El alcalde de la localidad estima parcialmente el recurso de reposición presentado por la entidad colegial
El alcalde de Los Palacios y Villafranca, Juan Manuel Valle Chacón, ha estimado parcialmente el recurso de reposición presentado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Sevilla, cuya decana es Nuria Canivell, en relación con las bases para la selección mediante concurso-oposición de una plaza de arquitecto superior jefe de sección. El Colegio presentó el recurso a través de la Delegación del Gobierno de España el pasado 23 de septiembre (2025).
En su recurso, el Colegio de Arquitectos alegaba que la bases del cocurso resultaban contrarias a Derecho, especialmente por generar una inadecuación entre el contenido del proceso selectivo y las funciones del puesto convocado.
Como resultado del recurso, el alcalde ordena en una resolución -entre otros aspectos- la rectificación del Artículo 5.1 (Fase de Concurso) referente a la valoración de la experiencia profesional, eliminando la ambigüedad del concepto «similares características» e incluyendo expresamente la experiencia de arquitectos superiores en la Administración Local como mérito valorable. Además, se rectifica el Anexo II (Temario) para garantizar el cumplimiento de la proporción obligatoria entre materias comunes y específicas, buscando proteger el principio constitucional de mérito y capacidad.

Nuria Canivell, decana del Colegio de Arquitectos de Sevilla
Los puntos más destacables de la rectificación ordenada por el alcalde son los siguientes:
1. Modificación de la Valoración de la Experiencia Profesional (Punto F del Art. 5.1)
La resolución ordena rectificar el apartado de experiencia profesional, eliminando la ambigüedad del concepto «similares características» e incluyendo expresamente la experiencia de arquitectos superiores en la Administración Local como mérito valorable.
La experiencia en las mismas áreas de conocimiento correspondientes al puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 6.00 puntos, de la siguiente forma (por cada año de servicio o fracción superior a seis meses):
• Como Arquitecto Superior Jefe de Sección en la Administración Local: 0.75 puntos.
• Como Arquitecto Superior Jefe de Sección en otra Administración Pública distinta a la Local: 0.50 puntos.
• Como Arquitecto Superior en la Administración Local u otra Administración Pública: 0.25 puntos.
• En el puesto al que se opta en la empresa privada: 0.20 puntos.
• Como Arquitecto Superior en la empresa privada: 0.10 puntos.
2. Eliminación de Temas del Temario Común (Anexo II)
Para garantizar que se respete la proporción legalmente impuesta de 1/5 y 4/5 entre materias comunes y específicas, se eliminaron temas del temario común:
-Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, bienes, actividades y servicios, y contratación. Todo lo relativo a la gestión de los servicios públicos.
-El personal al servicio de la administración pública local: Adquisición y pérdida de la condición, provisión de puestos, situaciones administrativas, personal eventual y personal laboral.
-Derechos y deberes de los funcionarios/as. Sistemas de retribuciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
-Recursos de las Haciendas Locales (Clasificación, ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado. Tasas, contribuciones especiales y Precios Públicos. Impuestos Municipales: Concepto y clasificación).
-Nociones Generales de la Normativa Estatal y Autonómica en materia de Igualdad y Violencia de Género. Conceptualización básica.
-Ley Orgánica 3/2007, de 22 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantías de los derechos digitales.
3. Incorporación de nuevos temas
Se incorporan al temario específico los dos temas siguientes:
-Los instrumentos de planificación territorial en Andalucía. Incluye el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y los POT de Ámbito Subregional: su tramitación, contenido y determinaciones. También cubre los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio, los Planes de Protección del Medio Físico, y las Afecciones del POTA a Los Palacios y Villafranca.
-El Decreto 13/2010, de 20 de junio, por el que se regula el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, y sus modificaciones en el Decreto-Ley 2/2016, de 24 de febrero y el Decreto-Ley 5/2023, de 10 de febrero.
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