El gobierno de Sanz modificara el Catálogo de Nervión para excluir una casa de la calle Beatriz de Suabia

Fue incluida en el mismo de forma preventiva durante el mandato de Espadas

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla tiene previsto la aprobación inicial de una Modificación Puntual del Catálogo del Barrio de Nervión que afectará a la finca situada en el número 71 de la calle Beatriz de Suabia. Ésta será excluida del mismo y por tanto dejada sin protección patrimonial siete años después de que el Ayuntamiento acordara lo contrario durante el mandato del socialista Juan Espadas.

La Junta de Gobierno de la Corporación Municipal hispalense acordó el 14 de septiembre de 2018 estimar parcialmente las alegaciones presentadas por la Asociación para la Defensa del Patrimonio de Andalucía (ADEPA) y el grupo municipal Ciudadanos de Sevilla y aprobar provisionalmente el Catálogo del Barrio de Nervión, en el que se incluyeron las siguientes edificaciones:

-Fábrica de Cervezas “La Cruz del Campo” (CP. 039) y también las determinaciones sobre dicha edificación del Plan Especial del ARI-DSP-03 “La Cruz del Campo”, aprobado definitivamente el 29 de septiembre de 2012.

-En ampliación del Catálogo:

*Avda. Luis de Morales, 2. Hotel Los Lebreros.

*C/ Luis Montoto, 101. Colegio Borbolla.

*Avda. San Francisco Javier, 20. Edificio Catalana Occidente.

-En la relación de edificaciones con Catalogación Preventiva:

*Alejandro Collantes, 47.

*Beatriz de Suabia, 63, 65, 67, 71 y 126.

*Cardenal Lluch, 52, 54 y 55.

*Espinosa y Cárcel, 49 (Colegio Santa Joaquina de Vedruna).

*Luis Montoto, 103.

*Marques de Nervión, 88, 100 y 104.

*San Juan de Dios, 20, 22, 24, 26 y 28.

PETICIÓN A LA GERENCIA

El pasado 3 de julio (2025), se presentó ante la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente (GUMA) en nombre de la propietaria (María Rosa Brugués Fossas) de la finca situada en el número 71 de la calle Beatriz de Suabia un escrito por el que se solicita la exclusión de la misma del Catálogo del Barrio de Nervión.

Vista la solicitud y documentación presentada, así como los antecedentes obrantes en la Gerencia, por la Sección Técnica del Servicio de Planeamiento y Desarrollo Urbanístico se emitió informe, en fecha 12 de septiembre de 2025, en el que se concluye que, sobre la base de las consideraciones expuestas en el mismo y en aplicación de los criterios de catalogación establecidos en el apartado 2.2 de la Memoria del Catálogo, no procede la catalogación del inmueble sito en Beatriz de Suabia nº 71.

El Catálogo establece para la finca objeto del informe del Servicio de Planeamiento una catalogación preventiva, definida como una cautela previa hasta tanto no se aporte la información suficiente relativa al elemento protegido cautelarmente, de cuyo
análisis se concluirá en la asignación de uno de los cuatro niveles de protección hasta ahora utilizados: “A”, “B”, “C”” y “D”, o en su descatalogación.

La documentación aportada se considera suficiente para analizar el edificio y determinar la existencia o no de elementos que deban ser objeto de protección específica. Se desconoce la fecha de construcción del inmueble y no se aporta ningún
dato al respecto. No obstante, en una fotografía aérea de 1954 se observan varios edificios de la misma tipología en la calle Beatriz de Suabia, los correspondientes según la numeración actual a los números 63 a 71, si bien con la diferencia de que el del número 71 es de cubierta plana en su totalidad tal como puede verse en la imagen.

Se trata de una edificación de una planta, con una pieza lateral de dos plantas que al exterior se conforma como un torreón. Dicha formalización es reconocible hoy día en algunas de las edificaciones de la calle, no así en la que nos ocupa que fue objeto de una importante obra de reforma y ampliación en 1997.

En el proyecto presentado para la obtención de licencia se dice que el edificio es obra del arquitecto Joaquín Díaz Langa, extremo éste que no ha podido verificarse. Las obras autorizadas en el expediente 857/1997 del Servicio de Licencias modifican sustancialmente la configuración original del edificio, comprendiendo las siguientes actuaciones:

-Ampliación por colmatación de la planta primera, eliminando el juego de volúmenes de la edificación original.

-Sustitución de la cubierta plana por cubierta inclinada de teja en toda la edificación.

-Nuevo tratamiento de fachada, disponiendo unas líneas horizontales en planta baja a modo de almohadillado.

-Nuevos elementos de carpintería y cerrajería.

El edificio sito en el número 71 de la calle Beatriz de Suabia

De las actuaciones realizadas en el inmueble al amparo del anterior Plan General resulta una nueva edificación en la que no son reconocibles elementos del edificio
original. El edificio resultante no responde a un estilo arquitectónico concreto, utilizando un lenguaje característico de las viviendas unifamiliares del entorno: cubierta de teja, cornisas e impostas resaltadas en distinto color, cerrajería tradicional, etc.

De la documentación fotográfica aportada, no se deduce la existencia de elementos arquitectónicos ni tipológicos singulares que deban ser objeto de protección específica.

Por otra parte, no puede considerarse una muestra significativa de ningún estilo arquitectónico concreto ni aparece citado en ninguna publicación o manual al respecto.

En base a las consideraciones expuestas en el informe del Servicio de Planeamiento y en aplicación de los criterios de catalogación establecidos en el apartado 2.2 de la Memoria del Catálogo, la Gerencia de Urbanismo concluye que no procede la catalogación del inmueble sito en Beatriz de Suabia, 71.

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