El Ayuntamiento terminará de construir la pasarela de Altadis si las obras se paran más de tres meses

La promotora de Vera Sevilla tendrá un año de plazo para iniciarla y, luego, dos para erigirla

La pasarela incorporará un sistema de iluminación decorativa programable mediante balizas ubicadas en los cantos exteriores del tablero

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla somete a información pública durante un plazo de veinte días hábiles, que teóricamente expira el 4 de noviembre de 2025, la propuesta de convenio urbanístico que el alcalde Sanz ha firmado con la sociedad Sevilla Cubic River SLU para la construcción de una nueva pasarela peatonal sobre la dársena del río Guadalquivir, entre el paseo de las Delicias y la antigua fábrica de tabacos de Altadis en Los Remedios.

Entre las estipulaciones del convenio destacan las siguientes:

-Esta ejecución (de la pasarela) se deberá realizar conforme a las autorizaciones administrativas necesarias para su ejecución material de acuerdo con la normativa vigente, sin que la construcción implique cesión alguna del dominio público ni de las facultades dominicales correspondientes al Ayuntamiento de Sevilla.

-El plazo de inicio de la intervención será, como máximo, de 12 meses desde el otorgamiento de las autorizaciones reseñadas en el punto anterior. Su plazo máximo de su ejecución material será de otros 24 meses.

-La Sociedad manifiesta disponer de los recursos financieros necesarios para la ejecución de la pasarela prevista en el presente convenio, lo cual estará en disposición de acreditar ante la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente en todo momento y a su requerimiento, con sujeción a las limitaciones de publicidad establecidas por las cláusulas de confidencialidad de los diferentes acuerdos de financiación.

-La Sociedad se compromete igualmente a garantizar la completa ejecución de las obras de construcción en ambas orillas de las bases o apoyos pilotados para la colocación de la pasarela peatonal conforme a las determinaciones del proyecto de ejecución, mediante la aportación del aval correspondiente al importe total de su coste de ejecución material, que deberá ser depositado con anterioridad al inicio de las obras.

-El aval permitirá al Ayuntamiento de Sevilla finalizar las obras, en el caso de que se paralicen por un periodo superior a tres (3) meses por causa imputable a la Sociedad, para lo que podrá ser ejecutado a primer requerimiento y sin beneficio de excusión ni división, hasta el importe total garantizado.

El último boceto conocido de la futura pasarela peatonal sobre la dársena del río

-La Sociedad responderá directamente ante el Ayuntamiento de Sevilla de la correcta ejecución de las obras de la pasarela durante el plazo de un (1) año a contar desde su recepción.

-La pasarela incorporará un sistema de iluminación decorativa programable, mediante balizas ubicadas en los cantos exteriores del tablero. Por este motivo, la Sociedad retendrá la obligación de mantenimiento del sistema técnico (equipo y software para su gestión) y gestionará su control, asumiendo su consumo, en base a un plan anual de iluminación que se consensuará entre la Sociedad y el Ayuntamiento de Sevilla.

-Debido a que la entidad mercantil SEVILLE CUBIC RIVER SLU es considerada como interesada cualificada en la construcción de la pasarela, motivo por el que asume una posición activa en su ejecución, se hará cargo de los posibles costes que se pudieran generar por su instalación, derivados de la concesión del dominio público que se requiere para su construcción, hasta el momento de la recepción municipal, y ello, aunque no le sean exigidos directamente por la Administración titular del dominio público.

-La Sociedad se compromete a abonar puntualmente al Ayuntamiento de Sevilla el coste de la tasa de ocupación derivada de la concesión de los terrenos de dominio público portuario, en el caso de que fuera exigible.

-La ejecución de la infraestructura no confiere a la Sociedad derecho alguno sobre el dominio público, ni sobre la gestión posterior de la infraestructura salvo lo indicado en el punto noveno de este apartado, renunciando expresamente con la firma de este convenio a cualquier reclamación futura de titularidad, compensación o uso preferente.

-(…) debido a la singularidad, proyección, representatividad y coste del proyecto consistente en la construcción de una nueva pasarela peatonal sobre el río Guadalquivir en Sevilla, que se denominará Princesa Leonor, la Sociedad, habiendo asumido directa y plenamente la carga impuesta por el presente documento, podrá constituir un comité privado de apoyo a la ejecución del proyecto.

-Este comité privado de apoyo al proyecto, o comité de patrocinio de la pasarela Princesa Leonor, estará compuesto en su caso por personas, empresas y/o instituciones, y tendrá el fin de prestar apoyo al proyecto, tanto a nivel de representación institucional como a nivel de recabar apoyo económico para su ejecución.

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