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El melón de la Gavidia

Espadas está en proceso de abrir un peligroso melón en la antigua comisaría de la Gavidia al plantear primero una rebaja en el nivel de protección patrimonial de este Bien de Interés Cultural (BIC) con el fin de facilitar su venta a esos potenciales compradores que Zoido decía tener y que, al igual que con las cien empresas interesadas en instalarse en la Zona Franca, todavía estamos esperando que aparezcan; y, en segundo lugar, al sugerir que se encuentra en un lamentable estado de conservación y encargar a la Gerencia de Urbanismo un informe técnico tras el que podría dictaminarse su declaración de ruina y posterior demolición, con lo que en vez de un BIC representativo de un estilo arquitectónico y de una época de la ciudad nos quedaríamos con un solar en pleno corazón del Casco Antiguo.

Aun subrayando que Espadas llegó ayer por la tarde, como quien dice, al Ayuntamiento y que ha heredado esta situación de Monteseirín y de Zoido, ¿acaso la Gerencia de Urbanismo no debería conocer de sobra el estado del inmueble sin necesidad de que el alcalde le haga un encargo especial?

Porque el Pleno de la Corporación aprobó el 25 de mayo de 2000 la Ordenanza sobre Inspección Técnica de Edificios  (ITE), que fue modificada el 20 de mayo de 2004 y, luego, el 28 de septiembre de 2011 (texto refundido en el BOP de Sevilla, 16-XI-2011).

 

OBLIGACIONES DE LA ITE

 

La Ordenanza de la ITE regula (Art. 1º) la obligación de los propietarios de construcciones y edificaciones de efectuar una inspección periódica, dirigida a determinar el estado de conservación de las mismas y el cumplimiento del deber (atención) de conservación impuesto por la normativa urbanística y de régimen del suelo. Toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, están afectadas por la obligación de someterse a la inspección (Art. 2).

La Disposición Transitoria Única de la Ordenanza establece los plazos máximos generales para la presentación del primer informe de inspección técnica. Considerando el texto de 2011 en vez de los anteriores (2000 y 2004) y dado que la antigua comisaría de la Gavidia tenía por entonces unos 47 años (se construyó entre 1962 y 1964), en el mejor de los casos el Ayuntamiento, su propietario, debió haber presentado el primer informe de ITE hasta la fecha límite del 6 de julio de 2011, ya con Zoido en la Alcaldía. Esa inspección debió determinar el estado de conservación del edificio, y en caso de amenaza de ruina o mal estado de conservación, el Ayuntamiento tendría que haber actuado de inmediato para preservarlo, tanto por ser un bien municipal como -no se olvide- un Bien de Interés Cultural.

NO CONSTA

La Ordenanza obligaba a la constitución de un Registro informatizado de carácter público en Urbanismo y en el que deben constar como mínimo, la identificación de cada inmueble mediante su referencia catastral, dirección y número de gobierno; año de construcción; protección asignada en el planeamiento; número de expediente asignado e informe de la ITE presentado con una serie de parámetros.

Al ser de acceso público, cualquier ciudadano puede verificar la ITE de cualquier edificio de Sevilla desde el siguiente enlace a la página web de la Gerencia de Urbanismo:

http://www.sevilla.org/urbanismo/test2012/Menu08.asp

Se puede buscar por la dirección del inmueble, que en el caso de la Gavidia es Plaza de la Concordia Nº 2, o por su referencia catastral, que es  4730702TG3443B0001PF.

No hemos podido constatar informáticamente que la Gavidia haya pasado la ITE, aunque dados los conocidos ‘agujeros’ de la página web municipal cualquier sorpresa sería posible. En la más que probable hipótesis de que no haya sido inspeccionada, se consideraría en virtud del Art. 8 de la Ordenanza una infracción muy grave, que sería sancionada con una multa de mínima de 6.000 euros por tratarse de un edificio catalogado.

¿Puede el Ayuntamiento acreditar la ITE de la Gavidia? En caso de que no la haya inspeccionado, ¿va a cumplir la Ordenanza, se va a sancionar a sí mismo con 6.000 euros -de todos los sevillanos- y va a exigir responsabilidades por tal omisión? ¿Con qué autoridad moral puede el Consistorio exigir el cumplimiento de la ITE a los sevillanos y sancionarlos?

Veamos un reciente caso paralelo. La iglesia de los Terceros, otro Bien de Interés Cultural, se encuentra cerrada parcialmente desde mayo por riesgo de desprendimiento de su cúpula. Pues bien, ha sido sometida a la ITE y los inspectores exigen que en un plazo determinado se realicen obras por valor de 500.000 euros para garantizar las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

CONVENIO INCUMPLIDO

Cuando el Ministerio del Interior cerró en el año 2003 la comisaría de la Gavidia por el traslado de la Jefatura de la Policía al nuevo edificio en Blas Infante ya se apuntó el mal estado en que, supuestamente, aquélla se hallaba, lo cual no fue óbice para que, con Monteseirín como alcalde, el Ayuntamiento le comprara el edificio al Ministerio a cambio de 9,9 millones de euros más la entrega de cinco parcelas valoradas en 2,3 millones. En total, una operación de 12,2 millones en que, como contrapartida, el Gobierno de la nación se comprometía a reinvertir el dinero conseguido en la construcción de cinco comisarías en barrios de Sevilla y en el plazo máximo de cinco años (2010). Estamos en 2015 y es obvio que el Ministerio ha incumplido su compromiso, sin que el Consistorio haya denunciado el convenio pese a la teórica posibilidad de recuperar el dinero y devolverle el inmueble a Interior.

Una de dos: o Monteseirín compró un edificio ya ruinoso al Ministerio aquel 21 de noviembre de 2005, o, presuntamente según los temores de Espadas, entre él y Zoido se lo han dejado arruinar en el decenio transcurrido desde entonces (seis años de gestión del primero; cuatro del segundo).

Otro de los motivos alegados en aquel entonces para justificar la compra del inmueble -comisarías de barrio aparte- era que así se dispondría de un sitio (7.462 m2 de superficie construida) para dotar de equipamientos públicos al Centro, donde prácticamente no había ni hay espacios libres. En tal sentido, en el PGOU de 2006 la Gavidia fue calificada como Sistema General/S.I.P.S.-Sociocultural. Sin embargo, Monteseirín (al igual que luego Zoido) no invirtió en convertir la antigua comisaría en sede de equipamientos para los vecinos del Casco Antiguo y la dejó abandonada a su suerte mientras que en paralelo gastaba del orden de 120 millones de euros en levantar a 700 metros las Setas de la Encarnación y a costa del dinero destinado en el PGOU a las infraestructuras de los futuros barrios de la ciudad.

PÉSIMO EJEMPLO

Si el Ayuntamiento demuele un Bien de Interés Cultural tras haber propiciado con su abandono de diez años su hipotético estado de ruina, ¿acaso su conducta no sería equivalente a la de esos ‘asustaviejas’ que no invierten un euro en conservación para así librarse a la larga de sus inquilinos y poder construir de nueva planta sobre el solar una vez consumados el reconocimiento de la ruina y la posterior demolición?

El BOP de Sevilla ha publicado bastantes acuerdos por los que la Gerencia de Urbanismo expropia de forma forzosa a propietarios de viviendas en ruinas porque sus propietarios han incumplido el deber de conservación. Pero, claro, ¿se va a expropiar a sí mismo el Ayuntamiento en la Gavidia?

El Consistorio está obligado no a demoler, sino a conservar la antigua comisaría en virtud del PGOU de 2006, del Plan Especial de San Martín y de la Ordenanza de la ITE. Y al tratarse de un BIC, esa obligación añadida se la imponen la ley del Patrimonio Histórico, la de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y hasta la ley del Suelo. ¿Cómo explicar que se libren un millón de euros para Artillería y 300.000 para Santa Catalina, que ni es municipal, y cero euros para la Gavidia?

Si el gobierno local omite el deber de conservación al que, por ejemplo, le obliga la ley del Patrimonio (Artículo 14), la Junta de Andalucía tiene la potestad de ordenar la ejecución de las obras necesarias (Art. 15), ejecutarlas de forma subsidiaria con cargo a las arcas municipales (Art. 16) o incluso expropiar la antigua comisaría (Art. 18) para acometer un proyecto de conservación (Art. 21).

Ni siquiera puede Espadas decretar unilateralmente un estado de ruina en este caso, al tratarse de un BIC, u ordenar la demolición sin la preceptiva autorización de la Consejería de Cultura. Si tal ocurriera tras abrir Espadas este melón, supondría un rotundo fracaso económico (12,2 millones a la basura) y cultural, con el que se mandaría el mensaje de que desde la Administración se pueden descatalogar BIC por capricho de un alcalde o dejarlos arruinarse y demolerlos porque es más importante hacer caja con el patrimonio (su liquidación) que conservarlo.

El Ayuntamiento obliga a pagar un mínimo de 25 euros por la ITE, que antes era gratis

Ha impuesto una tasa que se eleva a 47,50 euros para los edificios más grandes

A este coste hay que sumar el que cobren los profesionales por la inspección

 

El gobierno presidido por Juan Ignacio Zoido no sólo no aplica la Ordenanza de la ITE a los edificios municipales con el argumento, en palabras del alcalde, de que gozan de “otra condición” mientras multa a los propietarios y comunidades vecinales que incumplen la norma, sino que ha sido el primero en convertir la ITE en un instrumento recaudatorio más para las arcas del Ayuntamiento.

La primera Ordenanza de la Inspección Técnica de Edificios fue aprobada por el Ayuntamiento el 25 de mayo del año 2000 en el primer mandato de Monteseirín como alcalde, y desde entonces su presentación ante la Gerencia de Urbanismo era gratuita, al margen de lo que pagaran los propietarios de los inmuebles a los profesionales acreditados tras proceder a la revisión.

Con la llegada del nuevo gobierno municipal en 2011, el Ayuntamiento ha convertido el mero trámite de la presentación de la ITE en otro coste más para los sevillanos y en otra fuente de recaudación más para la Hacienda local, ya que creó una tasa específica bajo el epígrafe ‘Control y revisión por la Gerencia de Urbanismo del deber de presentar la Inspección Técnica de los Edificios realizada por facultativo competente, a fin de determinar el estado de conservación’.

Así pues, por cada ITE que se presente a revisión mediante el empleo de la aplicación informática habilitada al efecto por la Gerencia de Urbanismo y por vía telemática, en función de los metros cuadrados del inmueble, el Ayuntamiento cobra las siguientes tasas:

-Por edificios de hasta 300 m2 de superficie construida, por ITE presentada: 25 euros.

-Por edificios de hasta 450 m2: 32,50 euros.

-Por edificios de hasta 600 m2: 40,00 euros.

-Por edificios de más de 600 m2: 47,50 euros.

La intención inicial, conforme al Plan de Ajuste, era aún más gravosa para los ciudadanos, ya que el Ayuntamiento quería imponer una tarifa mínima de 100 euros, y tasas de 200 euros para edificios de hasta 500 m2; 350 euros para edificios de hasta 1.000 m2; 1.000 euros para los inmuebles de hasta 5.000 m2, y 3.000 para los que tuvieran una superficie superior a los 5.000 m2. Con estas cuantías estimó que podría ingresar 200.000 euros anualmente.

Conflicto político en el gobierno de Zoido por las ITE

La delegada de Hacienda desautoriza al de Urbanismo al boicotear la inspección del patrimonio municipal

Vílchez deja en evidencia a Zoido, alineado con Fley, al sostener que la Ordenanza obliga a los edificios oficiales

A Urbanismo no le constan las revisiones periódicas a los edificios del Consistorio que invoca Hacienda

El delegado de Urbanismo, Maximiliano Vílchez, ha quedado en una situación política insostenible dentro del gobierno municipal al ser desautorizado por la delegada de Hacienda, Asunción Fley, en su intento de aplicar la Ordenanza de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) a los inmuebles del Ayuntamiento y ver cómo el alcalde ha tomado partido por esta última y en contra de sus tesis.

El portavoz del grupo municipal del PSOE en el Consejo de la Gerencia de Urbanismo, Antonio Muñoz, aprovechó ayer la reunión de este organismo y la presencia del delegado de Urbanismo, Maximiliano Vílchez, y del gerente, Alberto de Leopoldo, para abordar la polémica desatada tras revelar Viva Sevilla que el Ayuntamiento no aplica la Ordenanza de la ITE a sus inmuebles (unos 400) mientras está imponiendo multas de hasta 6.000 euros a los sevillanos que la incumplen.

A preguntas del concejal socialista, Alberto de Leopoldo confirmó que no existe ningún informe jurídico en la Gerencia que justifique que los edificios municipales no deban pasar la ITE. En este sentido, el artículo 1.2 de la norma dice textualmente: “Toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, estarán afectadas por la obligación regulada en esta Ordenanza”.

La Gerencia no tiene ningún informe que contradiga lo dispuesto en la norma y Alberto de Leopoldo tampoco conoce que el área de Edificios Municipales, dependiente de la Delegación de Hacienda, haya elaborado ningún documento en ese sentido, pese a la cual la delegada, Asunción Fley, sostiene que la Ordenanza no es aplicable a los inmuebles del Ayuntamiento.

Llegados a este punto, Antonio Muñoz planteó a los responsables de Urbanismo si van a mantener alguna reunión con la Delegación de Hacienda para afrontar el problema creado en el seno del gobierno municipal. El gerente respondió que habrá un encuentro “próximamente”.

 

SE PLIEGA ANTE HACIENDA

 

El portavoz socialista planteó entonces si los edificios municipales van a pasar finalmente la ITE, ante lo cual el gerente contestó que Urbanismo, la Delegación competente para aplicar la Ordenanza e imponer sanciones por su incumplimiento, se ha plegado a solicitarlo ante el Departamento que vela por los inmuebles propiedad del Ayuntamiento, y reconoció implícitamente el boicot de Hacienda al decir que esa solicitud estaba en vía muerta porque la Gerencia no puede sancionar al Ayuntamiento del que depende.

A la pregunta directa del concejal socialista sobre si Urbanismo entiende que los edificios municipales deben pasar la ITE como el resto de inmuebles de Sevilla, el gerente, avalado por Maximiliano Vílchez con su silencio, ratificó que debe ser así, ya que en caso contrario no hubiera cursado la petición ante Hacienda.

Estas afirmaciones contradicen al propio alcalde, Juan Ignacio Zoido, que se ha alineado claramente con Asunción Fley en el conflicto que enfrenta a dos de sus delegados, ya que el pasado martes declaró que los edificios municipales no deben pasar la ITE “porque gozan de otra condición”. Según el alcalde, en 2010 (mandato de Monteseirín) “no se había pasado ninguna revisión y las que necesitan los edificios municipales se han pasado con este gobierno”.


Sin embargo, Urbanismo también dejó ayer en evidencia a Zoido, ya que en la reunión del Consejo de Gerencia sus máximos responsables reconocieron que no les consta que se haya hecho revisión alguna a los 400 edificios municipales por la Delegación de Hacienda ni se le ha remitido tampoco por esta última informes que acrediten el estado de conservación de estos inmuebles, manifiestamente deficiente en casos a la vista de todos como los de Villa Encarnita y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián.

El Ayuntamiento exonera de la ITE a sus 400 edificios pese al texto de su propia Ordenanza

Alega que no va a fiscalizarse a sí mismo mientras

multa a los sevillanos con hasta 6.000 euros

 

Y que hace revisiones periódicas, que desmienten

el estado de Villa Encarnita y la estación del Prado

 

El artículo 1º de la Ordenanza obliga a “toda clase

de construcciones con independencia de su uso”

 

El Ayuntamiento de Sevilla ha reconocido a El Correo de Andalucía que, tal como publicó Viva Sevilla tras realizar un sondeo aleatorio en el Registro de la Gerencia de Urbanismo, sus 400 edificios no han pasado la Inspección Técnica (ITE), la misma que, sin embargo, el Consistorio exige al resto de Administraciones Públicas y a los sevillanos bajo amenaza de sanciones con hasta 6.000 euros.

El Ayuntamiento alega tres razones para eximirse de la obligación de someter a inspección técnica los inmuebles del patrimonio municipal:

1) El Gobierno local no se puede fiscalizar a sí mismo.

2) Sus edificios ya pasan revisiones periódicamente, “informes y pruebas incluso superiores a las que exigen las ITE” (Obsérvese que este punto ya contradice al anterior en caso de que fuera cierto).

3) Hay un equipo técnico específico en el área de Edificios Municipales y Patrimonio que se encarga de realizar estos análisis, y las entidades locales tienen una normativa específica relativa a la conservación de sus bienes.

Se da la circunstancia de que la nueva Ordenanza reguladora de la ITE fue aprobada por el gobierno de Zoido tras derogar la que estaba vigente desde los tiempos de Monteseirín. El nuevo texto se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 16 de noviembre de 2011 y estipula en su artículo 1.2 lo siguiente: “Toda clase de edificaciones y construcciones, con independencia de su uso o destino, estarán afectadas por la obligación regulada en esta Ordenanza”.

Por tanto, queda claro que en la Ordenanza no se establece ninguna exención para los 400 edificios del patrimonio municipal, que estarían tan obligados como los inmuebles de los sevillanos y de cualquier Administración Pública, como bien se ha encargado el Consistorio de recordarle a la Junta en el caso de las Atarazanas. Si no fuera así, no tendrían abierta una ficha en el Registro Público de las Inspecciones Técnicas y no aparecería el mercado del Arenal con la ITE pasada como excepción que confirma la regla.

La afirmación de que los edificios propiedad del Consistorio no necesitan someterse a la ITE porque son revisados aparte de forma periódica tampoco se ajusta a la realidad. Sin ir más lejos, en la página siguiente a la de la información citada, El Correo de Andalucía informa de que el Registro General de la calle Pajaritos se mudará de forma inminente a una zona de la estación del Prado de San Sebastián que ha necesitado dos meses de obras, por valor de 58.695 euros, ya que “el inmueble se encontraba, según los informes previos, en mal estado por su falta de mantenimiento….”.

Otra prueba más que desmiente la excusa municipal sobre que sus edificios no necesitan pasar la ITE porque están perfectamente gracias a las revisiones periódicas a que son sometidos es Villa Encarnita. El Servicio de Coordinación del Desarrollo Urbanístico y Programas de Vivienda remitió al Consejo de la Gerencia el expediente 37/2013 PAT, de fecha 9 de octubre de 2013, para justificar la salida a subasta del inmueble del barrio de Nervión y afirmaba que había que “poner (lo) en el mercado cuanto antes a fin de acometer su rehabilitación o su demolición y nueva planta, a la vista del estado de conservación en el que se encuentra la construcción y a fin de evitar el coste económico que supone la adopción de medidas periódicas para su mantenimiento y seguridad….”.

O sea, que la subasta tenía justamente el fin contrario de lo que predica el Ayuntamiento: no gastar en revisiones periódicas, las cuales tampoco se han acometido dado el estado de conservación del inmueble. Las fichas técnicas de los 400 edificios municipales figuran en blanco en el Registro de la ITE (la excepción de momento es el mercado del Arenal) y Urbanismo tampoco ha acreditado cuándo han sido sometidos a esas supuestas revisiones periódicas que han brillado por su ausencia en la estación de autobuses del Prado y en Villa Encarnita.

El Ayuntamiento no pasa la ITE pero multa con 4.500 euros a los demás

De ocho edificios municipales elegidos al azar sólo consta con la ITE el mercado del Arenal

Figuran con la ficha en blanco la sede de Plaza Nueva y el edificio de Los Pajaritos

La situación es similar a la de las Atarazanas, a la que Urbanismo envió sus inspectores

 

El Ayuntamiento de Sevilla envió el 5 de febrero inspectores de Urbanismo a las Atarazanas, propiedad de la Junta de Andalucía, tras comprobar en su Registro que no había pasado la ITE en el plazo límite de noviembre de 2009, por lo cual puede imponerle una sanción de 6.000 euros si califica la infracción como muy grave. Además de a la Junta, está incoando expedientes sancionadores a propietarios de otros edificios sin ITE, a los que estaría proponiendo multas de unos 4.500 euros. Paradójicamente, hay edificios municipales cuya ficha en Urbanismo figura en blanco como muestra de que no han sido sometidos o no han superado la inspección técnica.

La Ordenanza sobre Inspección Técnica de Edificios (ITE) fue aprobada por el Pleno municipal el 25 de mayo de 2000. En su artículo 6º obliga a la constitución de un Registro Informatizado de la misma en la Gerencia de Urbanismo con carácter público y en el que deben constar, como mínimo, la identificación de cada inmueble mediante su referencia catastral, dirección y número de gobierno; año de construcción; protección asignada en el planeamiento; número de expediente asignado e informe de la ITE presentado con una serie de parámetros.

Al ser de acceso público, cualquier ciudadano puede verificar la ITE de cualquier edificio de Sevilla desde el siguiente enlace a la página web de la Gerencia de Urbanismo:

http://www.sevilla.org/urbanismo/test2012/Menu08.asp

Hemos buscado los datos de inspección de ocho edificios municipales de distinta naturaleza y ubicación a modo de sondeo sobre el grado de cumplimiento por parte del Ayuntamiento de su propia Ordenanza: la sede del Consistorio en la Plaza Nueva, el edificio municipal de la calle Pajaritos, la sede del Distrito de Triana, el antiguo mercado de la Puerta de la Carne, el teatro Lope de Vega, el mercado del Arenal, la sede del Servicio de Estadística (calle El Jobo) y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián.

La fecha límite de la presentación de la ITE en seis de estos inmuebles, conforme al dato que aparece en sus fichas, era el 6 de noviembre de 2009, acorde con los plazos establecidos en la Disposición Transitoria Única de la Ordenanza: edificios protegidos o cuyo año de construcción sea anterior o hasta 1929. Pue bien, el apartado del estado de tramitación de la ITE en la ficha de estos seis inmuebles está en blanco salvo en el caso del mercado del Arenal, para el que se acredita la realización de la inspección el 26 de abril de 2013, con casi cuatro años de retraso sobre el plazo establecido. Se le da como fecha de renovación para la siguiente ITE el 31 de diciembre de 20120.

La ficha del mercado del Arenal demuestra que todos los edificios de Sevilla sin excepción, aunque sean de titularidad pública, deben pasar y superar la ITE, pero no aclara la sanción que Urbanismo habría debido imponer al gobierno municipal por estos cuatro años de demora, en línea que la que podría aplicar a la Junta de Andalucía por su dejación en las Atarazanas y a todos los sevillanos a los que se ha expedientado por no cumplimentar este trámite.

Dos edificios municipales de los consultados en la página web, el antiguo mercado de la Puerta de la Carne y la estación de autobuses del Prado de San Sebastián, tienen fijada como fecha límite para la ITE el 6 de julio de 2012, dado que conforme a lo establecido en la Ordenanza su fecha de construcción está comprendida entre 1930 y 1954.

Las fichas de ambos también figuran en blanco. Más significativo aún en el caso del antiguo mercado es que el Ayuntamiento convocó un concurso público para su adjudicación a una empresa privada pese a que no ha pasado la Inspección Técnica. Igualmente, el Consistorio ha alegado el mal estado de la estación de autobuses del Prado de San Sebastián en su conflicto con la Junta por cambiarla de uso, pero tampoco consta que pasara la ITE, cuya consecuencia debería ser la reparación inmediata de los desperfectos detectados. En ninguno de los siete casos en que la ficha aparece en blanco como no realizada la inspección pese a los años transcurridos desde la fecha límite consta la incoación de expedientes sancionadores.