Abierto el plazo para solicitar las ayudas PPR 2026 destinadas a inquilinos de Emvisesa en situación de vulnerabilidad

El plazo máximo expirará el 15 de septiembre de 2026

La empresa municipal de vivienda de Sevilla (Emvisesa) ha abierto el nuevo plazo para que sus inquilinos en situación de riesgo o exclusión social puedan solicitar las ayudas del Protocolo de Protección a Familias con Pocos Recursos (PPR-PPC). El plazo máximo para presentar las solicitudes permanecerá abierto hasta el 15 de septiembre de 2026. Estas ayudas se financian con cargo al presupuesto de la Delegación de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla y se tramitan en coordinación con la propia Emvisesa.

Están dirigidas a familias o unidades de convivencia que sean inquilinas o cesionarias legales de viviendas u otros alojamientos titularidad de Emvisesa o gestionados por la empresa municipal.

Las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

-Ocupar legalmente la vivienda arrendada o cedida como domicilio habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia, cumpliendo la normativa de viviendas protegidas.

-No haber sido sancionadas por no ocupación de la vivienda o por infracciones muy graves en expedientes del Protocolo de Convivencia de Emvisesa.

-Tener los suministros de agua, electricidad o gas contratados legalmente.

-Que todos los miembros de la unidad familiar o de convivencia estén empadronados en la vivienda.

-Estar al corriente en el pago de las cuotas de la comunidad de propietarios.

Las personas que hayan solicitado las ayudas PPR en años anteriores deberán estar al corriente en el pago de la renta mínima exigible.

Además, los solicitantes deberán ser usuarios de los Servicios Sociales Municipales del Ayuntamiento de Sevilla, encontrarse en situación de riesgo o exclusión social y cumplir los requisitos establecidos en el Programa de ayudas económicas complementarias del Área de Bienestar Social y Empleo para la anualidad correspondiente.

La comprobación de estos requisitos será realizada por la Oficina Municipal por el Derecho a la Vivienda (OMDV).

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las personas interesadas deberán presentar los impresos normalizados que se encuentran disponibles.

Las solicitudes podrán presentarse de forma presencial en la oficina de la OMDV, situada en:

Avenida de San Jerónimo, 5 (41015. Sevilla).

Las solicitudes sólo se considerarán válidamente presentadas cuando se aporte toda la documentación requerida y los impresos estén correctamente cumplimentados en los modelos vigentes.

Para acudir presencialmente será necesario solicitar cita previa a través de los teléfonos:

955 476 054 / 955 476 004 / 955 476 050

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

Impresos y anexos

  • Impreso de solicitud de PPR de Emvisesa, cumplimentado por el titular de la vivienda. Se devolverá copia sellada con la fecha de presentación en la OMDV.

1.-Impreso-Solicitud-PPR-2026-EMVISESA.pdf


  • Autorización a Emvisesa y a la OMDV para la tramitación de las ayudas municipales, firmada por los titulares del contrato.

2.-AUTORIZACION-LOPD-EMVISESA.docx.pdf


  • Anexo 0: Cláusula de no oposición o consentimiento a la consulta por parte del Ayuntamiento de datos de la unidad familiar (marcando la opción Programa de prestaciones complementarias), firmada por los titulares del contrato.

ANEXO-0.-MODELO-CLAUSULA-DE-NO-OPOSICIONCONSENTIMIENTO-PLATAFORMA-INTERMEDIACION-DE-DATOS.pdf


  • Anexo I: Solicitud de ayudas del Ayuntamiento de Sevilla, firmada por los titulares del contrato de alquiler.

ANEXO-I-MODELO-SOLICITUD-PPC-2026.pdf


  • Anexo III: Declaración responsable de ingresos y de no ser propietario de inmuebles. Debe incluir el número de miembros y los ingresos mensuales de todos los miembros mayores de 16 años y coincidir con los ingresos documentados. Firmado por los titulares del contrato.

ANEXO-III-DECLARACION-RESPONSABLE-DE-INGRESOS.pdf


  • Anexo V: Documento de cesión del derecho de cobro a Emvisesa. Debe cumplimentarse indicando el programa (Prestaciones complementarias 2026) y el concepto (Ayudas al alquiler de viviendas de Emvisesa). Firmado por los titulares del contrato.

ANEXO-V-II-CESION-DERECHO-AL-COBRO.doc.pdf

DOCUMENTACIÓN ADICIONAL

Junto a los impresos cumplimentados se deberá aportar:

  • Tres últimas facturas de suministros de luz y agua (o de los meses transcurridos desde la entrega de la vivienda).
  • Certificado de estar al corriente en el pago de la comunidad, emitido por la administración de fincas o por la presidencia de la comunidad. Debe constar el importe de la cuota.
  • Fotocopia del DNI en vigor de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.

En caso de personas extranjeras:

  • Ciudadanos de la Unión Europea: certificado de registro de la UE acompañado de pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor.
  • Ciudadanos extracomunitarios: fotocopia de la tarjeta de extranjero vigente.

También deberá aportarse:

  • Fotocopia del libro de familia.
  • Certificado de empadronamiento colectivo.
  • Justificantes de ingresos de todas las personas mayores de 16 años (nóminas, prestaciones por desempleo, pensiones, etc.). Si no es posible acreditarlo, se podrá presentar declaración responsable (Anexo III).
  • Certificado integrado de prestaciones de la Seguridad Social, donde conste si se percibe el Ingreso Mínimo Vital.
  • Convenio regulador o sentencia de divorcio, en su caso.
  • Justificante de solicitud de otras prestaciones públicas a las que se tenga derecho (SEPE o Seguridad Social).
  • Informe de vida laboral de todas las personas mayores de 16 años.
  • Resolución de dependencia o grado de discapacidad, en su caso.
  • En caso de existir pensión por alimentos que no se cobre, se ha de aportar denuncia o reclamación judicial de dicho pago.

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