Urbanismo anula la venta forzosa de dos fincas en calle Galicia y avenida Manuel Siurot

Los propietarios han acabado cumpliendo el deber urbanístico de edificar

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente (GUMA) del Ayuntamiento de Sevilla ha acordado la cancelación de los asientos del Libro del Registro Municipal de Solares y sujeción a venta forzosa de sendas fincas en el casco urbano por incumplimiento de los dueños del deber de edificar, con archivo de actuaciones, y ha solicitado al Registro de la Propiedad la anulación de las notas extendidas al margen de la inscripción de dominio al haberse edificado finalmente en las mismas.

La GUMA había inscrito en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas la finca de 300 m2 situada en el número 9 de la calle Galicia (distrito Cerro-Amate) después de que la sociedad propietaria, Vaguada Capital, incumpliera los plazos fijados en el convenio urbanístico firmado por ambas partes en febrero de 2021, durante el mandato del socialista Juan Espadas como alcalde de Sevilla.

En aquel entonces, Vaguada Capital se comprometió a desarrollar la obra de edificación en los siguientes plazos:

-Solicitud de licencia : seis meses desde la fecha de inscripción en el Registro Municipal de Instrumentos Urbanísticos.

-Presentación de inicio de obras, seis meses a partir de la notificación del acuerdo de concesión de la correspondiente licencia urbanística.

-Ejecución de las obras: 30 meses.

El inmueble edificado en la calle Galicia, del Cerro del Águila

Finalmente, Vaguada Capital ha acabado cumpliendo, aunque con retraso, el convenio y la GUMA ha cancelado todas las anotaciones registrales sobre la finca.

La empresa comercializa en dicha finca actualmente un ático de una sola habitación y 49 m2 de superficie más una terraza de 30,93 m2 por 214.500 euros. Hay posibilidad de garaje opcional por 21.500 euros.

LA FINCA EN MANUEL SIUROT

La otra finca legalizada por la Gerencia tras cumplir la propiedad el deber de edificación es la situada en el número 58 de la avenida Manuel Siurot. Este espacio de más de 500 m2, fruto fruto de una segregación de los jardines de Villa Giralda (número 55 de la avenida de la Palmera), se halla en el sector 25 del Conjunto Histórico de Sevilla. Ostentó la condición de solar desde al menos el 27 de septiembre de 2007, es decir casi año y medio después de la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) en 2006, durante el mandato de Monteseirín. Y acumula una larga historia de expedientes en la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento hispalense.

Al tratarse de un solar sin edificar ubicado en el Conjunto Histórico, el plazo para cumplir la obligación de construir en el mismo era de un año, a contabilizar al menos desde el 27 de septiembre de 2007, es decir anterior al estallido de la crisis financiera en septiembre de 2008 por causa de la burbuja inmobiliaria. El plazo, sin embargo, dejó de correr porque con antelación a su expiración se otorgó licencia de obras.

Urbanismo dio la pertinente licencia, pero pasaron siete años sin que se pusiera un solo ladrillo, hasta el punto de que la Gerencia se vio obligada a declarar la caducidad del permiso el 18 de junio de 2014. En consecuencia, tramitado el correspondiente procedimiento, la finca fue incluida en el Registro Municipal de Solares y
Edificaciones Ruinosas por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 3 de diciembre de 2014, y se advirtió a la propiedad del último plazo de un año desde la notificación del acuerdo para dar cumplimiento al deber de edificar, tal como establece la Ordenanza correspondiente.

Vista aérea del solar antes de su construcción

La propiedad se salvó de nuevo por la campana. El cómputo de este último plazo (la última notificación del acuerdo de inclusión fue practicada con fecha 8 de
enero de 2015) quedó suspendido con carácter general por acuerdo del Pleno municipal y, concretamente, para los solares del Conjunto Histórico de la ciudad hasta el 27 de noviembre de 2016. En esta fecha se reanudó el resto del plazo que le quedaba, cuyo vencimiento tuvo lugar el 8 de enero de 2017.

Previamente se inició una batalla administrativa y judicial en forma de recursos de todo tipo por la propiedad del terreno, la cual no logró impedir sentencias en su contra y que Urbanismo acordara realizar una anotación en la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad, en la que alertaría de la situación en que se hallaba.

Con fecha 8 de mayo de 2018, previa instrucción del procedimiento previsto reglamentariamente, se declaró el incumplimiento del deber de edificar y sujeción de la finca al régimen de venta forzosa, si bien dicha resolución quedó suspendida en vía administrativa al encontrarse entonces pendiente de resolución judicial el citado acuerdo de inscripción en el Registro.

El solar ya edificado

El caso se convirtió en una historia kafkiana. El acuerdo de declaración de incumplimiento también fue objeto de recurso de alzada, constando informe de 3 de octubre de 2019 (una vez dictada una sentencia de 6 de septiembre de 2019) en el que se concluye sobre su inadmisión al resultar manifiestamente infundado, si bien, aunque no fue alegado por la recurrente y propietaria de la finca en la indicada fecha, pudo constatarse que, pese a haberse dictado la misma en el plazo establecido, había sido notificada dos días más tarde de la cuenta en un ejemplo de ineficacia municipal pese a los altos sueldos que se cobran en Urbanismo https://www.manueljesusflorencio.com/2021/01/el-sueldo-medio-en-la-gerencia-de-urbanismo-de-sevilla-asciende-a-6-757-euros-al-mes/, por lo que había operado la caducidad del procedimiento (artículos 25 y 95 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Se abrió, pues, un nuevo capítulo. Urbanismo tuvo que adoptar el correspondiente acuerdo con archivo de actuaciones e iniciar un nuevo procedimiento el 14 de enero de 2020. Sin embargo, en otra prueba más de ineficacia municipal, también este procedimiento se hallaba incurso en caducidad, al no haberse dictado acuerdo declarativo de incumplimiento en plazo, por lo que mediante resolución del gerente de Urbanismo de 24 de septiembre de 2020, número 4.483, se declaró la caducidad y hubo que iniciar un nuevo procedimiento para constatar dicho incumplimiento.

Y en esto apareció una nueva entidad en escena, Urania Enterprises S.L., la cual tiene por administrador único a Fernando Sánchez Martín. Se había constituido el 31 de julio de 2019 con un capital social de 11.300.000 euros y tenía su domicilio social en un chalé de Santa Clara.

La residencia de estudiantes finalmente construida en la avenida Manuel Siurot

Esta empresa acreditó ante la Gerencia de Urbanismo que se había hecho con la propiedad de la finca el 24 de julio de 2020, tras una operación de compraventa firmada, presumiblemente, con Gestión de Inmuebles Adquiridos, una sociedad del grupo Unicaja. Tan sólo seis después de esa compraventa amplió capital social por 1.300.000 euros. Urania presentó el 18 de septiembre de 2020 solicitud de licencia de obras e instó a Urbanismo a que suspendiera el procedimiento de declaración del incumplimiento del deber de edificar que había iniciado el 14 de enero del mismo año.

Los Servicios Jurídicos de la Gerencia emitieron un informe en noviembre en el que recomendaron la desestimación de la solicitud de Urania Enterprises por haber vencido sobradamente todos los plazos dados en relación con la finca número 58 de la avenida Manuel Siurot, por lo que sólo procedía su venta forzosa, aunque dejó un portillo abierto: que el nuevo propietario firmara un convenio por el que se comprometiera a cumplir una serie de plazos que le impusiera la Gerencia.

El gerente, atendiendo el informe jurídico, acordó en principio desestimar la solicitud y alegaciones de la nueva propietaria al haber vencido el 8 de enero de 2017 el último plazo dado sin que se hubiera puesto un solo ladrillo en el solar, e iniciar -previo procedimiento contradictorio de valoración- la venta forzosa mediante concurso público.

Finalmente, tras otros episodios en esta procelosa y larga historia, la sangre no ha llegado al río. El 29 de enero de 2021, el entonces gerente de Urbanismo, Rafael Márquez Berral, y el representante de Urania firmaron un convenio urbanístico en virtud del cual la empresa compradora de la finca se comprometió, so pena de graves consecuencias, a cumplir los siguientes plazos impuestos por la Gerencia.

El proyecto aprobado por Urbanismo ha consistido en un edificio de 1.023 m2, de los que 549 van sobre rasante y 473 en números redondos bajo rasante, con planta sótano, semisótano, baja, primera, segunda y castillete. El inmueble ocupa 154 m2 de la parcela, de 510 m2, y el resto se dedica a patio, piscina y jardín. Se ha convertido en una residencia de estudiantes: Malpa Students.

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