El TSJA tumba el Plan del Litoral de la Junta de Andalucía

Establecía una protección de una franja de 500 metros en toda la costa

Dejó bloqueados proyectos turísticos que ahora tendrían vía libre

El Consejo de Gobierno en funciones carecía de competencias para aprobarlo

 

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado un recurso de la Junta de Compensación del Sector SL-1 “Valdevaqueros”, del Plan General de Tarifa (Cádiz), y ha declarado nulo de pleno derecho el Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, que dejó bloqueado cualquier proyecto turístico proyectado dentro de una franja costera de 500 metros  de anchura. Esos proyectos tendrán ahora vía libre jurídica para ejecutarse.

En esencia, el TSJA falla que procede la estimación del recurso por la falta de competencias del Consejo de Gobierno en funciones de la Junta de Andalucía, que presidía Susana Díaz, para haber aprobado, mediante el Decreto 141/2015, de 26 de mayo, el Plan de Protección del Corredor Litoral de la comunidad autónoma.

La Junta de Compensación de Valdevaqueros había alegado precisamente ante el TSJA la incompetencia del Gobierno en funciones para dictar el Decreto objeto de la impugnación, y se basó para ello en la doctrina del Tribunal Supremo. Conforme a su argumento, la aprobación de esa normativa no podía ser calificada como una actuación de despacho ordinario, por comportar un evidente contenido o valor político, además de limitar el ejercicio de las funciones que habrían correspondido al nuevo Gobierno.

En el recurso se alegaba también, entre otros, la ausencia de partidas indemnizatorias en el Plan, la insuficiente valoración de las distintas alternativas en el informe de sostenibilidad ambiental y arbitrariedad en la adjudicación de la protección territorial.

La aprobación del Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía, y ahora su declaración de nulidad, tuvo y tendrá una gran repercusión económica, ya que entonces supuso el bloqueo de proyectos turísticos proyectados dentro de la franja costera de 500 metros que quedó sujeta a protección pero que a raíz de esta sentencia del TSJA podrán activarse de nuevo en caso de que sus promotores cuenten con los recursos económicos para ello.

Un ejemplo de esta situación desbloqueada ahora de facto es la segunda fase de Costa Esuri, en Ayamonte (Huelva), que se había previsto desarrollar junto al río Guadiana y que quedó suspendida cuando el Consejo de Gobierno en funciones aprobó el Plan.

Y otro ejemplo del efecto que tuvo esta norma fue el bloqueo del proyecto previsto en el paraje El Garranchal, en la Ribera de Cartaya, al borde del río Piedras.

Al no poder desarrollarse el Plan Parcial de la zona, que quedó afectada por el Plan de Protección del Corredor Litoral, una de las empresas propietarias de suelo, la riojana Discasa, acabó entregándolo en dación en pago a La Caixa.

La entidad financiera lo vendió a su vez como rústico a un euro por metro cuadrado.

Hoy, tras la declaración de nulidad de pleno derecho del Plan de Protección del Corredor Litoral por el TSJA, ese suelo recupera su calificación urbanística anterior y podría ser objeto de desarrollo turístico, con lo que tiene un valor muchísimo mayor que el rústico al que lo vendió La Caixa.

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