IU se quedó con las llaves

El coordinador regional de IU, Antonio Maíllo, ha declarado tras devolver en horas 24 la presidenta de la Junta las competencias en materia de adjudicación de viviendas a la Consejería de Fomento -a raíz de la crisis provocada por la corrala Utopía- que la actuación de este Departamento había sido completamente legal al ajustarse al Reglamento de Viviendas Protegidas y a la ley Antidesahucios de Andalucía. Sin embargo, la aplicación de esta última ley está suspendida por el Tribunal Constitucional después de que fuera recurrida por el Gobierno de Rajoy, por lo que IU invoca una norma que a todos los efectos es como si no existiera.

La primera dificultad, por tanto, para tratar de comprender las razones de PSOE e IU en el conflicto político desatado tras el desalojo y posterior reparto de llaves de viviendas protegidas a okupas de la corrala Utopía es ver el marco jurídico en que se produce y cómo lo interpreta cada socio del Gobierno andaluz para justificar su posición y presentarse como  vencedor en la disputa, aunque oficialmente mantengan que no ha habido ni vencedores ni vencidos: cada uno toma la parte del todo que le interesa, amparados en la selva de disposiciones sobre vivienda, suelo y urbanismo aprobadas en la historia reciente de Andalucía.

CORPUS LEGISLATIVO

Podríamos remontarnos a la ley de Medidas para la Vivienda Protegida y Suelo, que data del año 2005. Esta ley modificó tres anteriores, aprobadas entre 1995 y 2002 (incluida la ley de Ordenación Urbanística de Andalucía), pero a su vez fue modificada luego por cuatro leyes y dos decretos-leyes, que versaban, entre otros, sobre urbanismo, comercio interior, viviendas protegidas y suelo y función social de la vivienda.

Con cada nueva norma se introducen artículos nuevos, se deroga parte de los anteriores, se introducen modificaciones, se hace referencia sólo a una parte del corpus legislativo anterior y se sobreentiende que el resto sigue vigente….En esta maraña legal y administrativa, que sólo pueden desentrañar los iniciados en la materia, es fácil que el PSOE y sobre todo IU encuentren un resquicio para avalar sus tesis sobre la ilegalidad o la legalidad de las actuaciones en el caso de la corrala Utopía.

La cuestión clave a dilucidar es cómo funciona o debe funcionar el sistema de adjudicación de viviendas protegidas en Andalucía. En este sentido, creemos que hay que remitirse al decreto 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas de Andalucía, y el decreto 1/2012, de 10 de enero, regulador de los Registros Municipales de Vivienda Protegida, que modifica y amplía el primero.

EL REGISTRO, CLAVE

En síntesis, estas normas establecen que todo andaluz que por sus circunstancias quiera acceder a una vivienda protegida deberá inscribirse en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida. Estos registros se consideran instrumentos básicos porque permiten conocer el número total de demandantes en cada municipio de Andalucía (y por extensión en toda la región) y el perfil de los solicitantes, para que así, coordinados por la Consejería responsable de la Junta, los ayuntamientos elaboren sus propios planes municipales de vivienda y suelo. Éstos comprobarán los datos de los solicitantes antes de inscribirlos en el Registro, así como la modificación y actualización de los mismos.

Tras los cambios introducidos por el decreto 1/2012, de 10 de enero, el artículo 13 especifica las excepciones a la obligación de adjudicar las viviendas mediante el Registro Municipal de Demandantes, pero siempre respetando los principios de igualdad, transparencia, publicidad (los Registros deberían tener carácter público) y concurrencia. Este artículo es clave porque es al que se agarra IU para justificar su proceder con la corrala Utopía. Estas son las excepciones que refleja:

1) Las actuaciones que tengan como objeto el realojo permanente o transitorio motivado por actuaciones urbanísticas, de rehabilitación o renovación urbana. Sería el caso, por ejemplo, de los implicados en las operaciones de regeneración urbanística de Regiones Devastadas (Nuevo Amate) y Los Pajaritos, en Sevilla. Los desalojados de sus casas por las demoliciones previstas para rehabilitar esos barrios pueden saltarse el Registro Municipal o el orden en el que figuren en el mismo.

2) Familias en riesgo de exclusión social cuando se justifique su carácter de urgencia por los Servicios Sociales del Ayuntamiento.

3) Adjudicación de viviendas calificadas en programas de alquiler a entidades sin ánimo de lucro para destinarlas al alojamiento de personas sin recursos o en riesgo de exclusión social.

Según el Decreto, estas excepciones deberán ser autorizadas, en cada caso, por la persona titular del correspondiente Registro y comunicadas a la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de vivienda.

NÚMERO DE INSCRITOS

Aunque han circulado cifras diversas, los datos más recientes y verosímiles sobre la situación del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida en Sevilla al estallar la polémica por la corrala Utopía serían los siguientes: 12.352 personas/familias inscritas, de las que 800 necesitarían viviendas sociales de bajo precio y 388 estarían en un riesgo de exclusión social al menos similar al invocado como razón por los okupas de la corrala Utopía para dar la patada en la puerta del inmueble de Ibercaja en la Avenida Juventudes Musicales y ocuparlo ilegalmente durante casi dos años, hasta su desalojo policial por orden judicial y tras fracasar sus recursos ante la Justicia española y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

A raíz del desalojo policial y la acampada ante el Ayuntamiento, se inicia el baile de cifras. La Consejería de Fomento dice que son 22 las familias desalojadas (luego se hablará de 17), anuncia que cuenta con 6 viviendas disponibles para ofrecérselas y exige que el Ayuntamiento aporte 16 de las suyas para solucionar el problema. Ante la negativa del Consistorio a saltarse la lista de demandantes inscritos en el Registro, Fomento publicita la entrega de las llaves de diez viviendas a otros tantos okupas y el alquiler don fondos públicos de 12 viviendas en el mercado libre para los restantes.

LA ORDEN JUDICIAL

Para justificar su actuación, Fomento se ampara en la misma orden judicial de desalojo, en la que la juez obligaría a “proveer lo necesario para atender a los menores y otras personas en riesgo de exclusión social”. Pero el texto del mandato judicial no obliga necesariamente a entregar una vivienda protegida a, ni mucho menos, todos los okupas y en detrimento de las 388 familias también en riesgo de exclusión e inscritas en el Registro, sino, por extensión, a proporcionarles un techo o, como se dice ahora, una solución habitacional. En este sentido, el Ayuntamiento había ofrecido durante las negociaciones con Fomento e Ibercaja desde hostales hasta el albergue municipal, soluciones que fueron rechazadas, quizás porque el objetivo de los okupas fue siempre conseguir la victoria que significaba la obtención de una vivienda, no de un alojamiento.

Y ese triunfo real, e incluso con mayor valor simbólico por el mensaje que transmitía a la opinión pública, es el que les otorgó la Consejería de Fomento con la entrega de llaves de las viviendas tras interpretar de esa forma el mandato judicial pero omitiendo que en el Registro de los 12.351 inscritos había 388 en igual situación que los okupas y con años de espera sin dar la patada a puerta alguna.

RETIRADA DE COMPETENCIAS

Susana Díaz, presuponiendo ilegalidad en la actuación, además de ordenar una investigación interna (de cuyos resultados nada se ha dicho, si es que se emprendió siquiera) reaccionó con un decreto por el que retiró las competencias en adjudicación de viviendas protegidas a la Consejería de Fomento. Hasta tal punto confunde la maraña legal de la Junta en materia de vivienda y urbanismo, que la presidenta invocó una norma y un artículo anticuados (decreto 149/2006, de 25 de julio y su artículo 12), superados por otro más reciente y que parecía ignorar (decreto 1/2012, de 10 de enero, artículo 13). Para justificar su decisión, Susana Díaz declaró: “Quien ocupa ilegalmente una vivienda no puede tener más derechos que quien pacientemente cumple con la ley, aunque a veces lo pase realmente mal”.

Veinticuatro horas después, sin embargo, y tras dos días de frenéticas negociaciones a todos los niveles entre PSOE e IU para evitar que el Gobierno de coalición saltase por los aires, la presidenta firmó otro decreto restituyendo las competencias a Fomento (IU).

El secretario de Organización del PSOE (A), Juan Cornejo, defiende la medida tras el pacto alcanzado entre los dos partidos, ya que en su opinión supone el cumplimiento de “la legalidad y la igualdad de oportunidades con la anulación de nueve realojos no justificados”.

SITUACIÓN REVERTIDA

Así pues, según la última versión oficial, de los 22 desalojados, 5 han renunciado a un alojamiento (¿dónde radicaban entonces las razones de urgencia y su riesgo de exclusión?), el de 9 ha sido suspendido (aunque IU sostiene por las redes sociales que sigue buscándoles una solución a cargo de la Junta) y 8 se quedan con las llaves de las casas hasta que los Servicios Sociales del Ayuntamiento ratifiquen su situación y acrediten de forma fehaciente su riesgo de exclusión social.

El Consistorio ha comunicado que no ha recibido ninguna petición oficial de emitir nuevos informes y que de los desalojados de la corrala Utopía sólo dos estaban baremados para una vivienda social, pero en los puestos 100 y 122. De los otros seis no da noticia siquiera.

Por tanto, ocho okupas han conseguido de Fomento una vivienda gracias a su patada en la puerta, sin los previos (que no posteriores) informes sociales que exige la ley y saltándose a 100 excluidos que tenían por delante en el Registro, pese a lo cual Susana Díaz ha devuelto las competencias a la Consejería con la tesis socialista de que se ha restablecido la legalidad.

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