Ecologistas recurre contra la licencia de obras al Betis

El proyecto básico y la documentación complementaria carecen de visado colegial

La GUMA ha exigido tales condiciones al club que en la práctica aún no le ha otorgado la licencia, sino que la ha aplazado

Las parcelas municipales todavía no figuran a nombre del Betis en el Registro de la Propiedad

La seguridad del estadio y de la mole anexa no ha sido informada de manera vinculante por al menos la Subdelegación del Gobierno

En Urbanismo no figura el proyecto de solicitud de la preceptiva licencia de actividad

En la Memoria del Proyecto Básico se dice que la mole quedará en bruto, pero en los planos se hace la distribución interior

La reducción del presupuesto en 100 millones de euros puede afectar al proyecto sin que Urbanismo se entere

Ecologistas en Acción, con el apoyo de las asociaciones de los barrios del entorno y de vecinos que están apoyando económicamente los costes de estos procedimientos, ha presentado este Martes Santo (31 marzo 2026) un recurso de alzada contra el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo (GUMA) del pasado 3 de marzo por el que se concede licencia de obras de ampliación y reforma del nuevo estadio Benito Villamarín y de la mole anexa para uso terciario.

Los Verdes solicitan la anulación de la licencia otorgada por la Gerencia de Urbanismo al considerar que el club heliopolitano ha presentado un proyecto básico, significativamente carente de visado colegial, en el que no se definen los usos -ni siquiera la estructura e instalaciones- de la mole anexa al nuevo estadio Benito Villamarín para uso terciario.

Estos son los argumentos básicos del recurso de alzada:

Los documentos presentados por el Betis para la solicitud de la licencia de obras son inadecuados

La Licencia se ha otorgado en base a un proyecto básico y una documentación
complementaria sin visado colegial tal como se advierte en el informe técnico de
inspección que sirve de base para el Acuerdo final de la Comisión ejecutiva de la GUMA.
Un proyecto básico es suficiente para que se pueda conceder una licencia de obras para edificios sencillos que no tengan la complejidad de éste, que es para la construcción de un Estadio deportivo de primer nivel internacional. Para este caso un proyecto básico no es suficiente. De hecho, no tiene la definición técnica necesaria que garantice que los informes técnicos sobre seguridad de acceso y evacuación de los espectadores es la adecuada.

Por otra parte, el visado colegial sobre la firma de los técnicos autores del
proyecto básico y sus documentos complementarios tampoco es necesario para otorgar la licencia, pero todo eso ha obligado a que en el Acuerdo de la Comisión ejecutiva de Urbanismo y Medio Ambiente se hayan tenido que establecer tres condiciones. Una primera Resolutoria para que en el plazo de un mes se presente el proyecto de ejecución, y otras Particulares y Generales, referidas a que ese proyecto de ejecución deberá recoger todo aquello que ha quedado establecidos en los diferentes informes técnicos que se han realizado al respecto.

Es tal la importancia y el número de exigencias que se hacen en las tres Condiciones
que se comunican en el Acuerdo de Licencia al solicitantes o interesado y que recoge el
Acuerdo, que en la práctica la Licencia solicitada no se puede decir que haya sido
concedida, ya que se pospone a la entrega de un proyecto de ejecución que contenga
todas esas exigencias.

Recreación del proyecto del nuevo estadio y de la mole anexa

Hubiera sido más correcto en la tramitación que en lugar de fijar esas Condiciones en el acuerdo de la Licencia se se hubiera solicitado la presentación de un nuevo proyecto y documentos complementarios que recogieran todo esto. Por todo ello concluimos que la licencia no ha sido otorgada, sino que se ha aplazado hasta la presentación de la nueva documentación completada y corregida.

-El daño patrimonial a la ciudad de Sevilla

Desde que en los primeros meses de 2024 se presentó un Avance del Estudio de
Ordenación de toda la manzana donde se ubica el actual Estadio Benito Villamarín, en
los distintos procesos de participación pública ya se advirtió la circunstancia de que el
nuevo proyecto pretendía ocupar al menos una parcela de 8.000 metros cuadrados de
uso y dominio público. En el trámite posterior del Estudio de Ordenación se presentaron alegaciones en el mismo sentido, sin obtener una respuesta adecuada a lo alegado. Recientemente se ha aprobado un proyecto de Reparcelación para pasar esa parcela al Real Betis Balompié, pero en el Registro de la Propiedad esa parcela aún no figura, aunque en el Catastro sí queda como espacio libre.

Plano de los suelos sobre los que se construirá el proyecto (2 y 3, del Ayuntamiento)

Como consecuencia, se está pretendiendo otorgar esta licencia de construcción
sobre una parcela municipal que todavía pertenece al Ayuntamiento de Sevilla y
que desconocemos cual será el acuerdo municipal que facilite esa cesión que se
pretende, concesión o enajenación de la parcela que actualmente sigue siendo
municipal. Por todo ello advertimos del daño patrimonial que puede producirse a la ciudad si se otorga esta licencia sin que se tenga constancia pública del mismo.

La seguridad de los espectadores no queda garantizada

La licencia urbanística de Reforma y Ampliación del Estadio del Real Betis Balompié se
otorga en base a informes técnicos incompletos de la GUMA, dado que se basan en la
simple supervisión de un Proyecto Básico carente de la precisa Definición Técnica de los
elementos y parámetros estructurantes de los flujos y movimientos de personas en un
recinto o edificio cerrado tan complejo como es un Estadio para la práctica del deporte
con capacidad para cerca de sesenta mil espectadores. Tampoco incluye ninguna
información sobre los usos, capacidades y condiciones de seguridad del edificio dedicado a usos terciarios, que a todos los efectos constituye una unidad con el estadio, aunque se plantee su construcción diferida, pues comparten accesos y canales de evacuación.

El Estudio de Ordenación afirma que el Nuevo Estadio mejorará las condiciones urbanas de evacuación del estadio actual. El estadio actual arrastra problemas en su diseño derivados de su alta capacidad en relación al reducido tamaño de su huella o parcela, y de hecho en la respuesta del Ayuntamiento al Defensor del Pueblo de 8 de marzo de 2026 ( número de registro 26027883) a la queja planteada por las asociaciones vecinales del entorno, éste viene a reconocer que el estadio carece de licencia de actividad, y que ésta fue otorgada por un muy discutible silencio administrativo. Estas condiciones parece que ahora se mejoran, aunque en la licencia y el anteproyecto no hay evidencias fehacientes de que con el nuevo diseño se cumple la legislación referida a la seguridad.

Pero la seguridad de un evento multitudinario no acaba en las puertas del estadio. La FIFA y el Convenio de Saint-Denis (del que Reino de España es signatario) y la Ley de
Espectáculos Públicos establecen recomendaciones para que las instalaciones de alta
capacidad que acogen estos espectáculos cuenten con áreas de refugio y de seguridad
fuera del estadio, compuestas por espacios abiertos libres capaces de acoger a las miles de personas que pudieran ser desalojadas ante una emergencia, y de facilitar un acceso ordenado al recinto, especialmente cuando los partidos son declarados de alto riesgo. El mismo Servicio de Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla considera la parcela municipal libre que ahora se pretende ocupar como “vía de evacuación“, de acceso restringido los días de partido.

El Servicio de Planeamiento de la GUMA en su informe de 22/04/2025 anejo al
expediente del Estudio de Ordenación considera improcedente incluir en el Estudio
de Ordenación consideraciones sobre las condiciones de evacuación del Nuevo
Estadio, y la relación entre éste y su entorno, y por tanto obvia un asunto de
trascendencia fundamental al afectar no sólo a los asistentes a los eventos
deportivos, sino a la propia convivencia con los usos que se pretenden implantar, y
a la interacción con los residentes de los barrios vecinos, así como por su posible
afección al viario de su entorno, con secciones muy reducidas, y con una arteria clave
para la movilidad de la ciudad y para el acceso de los servicios de urgencia al mayor
complejo hospitalario de Andalucía, como es la avenida de La Palmera. Si el Estudio de
Ordenación no trata este asunto, y el proyecto básico se limita a valorar las condiciones
de seguridad del propio estadio y obvia su relación con el edificio anejo y con su entorno, se está planteando una visión muy parcial de las condiciones de seguridad de estas instalaciones.

La Subdelegación del Gobierno, de la que es titular Francisco Toscano (en la imagen), no ha informado sobre la seguridad del proyecto en virtud del Convenio de Saint Denis

Preservar las condiciones de seguridad es la clave de la bóveda de un proyecto que va a
ser el quinto estadio de España por capacidad, y que ahora se pretende que conviva con 32.000 m2 de usos terciarios en el mismo inmueble. Por ello alegamos que las
condiciones de seguridad del inmueble objeto de esta licencia debe ser informado
de manera vinculante por al menos los servicios de seguridad de la Subdelegación
del Gobierno, por los servicios municipales competentes y que se solicite al
Consejo de Europa y a la UEFA informe sobre si cumplen las directrices y
recomendaciones que emanan del Convenio de Saint Denis y lo previsto en materia
de seguridad para los encuentros internacionales, recomendaciones que no son de
caracter normativo por la imposibilidad de hacerlas cumplir a la totalidad de los
estadios europeos, de muy diversa condición.

Pero aquí se trata de una obra nueva, a la que se le debería exigir los máximos estándares de seguridad para el acceso y evacuación de los espectadores para un recinto deportivo, no sólo en un flujo normal de los mismos, sino en caso de una urgente emergencia sobrevenida por diversas causas no controlables.

La seguridad en espectáculos de afluencia masiva de personas forma parte esencial en
la responsabilidad privada de los promotores o solicitantes de esta licencia de
construcción sino también de los órganos de las diferentes administraciones públicas
que tienen que supervisarlos.
Respecto a todo esto, en la Memoria del Proyecto Básico tan sólo se dice que se han
seguido las directrices que le han comunicado los diferentes responsables de la Policía,
bomberos, etc., en cuyo caso todas esas directrices deberían figurar en el proyecto, o al
menos el informe del órgano oficial correspondiente.
Tampoco queda constancia en la memoria del proyecto de ningún Plan de Emergencia
que haya sido aprobado por órgano o autoridad competente.
Por todo ello consideramos que esta licencia no puede concederse tal como la ha
otorgado la Comisión Ejecutiva de Urbanismo de la GUMA.

El impacto en el medio ambiente tampoco se analiza

En la Memoria del Proyecto Básico que constituye parte del expediente mencionado se
dice que existe un proyecto de solicitud de una Licencia de Actividad, pero en la GUMA
no consta ese proyecto. Y, además, consultados los jefes encargados de estos controles
no dan ninguna explicación al respecto.
El impacto de esta actividad no sólo afecta al entorno más próximo al Estadio, dado que
los habitantes del barrio y las asociaciones de vecinos del Distrito donde se ubica la
actividad llevan tiempo presentando denuncias por las molestias continuas cuando se
producen los eventos deportivos.

El parque del Guadaira, tras una botellona previa a un partido del Betis

Lo que se nos comunica en la oficina de la GUMA es que ese proyecto de solicitud de
licencia de Actividad no era necesario, ya que no es una Actividad que se considere
clasificada o molesta en el antiguo Reglamento de Actividades molestas, nocivas,
insalubres y peligrosas y que por eso no era necesario el proyecto.

Esta afirmación es un craso error. En los informes técnicos que se deberían haber producido sobre este Estadio se tendría que haber señalado que de conformidad con el Derecho Urbanístico español es necesario analizar las molestias que esa actividad produce y que por tanto deberían estar corregidas en su caso por el proyecto presentado para la licencia. Por ello el Acuerdo de la Comisión ejecutiva de Urbanismo para la licencia es incompleto y no se debería de haber otorgado esa Licencia.

Indefiniciones en la documentación del Proyecto Básico

El nuevo edificio que se proyecta anexo a la grada de Preferencia se indica en la
Memoria del Proyecto básico que quedará en bruto, pero en los planos se realiza un
esquema de su distribución interior, con lo cual desconocemos cómo quedará en el
documento definitivo al otorgar la licencia de construcción.

Recientemente ha aparecido información sobre que el presupuesto del proyecto a realizar se reducirá en cien millones de euros. Eso debe afectar a los acabados sobre los que ahora define el proyecto actual referido a materiales ignífugos o antideslizantes y otros.

Este cambio presupuestario puede cambiar las condiciones de seguridad que
actualmente ha establecido el técnico autor del proyecto y por tanto puede significar un
cambio sustancial en lo proyectado. Por todo esto consideramos que los documentos presentados para la licencia son incompletos e incluso quedarán modificados sin que la GUMA los conozca.

Ecologistas en Acción también tiene previsto presentar próximamente otro recurso, en este caso contra la licencia de parcelación aprobada el pasado mes de enero, ya que a su juicio contiene numerosas irregularidades para favorecer los intereses lucrativos de una sociedad privada.

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