE en Andalucía. Y si Griñán accede, Zoido se apunta el tanto por haber conseguido para Sevilla lo que nunca nadie en 30 años de Autonomía. Pase lo que pase, a expensas sólo de dominar su frente interno oriental, Zoido gana políticamente con la iniciativa.

Por lo que viene filtrando, quiere por una parte que se incrementen las competencias del Ayuntamiento en seguridad ciudadana, movilidad, infraestructuras….en línea con la ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid. Y, por otra, que la Junta compense a Sevilla por las ‘cargas extraordinarias’ que soporta por ser capital de Andalucía. ¿Y cuáles son esas cargas y el dinero a percibir?

 

Este es un tema que se presta a todo tipo de interpretaciones y cálculos. Veamos precedentes. En 2010, el Ayuntamiento de Santander encargó a dos economistas que evaluaran los costes adicionales en que incurría la ciudad por ser capital de Cantabria. La conclusión fue que la urbe pagaba cada año del orden de 14 millones de euros por los servicios como capital autonómica a las casi 30.000 personas que a diario acuden o trabajan allí.

En 2011, el Institut d´Economia de Barcelona realizó en su ‘II Informe sobre Federalismo Fiscal en España’ una estimación de la compensación que, a su juicio,  correspondería a capitales de Autonomías o provincias. Madrid encabezaba la lista con 385 millones de euros, seguida de Barcelona, con 149 millones, y Sevilla, con 87 millones. En la lista también figuraban, entre otras, Valencia, con 46 millones; Santander, con 15 millones (en línea con lo calculado por su Ayuntamiento), y Santiago de Compostela, con 12,7 millones de euros.

El Ayuntamiento sevillano alegará que sus costes extraordinarios se deben a “las exenciones tributarias, el tráfico, la seguridad, los servicios municipales e incluso por la utilización de un espacio físico por parte de las instituciones de la Junta”. Esta enumeración coincide prácticamente con los conceptos comprendidos en el estudio ‘Costes de capitalidad: el caso de Compostela’, realizado a raíz de que la ley 4/2002, de 25 de Junio, dotara a la ciudad gallega de un estatuto especial de capitalidad. Los investigadores trataban de traducir a cifras las cargas que soportaban las arcas municipales por el título de capital de Galicia.

Lo interesante de este informe, cuya conclusión final fue un coste extra de 5.507.494 euros anuales (más que duplicado en la estimación más reciente del instituto catalán), era que incluía la metodología empleada para calcular, capítulo por capítulo (y en algunos casos con complejas fórmulas matemáticas para un profano), la factura de la capitalidad gallega, por conceptos como:

-Las exenciones tributarias a los edificios (IBI) y flota de vehículos propiedad de la Xunta de Galicia, que según la ley no pagan tributos, una excepción que Zoido no admite en Sevilla, ya que él, apenas aterrizado en la Alcaldía, exigió en el Parlamento andaluz que Griñán saldase con el Ayuntamiento una deuda de 8,6 millones de euros por IBI, sello del coche y otros tributos municipales.

-Costes de congestión de las vías urbanas por el tráfico inducido por la Xunta.

-Servicios municipales de protocolo y seguridad.

-Utilización de espacio físico por las instituciones autonómicas.

-Conservación y rehabilitación del patrimonio histórico-monumental.

-Reserva de “terrenos institucionales” en el PGOU.

-Por el uso y potenciación del gallego.

-Promoción turística de la ciudad.

El estudio llega hasta el extremo de imputarle a la capitalidad el coste marginal de los efectos nocivos que producen los líquidos utilizados durante la vida útil de los automóviles cuya existencia se vincula de alguna manera, directa o indirecta, con la Xunta, “y que si no se

extrajeran cuando se desguazan pueden producir vertidos contaminantes: líquido de frenos, ácidos de las baterías, gas CFC, aceites lubricantes….”. Calcula el coste marginal de los heridos y muertos en accidentes de tráfico imputables a la capitalidad (¿?), el ruido de la circulación, el tiempo perdido en atascos….

Cualquier cosa es susceptible de ser convertida en un coste marginal para el Ayuntamiento con tal de engordar la factura, pero nunca se valora el beneficio de ese título político-administrativo. En estas Tablas Input-Output sólo hay Output. Por ejemplo, no se calcula la mayor carga de trabajo para los talleres por el desguace o reciclaje de esos automóviles. En el caso del patrimonio, ¿habría gastado el Ayuntamiento sevillano casi 60 millones de euros en restaurar San Telmo para la Junta? ¿O el Palacio de Altamira? ¿O el Coliseo? ¿O ha sido más bien al revés?

Hay sobrecostes claros como el de la seguridad y protección civil (Compostela contrató a 90 policías más) para afrontar desde actos institucionales hasta manifestaciones de protesta, pero en otros casos se riza el rizo con tal de inflar la factura, un error en que no debe incurrir Zoido, pues toda Andalucía va a mirar con lupa la minuta que presente al Parlamento en nombre de Sevilla y su capitalidad. ¿Perjuicio o privilegio?

 

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