El Centro de Investigación de la UE en la Cartuja será inviolable y gozará de exenciones fiscales

María Jesús Montero firma con la Comisión Europea la aplicación del Acuerdo regulador

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, la sevillana María Jesús Montero, ha firmado con la comisaria europea de Empresas Emergentes, Investigación e Innovación, Ekaterina Zaharieva, han firmado la aplicación provisional del Acuerdo que regulará el establecimiento del Centro Común de Investigación de la Comisión Europea (JRC, por sus siglas en inglés) en la isla de la Cartuja de Sevilla.

En virtud del Acuerdo, los locales del JRC de la Comisión en Sevilla serán inviolables. No podrán ser objeto de registro, requisa, confiscación, expropiación o cualquier forma de incautación. Ningún funcionario de las autoridades competentes podrá entrar en los locales del JRC de la Comisión en Sevilla sin previa autorización del director de la sede o de su representante autorizado. Dicha autorización se presumirá en caso de incendio u otras catástrofes que puedan constituir un peligro para la salud y la seguridad públicas.

Los bienes y activos de la Comisión no podrán ser objeto de ninguna medida de apremio administrativo o judicial sin la autorización previa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Los archivos de la Comisión, así como todos los documentos y datos que pertenezcan a la Comisión o que obren en su poder, serán inviolables.

Para sus comunicaciones oficiales y la transmisión de todos sus documentos, la Comisión gozará del trato dispensado por España a las misiones diplomáticas.

El JRC de la Comisión estará exento del pago de cualquier tipo de tributo nacional, regional o municipal, así como de todas las tasas administrativas en relación con los locales de su propiedad, o que construya, arriende o enajene, o con sus activos, ingresos u otros bienes.

Futura sede del JRC en la isla de la Cartuja de Sevilla

La Comisión estará exenta del pago de cualesquiera tributos indirectos nacionales, regionales o municipales e impuestos sobre la venta por el suministro de bienes y servicios (incluidos los relativos al consumo de gas, electricidad y cualquier tipo de combustible) para uso oficial de la Comisión, siempre que el valor (impuestos no incluidos) no sea inferior a 300 EUR, a menos que se trate de obras de construcción, restauración o ampliación de edificios o partes de edificios y terrenos conexos, en cuyo caso la exención se aplicará cuando el importe de cada operación sea igual o superior a 751 EUR.

La Comisión estará exenta de cualesquiera derechos de aduana, prohibiciones y restricciones a la importación y exportación respecto de los bienes destinados a su uso oficial.

El JRC de la Comisión estará exento de cualquier restricción a la importación, así como de cualesquiera tributos y derechos a nivel nacional, regional y municipal en relación con la adquisición o el leasing, la matriculación y la circulación de vehículos y otros equipos técnicos destinados al uso oficial del JRC de la Comisión y sus piezas de recambio.

Los vehículos destinados al uso oficial del JRC de la Comisión se matricularán en una serie especial similar a la de los vehículos utilizados por las misiones diplomáticas acreditadas en España.

El personal estatutario y los expertos nacionales en comisión de servicios, así como los miembros de su unidad familiar, estarán exentos de cualquier restricción o trámite de inmigración para el registro de extranjeros.

La Comisión adoptará las normas y procedimientos internos necesarios para garantizar la seguridad y el mantenimiento del orden en sus locales en Sevilla. El JRC de la Comisión podrá denegar el acceso a sus locales o expulsar a cualquier persona.

Las autoridades competentes prestarán asistencia al JRC de la Comisión, a petición del director de la sede, con el fin de mantener la seguridad y el orden en los locales que utilice. En particular, el JRC de la Comisión podrá solicitar a las autoridades competentes que adopten las medidas necesarias para garantizar o restablecer la seguridad y el orden en los locales, incluida su zona circundante, a fin de garantizar un acceso seguro a los mismos para su personal y los visitantes.

Los miembros del personal estatutario gozarán, entre otros, de inmunidad de jurisdicción respecto de los actos realizados por ellos con carácter oficial, incluidas sus manifestaciones orales y escritas; continuarán beneficiándose de dicha inmunidad después de haber cesado en sus funciones; estarán exentos de los impuestos nacionales sobre los sueldos, salarios y emolumentos abonados por la Unión; los privilegios, inmunidades y facilidades de las misiones diplomáticas que España concede al personal estatutario de la Comisión destinado en España serán aplicables al personal estatutario del JRC de la Comisión.

Las autoridades competentes cooperarán con el JRC de la Comisión con el fin de intentar establecer centros escolares para los hijos del personal del JRC de la Comisión similares a las Escuelas Europeas establecidas en otras ubicaciones de las instituciones y órganos de la UE, o para facilitar de otra forma el acceso a otros sistemas educativos equivalentes.

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