Los vecinos de Plaza de Armas y Los Humeros pagarán un máximo de 91,65 euros/mes en el parking al aire libre de Torneo

El Ayuntamiento saca a concurso el aprovechamiento de la parcela por un canon mínimo anual de 228.661 euros

El Ayuntamiento de Sevilla sacará a concurso el aprovechamiento como aparcamiento al aire libre, uso que ya tiene, de una superficie de 3.995,58 m2 de parte de una parcela calificada de dotacional en el Plan General y sita entre la Plaza de Armas, la antigua capilla de San Laureano y la calle Torneo. El estacionamiento se destinará en exclusiva a los residentes en la zona y, con carácter preferente, a los radicados en el ámbito de los sectores 13.2 (Plaza de Armas) y 9.1 (Los Humeros) del Plan Especial del Conjunto Histórico.

El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el 22 de abril de 2019, adjudicó a la entidad APK Gestión de Aparcamientos (APK2), la autorización temporal del uso del dominio público sobre parte de la parcela calificada de dotacional, sita en Plaza de Armas y calle Torneo con destino, mediante instalaciones desmontables, a aparcamiento en superficie para residentes por un canon anual de 201.013 euros (IVA excluido) y un plazo de duración de un año prorrogable hasta un máximo de cuatro años, prórrogas incluidas.

La parcela tiene actualmente carácter dotacional, encontrándose calificada como SIPS-EA. No obstante, se encuentra previsto, mediante la aprobación del correspondiente Plan de Reforma Interior, modificar su calificación actual por la de espacio libre de dominio y uso público, SIPS y Residencial, a fin de poder implantar en la misma la edificabilidad residencial inicialmente prevista en parcelas comprendidas en calles Arrayán y Divina Pastora, cuya reducción se encuentra prevista por la implantación en las mismas de una zona verde.

Plano de la parcela (en amarillo) sacada a concurso

Al finalizar en próximas fechas el plazo de duración de la autorización otorgada 22 de abril de 2019, formalizada en documento administrativo el 23 de mayo de 2019, y no teniéndose previsto a corto plazo destinar la parcela a ningún uso específico conforme a la calificación actual de S.I.P.S. asignada por el Plan General de Ordenación Urbana vigente y sometida a modificación, se considera de interés para la Administración seguir destinando temporalmente el suelo a aparcamiento público para residentes, a fin de paliar las necesidades de aparcamiento existentes en esta zona de la ciudad y no dejar la parcela sin uso, dando así cumplimiento a la obligación impuesta por los arts. 36.2 de la Ley de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y 76 de su Reglamento, conforme a los cuales, los bienes de las entidades locales han de ser administrados con
criterios de máxima rentabilidad.

A tales efectos, la sección de Patrimonio Municipal de Suelo y Concesiones de la Gerencia Municipal de Urbanismo y Medio Ambiente (GUMA) ha emitido un informe de valoración del canon que servirá como tipo de licitación por un importe (mínimo) de 228.661,39 euros.

En cuanto al procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el art. 92 de la ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, la autorización demanial se otorgará en régimen de concurrencia para posibilitar que todo empresario interesado pueda presentar proposición, y se licitará mediante procedimiento abierto y un solo criterio de adjudicación.

El aparcamiento público se destinará exclusivamente para residentes en la zona y, con carácter preferente, para aquellos usuarios comprendidos en el ámbito de los Sectores 13.2 Plaza de Armas y 9.1 de los Humeros del Plan Especial del Conjunto Histórico de Sevilla, mediante la modalidad de abonos, no pudiendo ser utilizado como aparcamiento rotatorio.

Vista aérea de la parcela destinada a aparcamiento, arriba a la izquierda

En el caso de que, de manera acreditada, con residentes de estos sectores no se completara el aforo del aparcamiento, se podrá atender la demanda de residentes de otros sectores, previa aprobación por el órgano de contratación.

El adjudicatario deberá mantener los abonos mensuales existentes en la fecha de
firma del contrato o que se encontraran en vigor al término del anterior contrato de
explotación de la parcela, a excepción de aquellos, que por problemas de abono de los
mismos o de otra naturaleza impidan su mantenimiento. Igualmente, el adjudicatario,
respetará la lista de reserva existente obrante en el expediente y conforme al orden
cronológico de inscripción en la misma.

El precio del abono mensual a cobrar por el adjudicatario a los usuarios de las plazas de aparcamiento será de 91,65 €/mes, con independencia de la posibilidad de su revisión anual conforme al I.P.C.

La duración del contrato será de un año prorrogable anualmente, con un plazo máximo total de duración (incluidas las prórrogas) de cuatro años.

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