Urbanismo reconoce que el 70% de las Declaraciones Responsables presentadas son improcedentes

En sus nuevos Estatutos, donde aparece un consejero delegado, asume la ejecución de expedientes de desahucio e informes para el reagrupamiento de inmigrantes

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla (GUMA) está sometiendo a consulta pública desde el pasado 2 de diciembre (2025) y por un plazo de 15 días hábiles que teóricamente expira el día 24, el borrador del proyecto de sus nuevos Estatutos. Son consecuencia de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de fecha 10 de noviembre de 2022, por la que se estima recurso interpuesto por la Unión
Provincial del CSIF y se anula el acto administrativo de aprobación de los Estatutos
de esta agencia pública en vigor. Tras dicho fallo judicial, mediante resolución de 17 de febrero de 2025 se ordenó incoar procedimiento para la creación de la agencia pública administrativa local Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, conforme a lo preceptuado en los artículos 33 y 34 de la Ley 5/2010, de Autonomía Local de Andalucía.

La nueva agencia sucederá a título universal a la entidad anterior sin interrupción de sus derechos, obligaciones o contratos. La justificación principal de la creación de la agencia es la plena integración de las competencias medioambientales del Ayuntamiento de Sevilla en la estructura de la Gerencia.

Históricamente, las competencias urbanísticas y medioambientales estaban divididas, residiendo estas últimas en el Servicio de Protección Ambiental. Esta división había provocado disparidades de criterio, especialmente en temas clave como el alcance de la declaración responsable (DR) frente a la licencia.

Ahora se trata de lograr el principio de unidad de procedimiento. La integración busca unificar los trámites de las licencias de obras y las de actividad, incorporando la regulación urbanística, medioambiental y sectorial para salvaguardar la seguridad jurídica.

Un dato de gran relevancia que justifica la necesidad de esta reestructuración administrativa es la ineficiencia detectada en la tramitación actual: los datos de 2022 y 2023 indican que alrededor del 70% de las Declaraciones Responsables presentadas están siendo consideradas «improcedentes», un porcentaje calificado como «evidentemente excesivo». Con la nueva estructura se pretende aumentar el alcance y la eficacia de la declaración responsable como medio de control administrativo, en línea con la Directiva europea de servicios.

La nueva agencia goza de personalidad jurídica propia y autonomía funcional y financiera, hasta el punto de que contará como patrimonio
inicial con el Patrimonio Municipal del Suelo, del que el Ayuntamiento le cede la
titularidad fiduciaria, reservándose la dominical, y con el patrimonio que reciba de
cualesquiera otras fuentes y cualquier otro título en el futuro.

En consecuencia, podrá adquirir, enajenar, poseer, reivindicar, permutar, gravar e
hipotecar toda clase de bienes; obligarse, celebrar contratos, cualquiera que sea su
naturaleza; establecer, explotar y prestar servicio, ejercitar acciones y excepciones e interponer recursos de toda clase, siempre que tales actos se realicen para el
cumplimiento de los fines y competencias que se le asigne.

Asimismo, dentro de las competencias que se le asignan, asume todos los derechos y obligaciones que para el Ayuntamiento se deriven de concesiones o contratos en vigor, y le incumbe la perfección o pago, en su caso, de los cánones que a los concesionarios o contratistas correspondan, mientras que el título de los mismos se halle vigente. A ello hay que añadir la lista de recursos especificados en el artículo 37 de los nuevos Estatutos.

COMPETENCIAS Y ESTRUCTURA

La GUMA asume (artículo 4º de los nuevos Estatutos) un vasto conjunto de funciones, incluyendo la planificación urbanística (Planes Generales, Especiales), la redacción de ordenanzas, la gestión del Patrimonio Municipal del Suelo (incluyendo la titularidad fiduciaria), el otorgamiento de licencias de obras, usos de suelo y actividades, la asunción de declaraciones responsables, el ejercicio de la policía de la edificación y medioambiental, la inspección, y la potestad sancionadora en áreas como ruidos, vibraciones y calidad del aire.

Entre sus muchas competencias se atribuye redactar, tramitar y ejecutar expedientes de expropiación forzosa y desahucios administrativos, sin perjuicio de que la potestad de dictar resoluciones corresponda al órgano municipal competente. Asimismo, la acreditación de la adecuación de la vivienda para el reagrupamiento familiar de
personas inmigrantes.

La dirección y la administración de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente se
llevará a cabo a través de los siguientes órganos:
1.- La Presidencia.
2.- El Consejo de Gobierno.
3.- La Comisión Ejecutiva.
4.- La persona consejera delegada.
5.- La persona responsable de la gerencia del ente.
Podrá existir también una Vicepresidencia.

La persona responsable de la Alcaldía designará, de entre las personas que formen
parte del Consejo de Gobierno, una consejera delegada o consejero delegado,
pudiendo delegar en la misma parte de sus competencias

la Comisión Ejecutiva es el órgano de contratación de la Gerencia (excepto en contratos menores) y el competente para otorgar licencias de obras, usos de suelo y actividades, así como en materia de calificación ambiental. También es responsable de ordenar la suspensión o demolición de obras y la clausura de actividades.

La persona responsable de la gerencia del ente (no se usa el término gerente en los nuevos Estatutos) es el órgano de ejecución y ostenta la Jefatura de todos los servicios y personal de la Gerencia. Debe ser un profesional de reconocida experiencia en urbanismo o gestión empresarial o administrativa, designado por el Consejo de Gobierno a propuesta de la Presidencia. Tiene encomendadas nada menos que 60 funciones, en virtud del artículo 27 del texto. Sus propuestas serán ejercidas a
través de la persona consejera delegada.

Los nuevos Estatutos prevén la creación de funcionarios propios de la agencia pública. Estos funcionarios accederán mediante procedimientos selectivos específicos, garantizando personal con formación acreditada en materias especializadas como planeamiento, gestión urbanística, disciplina, inspección y medio ambiente, buscando asegurar la autonomía funcional y continuidad técnica del organismo. El Consejo de Gobierno será el encargado de desarrollar las ofertas de empleo público para este personal.

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