La Gerencia de Urbanismo pierde la posibilidad de concertar préstamos y de ordenar expropiaciones

El secretario y el interventor del Ayuntamiento, además del sindicato CCOO, obligan a cambiar el proyecto de sus Estatutos

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Sevilla, en sesión celebrada el
23 de enero de 2026, acordó, a propuesta del teniente de alcalde delegado de Urbanismo, Protección Ambiental, Patrimonio y Vivienda (Juan de la Rosa) aprobar
inicialmente la creación de la Agencia Pública Administrativa Local Gerencia de
Urbanismo y Medio Ambiente, así como sus Estatutos sociales y someter el
documento a información púbica.

Al borrador de Estatutos del ente de nueva creación se han incorporado diversas novedades respecto a los anteriormente aprobados, a resultas de observaciones realizadas por Secretaría e Intervención y de la Secretaría de la sección sindical de Comisiones Obreras (CCOO) de la propia Gerencia.

El resumen de los aspectos más importantes suprimidos, cambiados y añadidos en el proyecto de Estatutos sometido ahora a información pública respecto del borrador anterior es el siguiente:

SUPRESIONES

Capacidad de endeudamiento: Se ha eliminado la posibilidad de que la GUMA concierte empréstitos (préstamos) para financiar obras y servicios de su competencia.
Artículos sin contenido: Se han suprimido todos aquellos artículos o apartados que habían quedado vacíos tras la modificación estatutaria de 2018 y se ha procedido a una renumeración completa para que el texto sea coherente como «ente de nueva creación».
Referencias normativas obsoletas: Se ha eliminado la alusión a decretos de 2018 que ya habían sido superados por acuerdos posteriores de la Junta de Gobierno en materia de adscripción de personal.

CAMBIOS

Naturaleza del Artículo 1: El texto pasa de tener un «tono modificativo» (propio de una reforma de estatutos) a uno «fundacional», al declararse formalmente la creación de la Agencia con personalidad jurídica propia.
Competencia en expropiaciones (Arts. 4.2.f y 27.12º): Se modifica la redacción para dejar claro que la GUMA sólo tramita y gestiona los expedientes, pero la potestad de dictar la resolución final sigue siendo del órgano municipal competente (el Ayuntamiento), evitando así vulnerar la prohibición de que las agencias tengan potestad expropiatoria propia.

Regulación de los Habilitados Nacionales (Art. 31): Se actualiza la regulación de la Secretaría, Intervención y Tesorería para ajustarla al Real Decreto 128/2018, especificando que estos puestos serán desempeñados por los titulares de los órganos de apoyo y la Intervención General Municipal del Ayuntamiento.
Actualización Legislativa: Se sustituyen todas las menciones a la antigua Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) por la vigente Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) de 2021.

ADICIONES

Preámbulo justificativo: Se incorpora un preámbulo extenso que explica los antecedentes (incluyendo la sentencia del TSJA de 2022) y justifica la creación de la agencia bajo los principios de necesidad, eficacia y seguridad jurídica.
Concepto de «Título Habilitante»: A propuesta del sindicato CC.OO. durante la consulta previa, se añade este término en los artículos 4 y 27 para agrupar bajo un solo concepto las licencias, declaraciones responsables y comunicaciones previas.
Control del Pleno sobre el Empleo Público (Art. 36): Se añade la obligación de que la GUMA proponga su Oferta de Empleo Público (OEP) al Ayuntamiento para que aquélla se integre en la oferta conjunta municipal, asegurándose así el control jerárquico del Consistorio sobre la plantilla.
Sucesión Universal y Continuidad (Disposiciones Adicionales y Transitorias): Se añaden cláusulas para garantizar que la nueva agencia herede automáticamente todos los derechos, obligaciones, contratos y el mismo CIF de la entidad anterior, permitiendo que el presupuesto de 2026 se siga ejecutando sin interrupción.
Acceso Telemático para Consejeros: Se añade la previsión de que los miembros del Consejo de Gobierno tengan acceso por vía telemática a toda la documentación de los órdenes del día.

El cuadro sobre estas líneas refleja cómo el documento final de enero de 2026 ha sido depurado técnicamente para cumplir con las exigencias de seguridad jurídica y control financiero planteadas por la Intervención y la Secretaría del Ayuntamiento durante la instrucción del expediente.

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