Multa a Magrudis, admisión a trámite al tranvía

En el punto décimo del reciente Análisis del documento en que el Ayuntamiento desestima las alegaciones presentadas al proyecto de ampliación del tranvía

me preguntaba qué ocurriría en caso de que una empresa o un particular presentaran en el Ayuntamiento un documento con las mismas o similares deficiencias o irregularidades que las detectadas por los técnicos municipales en el proyecto estrella de Espadas.

Pues bien, ahora Diario de Sevilla publica que dos años después de que la empresa Magrudis provocara, presuntamente, el mayor brote de listeriosis conocido en España, el Ayuntamiento de Sevilla le ha impuesto una sanción de 2.000 euros

https://www.diariodesevilla.es/juzgado_de_guardia/actualidad/Ayuntamiento-multa-ahora-euros-Magrudis_0_1504350127.html

por, entre otros, el hecho de que el certificado final de la instalación, el certificado de contaminación del suelo, el de alumbrado exterior y el de prevención de calidad acústica “no vienen suscritos por el técnico con firma auténtica (autógrafa o digital verificable”), razones por las que se ha declarado “la ineficacia de la documentación aportada”.

Deficiencias en el expediente de Magrudis que, según la información, han provocado la declaración de «ineficacia de la documentación»

Por otra parte, los técnicos municipales han comprobado que en el proyecto de ampliación del tranvía (páginas 2 y 3 del documento en el que se desestiman las alegaciones presentadas al mismo) hay deficiencias o irregularidades como que:

-Algunos de los apartados no están firmados.

-Otros llevan una firma escaneada, no original.

-Otra parte, una firma digital también escaneada e imposible de verificar.

-Los planos no están suscritos por ningún técnico ni firmados por nadie.

-No se aportan las correspondientes declaraciones responsables.

-No queda garantizada la identidad del autor o autores de la documentación aportada ni la autenticidad e integridad de la misma.

Deficiencias detectadas por los técnicos municipales en el proyecto del tranvía, pese a lo cual fue admitido a trámite

Pero en vez de declarar, como en el caso de Magrudis, la “ineficacia de la documentación aportada” por tales deficiencias y anomalías y de imponer algún tipo de sanción le han otorgado la calificación de “favorable”, condicionada a la entrega corregida ¡una vez finalizadas las instalaciones!. Atención: no antes de ejecutarlas con esa verificación previa exigible, sino una vez que las hayan acabado, y por tanto sin garantía alguna.

Como se recordará, el proyecto de ampliación del tranvía lo promueve y presenta la Dirección General de Movilidad del propio Ayuntamiento, que se ha erigido así en juez y parte de sí mismo.

  • Más información, en el siguiente enlace:

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