La Dirección General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla ha impuesto al Real Club Pineda, considerado el más elitista de la ciudad, veintidós sanciones de 1.501 euros cada una, que suman un total de 33.022 euros, por la vulneración de la normativa ambiental en la realización de actividades vinculadas a instalaciones construidas en los últimos años y tras desestimar las alegaciones presentadas por la entidad privada. Esta tiene la posibilidad de presentar un recurso para tratar de evitar el pago de las multas.
El nuevo gobierno municipal, presidido por el socialista Juan Espadas, se ha limitado a aplicar el expediente sancionador incoado y notificado al club Pineda el pasado mes de febrero, durante el mandato de Zoido (PP) como alcalde y una vez evaluado el informe emitido por la sección de Disciplina Ambiental.
Las sanciones impuestas son a consecuencia del desarrollo de actividades sin la presentación ante el Ayuntamiento de la Declaración Responsable o sin contar con la correspondiente licencia, y tras considerarse como carentes de legalización las actuaciones que se desarrollan en los siguientes sitios: seis pistas de pádel; dos pistas de futbito; la tribuna y el bar de la zona del hipódromo; las pistas de pádel, tenis y frontón de las Pistas de Tenis; el bar, el cuarto de palos y la nave almacén de palos del Campo de Golf; el bar, el vestuario infantil, el picadero cubierto y los boxes antiguos de los Boxes Antiguos; las naves de mantenimiento, la gasolinera y la nave de almacén de paja y semillas.

Además se imponen sanciones por la Tribuna del Hipódromo, tanto porque incumple las dimensiones de los pasillos y salidas en la distribución de los asientos como, pese a ser de madera, no aclararse la clase de reacción al fuego ni su adecuación a la normativa actual.
Y, asimismo, por tres infracciones relacionadas con el Bar del Hipódromo: se desconoce la potencia instalada, dato fundamental para determinar si debe ser considerado local de riesgo especial; no dispone de instalación automática de extinción y el revestimiento del techo incumple lo dispuesto sobre la reacción al fuego.
El Ayuntamiento razona que el global de los 33.022 euros de sanción obedece a criterios de “gravedad, trascendencia de la infracción y daños que pudiera causar al medio ambiente, puesto que tener abierta una actividad sin control municipal puede dar lugar a otros presupuestos de hechos, que por sí solos, constituyen infracciones graves, como, por ejemplo, cualquier perjuicio ocasionado a las personas y al medio ambiente”.
El gobierno local ha acordado también mantener la suspensión de las actividades no legalizadas, como medida restablecedora de la legalidad. Igualmente, advierte que la clausura es inmediatamente ejecutiva desde la notificación de esta resolución y que, de no cumplirse voluntariamente, se procederá a su ejecución forzosa mediante precinto.
Zoido se ganó el aplauso fácil de la claque de los asentamientos ilegales que, al reclamo de su llamada, acudió al salón de Plenos cuando aquél anunció que nadie pagará las multas impuestas por Urbanismo a un número indeterminado de vecinos y que oscilan entre los 18.000 y los 90.000 euros. El anuncio del alcalde-juez de que a partir de ahora hay barra libre con las multas es para llevarlo de forma permanente en la cartera a fin de mostrarlo cuando haya menester. Si los residentes en El Gordillo, Vista Hermosa y Camino de los Rojas son amnistiados por Zoido, ¿por qué deben pagar una sanción los dueños de los bares que ponen más veladores de la cuenta, los gorrillas de Bami, los jóvenes de las botellonas y los automovilistas que paran un momentito en doble fila a hacer un mandado, colectivos a los que el alcalde aplica todo el peso de la norma? A partir de ahora, cuando los agentes de la (dejación de) Autoridad traten de imponer nuevas multas, cualquier sevillano puede invocar el anuncio de Zoido en el Pleno: todos iguales ante la ilegalidad, ya que no ante la ley.
Aunque trocó el texto de facultar al delegado de Urbanismo a ejecutar el contenido de un proyectado acuerdo a que aquél estudiara sólo la posibilidad de aplicarlo, el sentido de la iniciativa no dejaba de ser el mismo. El grupo de Zoido realiza una interpretación ‘sui generis’ del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que la Junta, que pese a tener las competencias desde hace 30 años y teledetección espacial vigilando el territorio hizo la vista gorda ante los miles de viviendas y urbanizaciones levantadas ilegalmente sobre suelo no urbanizable (rústico), trataba de regularizar esta trama surgida en plan salvaje Oeste.
Ignora que la Audiencia Provincial dictó en febrero una sentencia según la cual todas las viviendas ilegales construidas en suelo no urbanizable de la provincia deben ser demolidas pese a que el Ayuntamiento haya puesto en marcha un intento de reclasificación del suelo basándose en el Decreto de la Junta que trata de regular la situación de las edificaciones erigidas en suelo no urbanizable, ya que “no legaliza las edificaciones surgidas contra el ordenamiento urbanístico”.