Veintitrés municipios de Sevilla son incluidos en el mapa oficial del gas radón

El Consejo de Seguridad Nuclear recomienda o prescribe su medición y control en centros de trabajo situados en los mismos

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha aprobado oficialmente el listado de municipios donde será obligatorio medir y controlar la exposición al gas radón en los centros de trabajo. En Andalucía, la medida afecta a 89 de sus 785 municipios —el 11 %— que han sido clasificados como Zona II, es decir, de actuación prioritaria. El gas radón, sin embargo, está presente en una parte significativa del territorio andaluz, con un 30 % del suelo afectado por este riesgo invisible, incluyendo 147 municipios de Zona I, donde también se recomienda su medición aunque no sea obligatoria.

Con esta decisión, Andalucía, y dentro de la misma la provincia de Sevilla, se suma a las comunidades donde el radón comienza a tener un papel relevante en las políticas de prevención y seguridad en el entorno laboral.

La aprobación de este mapa se produce un año después de que entrara en vigor la obligación general de medir el radón en zonas de riesgo, tal como establecía el Plan Nacional contra el Radón y la normativa del Código Técnico de la Edificación (CTE). 

La novedad de este 2025 es que el CSN ha definido por primera vez, de forma oficial, qué municipios están afectados y deben cumplir obligatoriamente con estas mediciones en sus espacios laborales. Aunque la presencia de este gas radioactivo se ha detectado en unos 4.000 municipios —es decir, en casi el 50 % del territorio español—, solo aquellos clasificados como Zona II están sujetos a esta obligación, ya que una parte significativa de su tejido urbano se encuentra en áreas con un potencial de radón superior al nivel de referencia de 300 Bq/m³.

El radón es un gas natural, incoloro e inodoro, que se genera por la desintegración del uranio en el subsuelo. Su peligrosidad no está en su origen, sino en su capacidad de infiltrarse en edificios, donde se acumula y representa un riesgo para la salud. La Organización Mundial de la Salud (OMS) lo considera la segunda causa de cáncer de pulmón, solo por detrás del tabaco, y la primera entre personas no fumadoras. En España se estima que provoca más de 1.500 muertes al año.

La Instrucción IS-47 del CSN establece también las directrices para la medición en los centros de trabajo y obliga a medir la concentración de radón durante un periodo mínimo de tres meses, preferiblemente entre octubre y mayo, o a lo largo de todo el año si no hay cierres vacacionales.

Esta medida afecta a todas las instalaciones laborales ubicadas en municipios clasificados como prioritarios, con especial atención a aquellas situadas en planta baja o bajo rasante, donde los niveles de radón suelen ser más elevados y pueden triplicar el valor de referencia. Oficinas, comercios, gimnasios, spas, laboratorios, aparcamientos o incluso espacios turísticos como minas o cuevas están entre los espacios más expuestos.

Aunque la concentración del radón tiende a disminuir con la altura, también se ha detectado en pisos superiores, debido a los materiales de construcción, el agua o el llamado “efecto chimenea”. 


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