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Divide y vencerás

Espadas, favorito en la encuesta para revalidar como alcalde, tiene frente a él una derecha dividida

Beltrán Pérez tiene casi todo en contra, incluido su grado de conocimiento, la mitad que el de Espadas

 

Suele decirse que una encuesta refleja sólo la opinión de los ciudadanos en un momento dado y que no equivale a una foto fija porque los puntos de vista puede cambiar de forma repentina por multitud de factores, desde acontecimientos inesperados hasta por la influencia del entorno más próximo, pero también es cierto que capta la intención de los encuestados y que han de intervenir esos otros factores para modificarla.

Antes de las elecciones municipales del próximo 26 de mayo hemos conocido el sondeo realizado por SW Demoscopia para Viva Sevilla entre el 1 y el 5 de abril y el resultado de las elecciones generales del pasado día 28, que aunque no han sido de carácter local permiten al menos hacer una extrapolación al ámbito del Ayuntamiento. Con todas las salvedades y aunque ni en matemáticas ni en política sea correcto sumar peras con manzanas, lo que nos permite la encuesta por una parte y, por otra, el “fuego real” de las recientes elecciones generales es apreciar al menos qué tendencia existe en el electorado en vísperas de las elecciones municipales, convocadas para dentro de veinte días en números redondos.

Con todas las prevenciones que se quiera, la tendencia dibuja un escenario municipal parecido al surgido tras las elecciones locales que se celebraron el 24 de mayo de 2015: una victoria de la lista socialista encabezada por Espadas pero sin mayoría absoluta, lo que le obligaría a un pacto de gobierno o programático con otras fuerzas políticas; y, globalmente, el escenario también muestra una mayoría por la mínima del conjunto de los partidos de izquierda (la suma de PSOE y Adelante Sevilla) frente a los de centro-derecha (la suma de PP, Cs y Vox).

DOS ESCENARIOS

Según el sondeo de SW Demoscopia y la extrapolación al Ayuntamiento de los resultados de las recientes elecciones generales, el PSOE podría obtener entre 11 y 13 concejales (actualmente tiene 11); el PP, entre 6 y 8 (ahora tiene 12); Ciudadanos, entre 4 y 5 (cuenta con tres); la confluencia de Participa Sevilla (asimilable a Podemos) e IU-CA en Adelante Sevilla, 5 (los mismos que la suma de ambos ahora), y Vox podría entrar en el Consistorio con entre 2 y 4 (ahora carece de representación).

En los dos escenarios (sondeo y extrapolación de las generales), un pacto del PSOE con Adelante Sevilla sería suficiente para que Espadas revalidara la Alcaldía, ya que alcanzaría la mayoría absoluta con más uno o más dos concejales. Aunque el bloque de centro-derecha aportara todos sus votos al alcaldable del PP, Beltrán Pérez, éste no contaría con más de catorce o quince a su favor, sin llegar a los dieciséis necesarios para gobernar.

Aunque Espadas no es el diseñador de la estrategia romana (atribuida a Julio César) del “divide y vencerás”, puede ser el mayor beneficiario de la división que afecta al bloque del centro-derecha tras las elecciones generales y que comprometería un hipotético pacto “a la andaluza” en el Ayuntamiento de Sevilla. Ciudadanos trata de arrebatarle al PP el liderazgo de este bloque político  y, por su parte, el PP trata de desmarcarse lo máximo posible del extremista Vox para tratar de recuperar el centro perdido, un brusco volantazo que ha irritado sobremanera al partido de Santiago Abascal.

Por tanto, el panorama no puede ser “a priori” más favorable para Espadas, que se encuentra con el bloque ideológicamente más alejado de sus posiciones dividido y con cada uno de sus miembros tratando de no verse asociado con los demás para así remarcar sus diferencias.

ANTECEDENTE

Este escenario no es nuevo en el Ayuntamiento sevillano. Recuérdese que Espadas fue elegido alcalde el 13 de junio de 2015 merced a la suma de los votos de todo el bloque de izquierdas (PSOE, Participa Sevilla e IU-CA), mientras que Ciudadanos y PP fueron incapaces de apoyar a un candidato alternativo y cada formación votó por sus respectivos cabezas de lista: el PP, a Juan Ignacio Zoido; Ciudadanos, a Javier Millán (Vox no obtuvo entonces representación). Así pues, oficialmente Espadas ganó por 16 votos frente a 12 de su rival directo, Zoido, y no por la mínima de 16 a 15 si se hubiera unido el centro-derecha.

En la situación creada tras las elecciones generales  puede repetirse la historia de que PP, Cs y Vox acaben votándose a sí mismos con tal de no apoyar a ningún candidato de las restantes fuerzas de centro-derecha, por disputas de liderazgo o por cobrarse facturas políticas.

El sondeo de SW Demoscopia para Viva Sevilla muestra las razones por las que Espadas es el favorito para revalidar la Alcaldía, empezando por la imagen que proyecta como político moderado y centrado, capaz de atraer votos tanto a su izquierda como a su derecha. Es el único de los candidatos al que los sevillanos aprueban, aunque sólo sea con un 5,6 sobre 10. Más que suficiente.

La situación es todavía más favorable para Espadas cuando se pregunta a los sevillanos a quién prefieren como próximo alcalde: casi la mitad (el 48,2%) lo señalan a él, mientras que apenas llegan a uno de cada cinco (el 19%) quienes dan el nombre del candidato del PP, Beltrán Pérez, y a gran distancia (menos del 6% cada uno) aparecen Susana Serrano (Adelante Sevilla), Álvaro Pimentel (Cs) u otro. Obsérvese que la suma de la preferencia de todos los candidatos, incluido ese indeterminado “otro” (un 36,7% en total) ni siquiera se aproxima al porcentaje de los que prefieren al actual alcalde al frente del Ayuntamiento (48,2%).

PREFERIDO

Esta preferencia se registra en diez de los once distritos de la ciudad salvo en el tradicional feudo del PP, Los Remedios, pero incluso ahí Espadas queda a tan sólo 3,5 puntos de distancia de Beltrán Pérez, haciendo valer sus palabras de que él ha gobernado para ese distrito igual que para todos los demás y sin pensar en la ideología de sus vecinos porque es el alcalde de todos los sevillanos, y a las pruebas de las grandes obras realizadas allí (las de la calle Niebla, por ejemplo) puede remitirse.

Hasta ha recibido una valoración más positiva que negativa (once puntos de diferencia) el pacto de investidura que firmó con Participa Sevilla e Izquierda Unida y que le ha permitido gobernar haciendo, según él mismo dice, “milagros” con tan sólo once concejales, un gobierno minoritario nunca visto antes en Democracia. Ese juicio favorable por parte de los sevillanos puede ser motivo más que suficiente para que Espadas pueda defender un pacto similar con la conjunción de izquierdas (Adelante Sevilla) en caso de necesitar reeditarlo para el próximo mandato, tal como apuntan la encuesta y la extrapolación del resultado de las recientes elecciones generales.

OBSTÁCULOS

Con este panorama, la lucha de Beltrán Pérez como alcaldable del PP es aún más difícil. La irrupción de Vox se produce a costa de su electorado tradicional, a lo que hay que sumar el crecimiento de Ciudadanos, el cual se ha quedado a tan sólo 3.354 votos de los populares en Sevilla capital en las recientes elecciones generales y cuyo objetivo ahora es dar el “sorpasso” en el centro-derecha y colocar a su candidato, Álvaro Pimentel, al ,menos como líder de la oposición municipal. Por tanto, Beltrán Pérez ya no tiene a Espadas como único gran rival político, sino también a los candidatos de su mismo espectro ideológico y aunque él obtuviera el mejor resultado en el bloque de centro-derecha “a priori”, ni siquiera la hipotética suma en su favor del voto de todos los concejales de este signo le daría la Alcaldía.

Además, según pone de manifiesto la encuesta publicada por Viva Sevilla, Beltrán Pérez lucha por la Alcaldía en una ciudad en la que el 44,7% de los electores se declaran de izquierdas y un 36,6% afirma que no votaría nunca al PP, partido que sólo cuenta con la fidelidad inquebrantable del 5,3% de los votantes.

Tras la debacle sufrida en las elecciones generales del pasado 28 de abril, el PP ha dado libertad  sus candidatos para que potencien al máximo su propia imagen y minimicen las siglas del partido, una consigna que ha seguido Beltrán Pérez en el acto de presentación de los miembros de su lista electoral.

Sin embargo, hasta en esa estrategia el alcaldable del PP se encuentra con un nuevo obstáculo en su camino: pese a que lleva desde 2003 de forma ininterrumpida en el Ayuntamiento como concejal sólo es conocido por la mitad de sevillanos que Espadas (45,7% frente al 90,3%). Necesita el plazo de veinte días hasta la cita con las urnas el próximo día 26 de mayo para compensar una desventaja acumulada en los últimos dieciséis años. Demasiado.

Entidades ciudadanas podrán intervenir ante el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla

CONDICIÓN

Deberán figurar como interesadas en el expediente sometido a debate

 

TURNO PROPIO

Asimismo, al final de los Plenos tendrán derecho a cuatro intervenciones

 

SESIONES EXTRAORDINARIAS

Con un número determinado de firmas se podrán forzar Plenos extraordinarios

 

Una decena de artículos de los 159 que tiene el nuevo Reglamento de funcionamiento del Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, el cual fue aprobado el pasado 29 de marzo por unanimidad de todos los grupos políticos, se refieren o hacen alusión al derecho de participación de los sevillanos en los asuntos públicos, especialmente mediante la instauración de un turno propio al final de las sesiones y la regulación de las consultas públicas.

Veintisiete años llevaba vigente el Reglamento del Pleno Municipal de Sevilla, ya que el anterior se aprobó el 29 de mayo de 1992, apenas un mes después de inaugurada la Exposición Universal de dicho año, y sólo fue objeto de dos revisiones, las cuales se acordaron el 29 de abril de 1994 y el 26 de septiembre de 1996. El nuevo Reglamento, que ha sido aprobado sin ningún voto en contra, se adapta a las nuevas normativas existentes en este cuarto de siglo y a la nueva realidad social y política.

El segundo de sus objetivos declarados consiste en incrementar el grado de participación de los sevillanos en la vida pública, con menciones o regulaciones específicas en los siguientes artículos: 46, 52, 61, 64, 65, 95, 104, 136, 138 y 141, además de en la Disposición Quinta.

Para ello se regula el denominado turno ciudadano, que deberá plasmarse en el Orden del Día y que se define como el ruego o pregunta que puede plantar una entidad o un ciudadano ante el Pleno, siempre que vaya referido a un tema de competencia municipal.

Se presentará ante el Pleno de la Junta Municipal del Distrito en caso de afectar a un territorio para que sea este órgano quien decida sobre la oportunidad de su tramitación, o directamente ante la Presidencia del Pleno en el caso de que el asunto se refiera al conjunto de la ciudadanía. En todo caso, se establecerá un máximo de cuatro intervenciones por sesión plenaria.

 

No serán admitidas a trámite preguntas que se refieran a asuntos que ya hayan sido debatidos y votados por el Pleno o que hayan sido objeto de alguna pregunta del turno ciudadano en el último año. En el caso de que una entidad registre una pregunta en que se dé alguna de estas circunstancias, desde la Presidencia del Pleno se le remitirá el acta de la sesión en que se haya dirimido este asunto.

 

En el supuesto de que para el mismo Pleno se soliciten más de cuatro intervenciones de entidades ciudadanas, se admitirán con preferencia las formuladas por aquellas entidades que hayan planteado menos cuestiones en el último año.

 

Por otra parte, por decisión de la Presidencia o por mayoría simple de sus miembros podrán convocarse a las sesiones de las Comisiones Delegadas a responsables de entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal con el fin de escuchar su parecer o de recabar su informe respecto de un tema concreto; asimismo, estas entidades podrán solicitar la asistencia a las sesiones de las comisiones del Pleno mediante escrito dirigido a la Presidencia con al menos 24 horas de antelación a su celebración.

 

CONSULTAS PÚBLICAS

Con carácter previo a la elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general se organizará una consulta práctica a través de la página web del Ayuntamiento en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente

afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa; la necesidad y oportunidad de su aprobación; los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Sin perjuicio de la consulta previa a la redacción del texto de la iniciativa, cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, la unidad administrativa competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades. Asimismo, podrá también recabarse directamente la opinión de las organizaciones o asociaciones reconocidas por ley que agrupen o representen a las personas cuyos derechos o intereses legítimos se vieren afectados por la norma y cuyos fines guarden relación directa con su objeto.

Los vecinos de Sevilla también podrán ejercer la iniciativa popular presentando propuestas de acuerdos o actuaciones o proyectos de Reglamentos en materias de competencia municipal. Para ello deberán ser suscritos por el porcentaje de la población de Sevilla que en cada momento se establezca por ley.

En el supuesto de que la iniciativa popular se ejerza en estos términos deberá convocarse un Pleno extraordinario que únicamente incluirá en el orden del día las propuestas de acuerdo, actuaciones o proyectos de Reglamentos planteadas.

 

ASISTENCIA POR ACREDITACIÓN PREVIA

El nuevo Reglamento del Pleno establece el carácter público de las sesiones. Para asistir a las mismas el público deberá acreditarse previamente en la forma en que disponga la Presidencia del órgano municipal.

Los asistentes no podrán intervenir, hacer manifestaciones o actuaciones (sic), exhibir pancartas, escritos o análogos que alteren el orden de la sesión.

Los asistentes podrán realizar fotografías y grabar las sesiones por sus propios medios siempre que respeten el funcionamiento ordinario del Pleno.

Siete años después de comprar el convento a la Archidiócesis El Ayuntamiento de Sevilla incluyó el convento de Santa Clara en su Inventario de Bienes en 2011

NOVACIÓN

Ahora negocia pagar tres millones de euros más al Arzobispado para que lo escriture a su nombre

CLÁUSULA

Ese punto ya fue acordado en el convenio firmado en noviembre de 2001 pero nunca se cumplió

PLAZOS

La Gerencia de Urbanismo abonaría el dinero al Arzobispado en cuatro anualidades

 

El Ayuntamiento ha preparado la novación del convenio de compraventa del convento de Santa Clara que firmó con la Archidiócesis el 9 de noviembre de 2001 para pagarle a ésta tres millones más de euros con el fin de liberarse de la supuesta obligación de restaurar la iglesia del monasterio y de que el Arzobispado lo escriture a su nombre, pese a que esa condición ya figuraba hace 17 años y de que el convento está inscrito en el Inventario de Bienes Municipales.

La novación del contrato de compraventa se basa en un informe redactado por el subjefe del Servicio de Gestión Urbanística y Patrimonio Municipal de Suelo, Manuel Valdivieso, con el visto bueno del secretario, Luis Enrique Flores, un documento que se caracteriza por las omisiones, dudas y faltas de cautela en contraste incluso con el convenio firmado hace 17 años.

Según los técnicos municipales, con este nuevo acuerdo se sustituiría la obligación que entonces habría adquirido el Ayuntamiento de rehabilitar la iglesia del monasterio, cuya propiedad mantuvo la Archidiócesis para fines religiosos. Sin embargo, esa supuesta obligación suscita dudas. El entonces arquitecto municipal, director de las obras de rehabilitación del convento y miembro de la Comisión de Seguimiento del convenio, José García Tapial, sostiene que en el acuerdo de 2001 se fijó la obligación de rehabilitar de forma genérica y sólo para la parte del convento comprada por el Ayuntamiento (no para la que se quedó la Archidiócesis, esto es la iglesia del monasterio y zonas adyacentes) porque existía el temor de que el Consistorio dejara una zona del monasterio sin rehabilitar y/o no la usara para fines culturales.

Los técnicos municipales sostienen que el Ayuntamiento se liberaría de esa supuesta obligación de rehabilitarle la iglesia del convento de Santa Clara al Arzobispado pagando el equivalente al coste de la misma, que estiman en 3.082.416 euros, cantidad que Urbanismo abonaría en cuatro anualidades.

Omiten referirse a la cláusula segunda del convenio de 2001, según la cual el Ayuntamiento desembolsaría como “cantidad máxima a todos los efectos e incluyendo todos los derechos que puedan ser indemnizables” 349.025.095 pesetas, equivalentes a 2.097.683 euros, que ya se habrían gastado en años anteriores en restaurar el Palacio Arzobispal y otras parroquias señaladas por la Archidiócesis.

 

LA TITULARIDAD

 

Según el informe en pro de la novación del convenio de 2001, tras la misma la consecuente inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre del Ayuntamiento facilitaría a éste el cumplimiento del requisito de acreditación de la titularidad para pedir ayudas públicas para la rehabilitación de monumentos. Si no es el titular, cabe preguntarse entonces cómo en el mismo informe jurídico se reconoce que el convento de Santa Clara está inscrito en el Inventario de Bienes Municipales desde el 10 de febrero de 2011, una condición necesaria entonces “para la tramitación de la contratación de los servicios así como de la puesta en marcha del ascensor”.

Asimismo, los técnicos hacen un inventario de actuaciones municipales en el convento “desde la adquisición de la propiedad y toma de posesión del inmueble (por el Consistorio)”. Y pasan por alto que en virtud de la cláusula octava del convenio de compraventa del 9 de noviembre de 2001 la Diócesis debió haber escriturado el convento a nombre del Ayuntamiento en la fecha límite del 9 de enero de 2002, sin que lo haya hecho en todos estos años ni el Consistorio se lo haya exigido.

Por otra parte, mientras que en el convenio de 2001 el Ayuntamiento pagaba a la Archidiócesis sólo tras la presentación de las certificaciones de obras de rehabilitación realizadas en el Palacio Arzobispal y aquélla asumía el compromiso de destinar a usos religiosos las dependencias que mantuvo en propiedad en Santa Clara, en esta propuesta de novación no se alude a la exigencia de ese uso, ni se establece un mecanismo de control del destino de esos tres millones más de euros como sería el libramiento sólo tras las certificaciones de obras de rehabilitación en la iglesia del convento.

El Ayuntamiento de Sevilla rechaza su posible intervención por Hacienda

El Ayuntamiento de Sevilla no ha recibido aún ninguna carta oficial ni advertencia de ser intervenido por parte del Ministerio de Hacienda y rechaza su inclusión en una lista de veintidós grandes corporaciones locales y/o provinciales que serán apercibidas por el departamento que dirige Cristóbal Montoro por incumplir el plazo legal máximo de pago a proveedores, fijado en 30 días en la ley de Estabilidad y Sostenibilidad Financiera.

Al Ayuntamiento hispalense se le atribuye una deuda de 42,1 millones de euros y una demora media en los pagos de 62 días, según la relación del Ministerio, de la que se ha hecho eco el diario El País.

Un portavoz del gobierno de Espadas afirma que no se trata de un problema generalizado en todas las facturas, “sino de una serie de ellas, especialmente antiguas, que incrementan la media”, y que el pago en la mayor parte de las facturas está “normalizado por debajo del límite legal”.

Según la corporación municipal sevillana, la ciudad cumple actualmente con toda la normativa en materia de saneamiento, deuda y regla de gasto, y el desvío en el pago a proveedores es de tan sólo un día y medio en estos momentos, cuando el año pasado era incluso de catorce días por debajo de lo que ocurría en etapas de mandatos anteriores.

Afirma el Ayuntamiento que las medidas adoptadas están dando sus frutos, por lo que “no hay motivo alguno para la amenaza” de Hacienda.

Tecnocom admite su error con la página web de la Agencia Tributaria y luego se desdice

La empresa Tecnocom ha indignado al Ayuntamiento al difundir un comunicado de prensa en el que niega ser la responsable de la gestión de la seguridad del portal de la Agencia Tributaria municipal y afirma ocuparse sólo de sus contenidos, cuando el pasado viernes asumió sus errores en una nota enviada al Consistorio y firmada por el director de la cuenta, Pedro Parias, y por el de Operaciones, José Mª López Peña.

En este nota interna y aclaratoria, Tecnocom admite que la vulnerabilidad de la página web se produjo a partir del cambio en el método de acceso a la Oficina Virtual, cambio necesario por la incompatibilidad entre las nuevas versiones de los navegadores y el método de autenticación empleado hasta ese momento.

Según la compañía, en dicha puesta en producción se mantuvo por error una codificación que ha posibilitado el acceso sin autenticación y que era “difícilmente detectable”. Tecnocom dice ahora, varios días después, que sólo está encargada del desarrollo de contenidos de la web y que no es responsable de su explotación, gestión de la seguridad de acceso y otras actividades.

Estas afirmaciones ‘a posteriori’ no casan con el escrito enviado al Ayuntamiento, en el que aseveraba que desde que le fue notificado el problema de acceso existente revisó la situación, puso fuera de servicio la Oficina Virtual y probó y dejó listo el sistema para su puesta en producción, amén de que va a volver a revisar de manera exhaustiva toda la aplicación de cara a “securizarla” (sic) y asegurar que no pueda haber otros accesos indebidos.

A la vista de la situación creada, el Ayuntamiento va a adelantar de forma urgente a este mes la auditoría anual de seguridad de su página web, prevista para octubre, y procurará que se haga otra específica a la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria, donde se detectó el problema. Asimismo, revisará y reestructurará los protocolos y responsables internos encargados de la seguridad informática y telemática pese a las limitaciones presupuestarias. Recuerda que el gobierno de Zoido recortó 200.000 euros de la partida de Servicios Informáticos para destinarlos a gastos electorales.

 

El Ayuntamiento exonera de la ITE a sus 400 edificios pese al texto de su propia Ordenanza

Alega que no va a fiscalizarse a sí mismo mientras

multa a los sevillanos con hasta 6.000 euros

 

Y que hace revisiones periódicas, que desmienten

el estado de Villa Encarnita y la estación del Prado

 

El artículo 1º de la Ordenanza obliga a “toda clase

de construcciones con independencia de su uso”

 

El Ayuntamiento de Sevilla ha reconocido a El Correo de Andalucía que, tal como publicó Viva Sevilla tras realizar un sondeo aleatorio en el Registro de la Gerencia de Urbanismo, sus 400 edificios no han pasado la Inspección Técnica (ITE), la misma que, sin embargo, el Consistorio exige al resto de Administraciones Públicas y a los sevillanos bajo amenaza de sanciones con hasta 6.000 euros.

El Ayuntamiento alega tres razones para eximirse de la obligación de someter a inspección técnica los inmuebles del patrimonio municipal:

1) El Gobierno local no se puede fiscalizar a sí mismo.

2) Sus edificios ya pasan revisiones periódicamente, “informes y pruebas incluso superiores a las que exigen las ITE” (Obsérvese que este punto ya contradice al anterior en caso de que fuera cierto).

3) Hay un equipo técnico específico en el área de Edificios Municipales y Patrimonio que se encarga de realizar estos análisis, y las entidades locales tienen una normativa específica relativa a la conservación de sus bienes.

Se da la circunstancia de que la nueva Ordenanza reguladora de la ITE fue aprobada por el gobierno de Zoido tras derogar la que estaba vigente desde los tiempos de Monteseirín. El nuevo texto se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 16 de noviembre de 2011 y estipula en su artículo 1.2 lo siguiente: “Toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, estarán afectadas por la obligación regulada en esta Ordenanza”.

Por tanto, queda claro que en la Ordenanza no se establece ninguna exención para los 400 edificios del patrimonio municipal, que estarían tan obligados como los inmuebles de los sevillanos y de cualquier Administración Pública, como bien se ha encargado el Consistorio de recordarle a la Junta en el caso de las Atarazanas. Si no fuera así, no tendrían abierta una ficha en el Registro Público de las Inspecciones Técnicas y no aparecería el mercado del Arenal con la ITE pasada como excepción que confirma la regla.

La afirmación de que los edificios propiedad del Consistorio no necesitan someterse a la ITE porque son revisados aparte de forma periódica tampoco se ajusta a la realidad. Sin ir más lejos, en la página siguiente a la de la información citada, El Correo de Andalucía informa de que el Registro General de la calle Pajaritos se mudará de forma inminente a una zona de la estación del Prado de San Sebastián que ha necesitado dos meses de obras, por valor de 58.695 euros, ya que “el inmueble se encontraba, según los informes previos, en mal estado por su falta de mantenimiento….”.

Otra prueba más que desmiente la excusa municipal sobre que sus edificios no necesitan pasar la ITE porque están perfectamente gracias a las revisiones periódicas a que son sometidos es Villa Encarnita. El Servicio de Coordinación del Desarrollo Urbanístico y Programas de Vivienda remitió al Consejo de la Gerencia el expediente 37/2013 PAT, de fecha 9 de octubre de 2013, para justificar la salida a subasta del inmueble del barrio de Nervión y afirmaba que había que “poner (lo) en el mercado cuanto antes a fin de acometer su rehabilitación o su demolición y nueva planta, a la vista del estado de conservación en el que se encuentra la construcción y a fin de evitar el coste económico que supone la adopción de medidas periódicas para su mantenimiento y seguridad….”.

O sea, que la subasta tenía justamente el fin contrario de lo que predica el Ayuntamiento: no gastar en revisiones periódicas, las cuales tampoco se han acometido dado el estado de conservación del inmueble. Las fichas técnicas de los 400 edificios municipales figuran en blanco en el Registro de la ITE (la excepción de momento es el mercado del Arenal) y Urbanismo tampoco ha acreditado cuándo han sido sometidos a esas supuestas revisiones periódicas que han brillado por su ausencia en la estación de autobuses del Prado y en Villa Encarnita.

El Ayuntamiento no pasa la ITE pero multa con 4.500 euros a los demás

De ocho edificios municipales elegidos al azar sólo consta con la ITE el mercado del Arenal

Figuran con la ficha en blanco la sede de Plaza Nueva y el edificio de Los Pajaritos

La situación es similar a la de las Atarazanas, a la que Urbanismo envió sus inspectores

 

El Ayuntamiento de Sevilla envió el 5 de febrero inspectores de Urbanismo a las Atarazanas, propiedad de la Junta de Andalucía, tras comprobar en su Registro que no había pasado la ITE en el plazo límite de noviembre de 2009, por lo cual puede imponerle una sanción de 6.000 euros si califica la infracción como muy grave. Además de a la Junta, está incoando expedientes sancionadores a propietarios de otros edificios sin ITE, a los que estaría proponiendo multas de unos 4.500 euros. Paradójicamente, hay edificios municipales cuya ficha en Urbanismo figura en blanco como muestra de que no han sido sometidos o no han superado la inspección técnica.

La Ordenanza sobre Inspección Técnica de Edificios (ITE) fue aprobada por el Pleno municipal el 25 de mayo de 2000. En su artículo 6º obliga a la constitución de un Registro Informatizado de la misma en la Gerencia de Urbanismo con carácter público y en el que deben constar, como mínimo, la identificación de cada inmueble mediante su referencia catastral, dirección y número de gobierno; año de construcción; protección asignada en el planeamiento; número de expediente asignado e informe de la ITE presentado con una serie de parámetros.

Al ser de acceso público, cualquier ciudadano puede verificar la ITE de cualquier edificio de Sevilla desde el siguiente enlace a la página web de la Gerencia de Urbanismo:

http://www.sevilla.org/urbanismo/test2012/Menu08.asp

Hemos buscado los datos de inspección de ocho edificios municipales de distinta naturaleza y ubicación a modo de sondeo sobre el grado de cumplimiento por parte del Ayuntamiento de su propia Ordenanza: la sede del Consistorio en la Plaza Nueva, el edificio municipal de la calle Pajaritos, la sede del Distrito de Triana, el antiguo mercado de la Puerta de la Carne, el teatro Lope de Vega, el mercado del Arenal, la sede del Servicio de Estadística (calle El Jobo) y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián.

La fecha límite de la presentación de la ITE en seis de estos inmuebles, conforme al dato que aparece en sus fichas, era el 6 de noviembre de 2009, acorde con los plazos establecidos en la Disposición Transitoria Única de la Ordenanza: edificios protegidos o cuyo año de construcción sea anterior o hasta 1929. Pue bien, el apartado del estado de tramitación de la ITE en la ficha de estos seis inmuebles está en blanco salvo en el caso del mercado del Arenal, para el que se acredita la realización de la inspección el 26 de abril de 2013, con casi cuatro años de retraso sobre el plazo establecido. Se le da como fecha de renovación para la siguiente ITE el 31 de diciembre de 20120.

La ficha del mercado del Arenal demuestra que todos los edificios de Sevilla sin excepción, aunque sean de titularidad pública, deben pasar y superar la ITE, pero no aclara la sanción que Urbanismo habría debido imponer al gobierno municipal por estos cuatro años de demora, en línea que la que podría aplicar a la Junta de Andalucía por su dejación en las Atarazanas y a todos los sevillanos a los que se ha expedientado por no cumplimentar este trámite.

Dos edificios municipales de los consultados en la página web, el antiguo mercado de la Puerta de la Carne y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián, tienen fijada como fecha límite para la ITE el 6 de julio de 2012, dado que conforme a lo establecido en la Ordenanza su fecha de construcción está comprendida entre 1930 y 1954.

Las fichas de ambos también figuran en blanco. Más significativo aún en el caso del antiguo mercado es que el Ayuntamiento convocó un concurso público para su adjudicación a una empresa privada pese a que no ha pasado la Inspección Técnica. Igualmente, el Consistorio ha alegado el mal estado de la estación de autobuses del Prado de San Sebastián en su conflicto con la Junta por cambiarla de uso, pero tampoco consta que pasara la ITE, cuya consecuencia debería ser la reparación inmediata de los desperfectos detectados. En ninguno de los siete casos en que la ficha aparece en blanco como no realizada la inspección pese a los años transcurridos desde la fecha límite consta la incoación de expedientes sancionadores.