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El Ayuntamiento impone 22 multas al club Pineda por actividades ilegales

La Dirección General de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla ha impuesto al Real Club Pineda, considerado el más elitista de la ciudad, veintidós sanciones de 1.501 euros cada una, que suman un total de 33.022 euros, por la vulneración de la normativa ambiental en la realización de actividades vinculadas a instalaciones construidas en los últimos años y tras desestimar las alegaciones presentadas por la entidad privada. Esta tiene la posibilidad de presentar un recurso para tratar de evitar el pago de las multas.

El nuevo gobierno municipal, presidido por el socialista Juan Espadas, se ha limitado a aplicar el expediente sancionador incoado y notificado al club Pineda el pasado mes de febrero, durante el mandato de Zoido (PP) como alcalde y una vez evaluado el informe emitido por la sección de Disciplina Ambiental.

Las sanciones impuestas son a consecuencia del desarrollo de actividades sin la presentación ante el Ayuntamiento de la Declaración Responsable o sin contar con la correspondiente licencia, y tras considerarse como carentes de legalización las actuaciones que se desarrollan en los siguientes sitios: seis pistas de pádel; dos pistas de futbito; la tribuna y el bar de la zona del hipódromo; las pistas de pádel, tenis y frontón de las Pistas de Tenis; el bar, el cuarto de palos y la nave almacén de palos del Campo de Golf; el bar, el vestuario infantil, el picadero cubierto y los boxes antiguos de los Boxes Antiguos; las naves de mantenimiento, la gasolinera y la nave de almacén de paja y semillas.

Además se imponen sanciones por la Tribuna del Hipódromo, tanto porque incumple las dimensiones de los pasillos y salidas en la distribución de los asientos como, pese a ser de madera, no aclararse la clase de reacción al fuego ni su adecuación a la normativa actual.

Y, asimismo, por tres infracciones relacionadas con el Bar del Hipódromo: se desconoce la potencia instalada, dato fundamental para determinar si debe ser considerado local de riesgo especial; no dispone de instalación automática de extinción y el revestimiento del techo incumple lo dispuesto sobre la reacción al fuego.

El Ayuntamiento razona que el global de los 33.022 euros de sanción obedece a criterios de “gravedad, trascendencia de la infracción y daños que pudiera causar al medio ambiente, puesto que tener abierta una actividad sin control municipal puede dar lugar a otros presupuestos de hechos, que por sí solos, constituyen infracciones graves, como, por ejemplo, cualquier perjuicio ocasionado a las personas y al medio ambiente”.

El gobierno local ha acordado también mantener la suspensión de las actividades no legalizadas, como medida restablecedora de la legalidad. Igualmente,  advierte que la clausura es inmediatamente ejecutiva desde la notificación de esta resolución y que, de no cumplirse voluntariamente, se procederá a su ejecución forzosa mediante precinto.

Igualdad

Zoido se ganó el aplauso fácil de la claque de los asentamientos ilegales que, al reclamo de su llamada, acudió al salón de Plenos cuando aquél anunció que nadie pagará las multas impuestas por Urbanismo a un número indeterminado de vecinos y que oscilan entre los 18.000 y los 90.000 euros. El anuncio del alcalde-juez de que a partir de ahora hay barra libre con las multas es para llevarlo de forma permanente en la cartera a fin de mostrarlo cuando haya menester. Si los residentes en El Gordillo, Vista Hermosa y Camino de los Rojas son amnistiados por Zoido, ¿por qué deben pagar una sanción los dueños de los bares que ponen más veladores de la cuenta, los gorrillas de Bami, los jóvenes de las botellonas y los automovilistas que paran un momentito en doble fila a hacer un mandado, colectivos a los que el alcalde aplica todo el peso de la norma? A partir de ahora, cuando los agentes de la (dejación de) Autoridad traten de imponer nuevas multas, cualquier sevillano puede invocar el anuncio de Zoido en el Pleno: todos iguales ante la ilegalidad, ya que no ante la ley.

 

‘Marbellización’ de Sevilla

El grupo Popular que sostiene al gobierno de Zoido está pretendiendo decretar un singular estado de excepción urbanística por el peligro de perder los votos de los residentes  en parcelaciones y/o asentamientos ilegales sobre suelo no urbanizable conocidos como El Gordillo, Camino de los Rojas y Vista Hermosa, para lo cual quiere suspender no los derechos de estos ciudadanos, presuntos infractores de la ley, sino los del propio Ayuntamiento a culminar los procesos sancionadores que les ha incoado.

Decía Agnelli, patrón de la Fiat, que el peatón que se sube a un coche ya no piensa como peatón, sino como conductor. La metamorfosis de Zoido es de similar naturaleza: desde que se subió al carro de la política ya no piensa como lo que fue, un juez que aplicaba las normas conforme al adagio ‘dura lex, sed lex’ (la ley es dura, pero es la ley), sino como un político a la caza de votos con el populismo por bandera.

El alcalde acudió en febrero a El Gordillo, donde Urbanismo ha incoado un número indeterminado de expedientes sancionadores a viviendas ilegalmente construidas sobre suelos no consolidados y con propuestas que implicarían sanciones de 18.000 a 90.000 euros y/o el derribo de las casas al margen de la normativa. Zoido, sin embargo, convirtió la ley en papel mojado cuando para ganarse a los residentes les prometió que paralizaría las sanciones y elevaría la propuesta a Pleno.

MORATORIA LEGAL

Varios días antes de que trascendiera que la Justicia había condenado a una pareja a tres meses de cárcel por construir de forma ilegal una casa de ladrillo de 45 m2 en un campo de Alcalá de Guadaíra pese a que la demolieron antes del juicio, el grupo del PP registraba en el Ayuntamiento una propuesta que, dado su tufo de ilegalidad, hubo de autoenmendarse jornadas después tras la advertencia del secretario.

Aunque trocó el texto de facultar al delegado de Urbanismo a ejecutar el contenido de un proyectado acuerdo a que aquél estudiara sólo la posibilidad de aplicarlo, el sentido de la iniciativa no dejaba de ser el mismo. El grupo de Zoido realiza una interpretación ‘sui generis’ del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que la Junta, que pese a tener las competencias desde hace 30 años y teledetección espacial vigilando el territorio hizo la vista gorda ante los miles de viviendas y urbanizaciones levantadas ilegalmente sobre suelo no urbanizable (rústico), trataba de regularizar esta trama surgida en plan salvaje Oeste.

Según el PP, como el Ayuntamiento ha iniciado actuaciones para la redacción del Avance de Planeamiento en Suelo No Urbanizable y ello permitirá considerar la identificación y localización de los núcleos de asentamientos existentes y las posibilidades de implantación de servicios e infraestructuras cuando se incorporen al planeamiento urbanístico, procede suspender la protección de la legalidad urbanística, así como los procedimientos recaudatorios por las multas coercitivas y sanciones impuestas a las edificaciones existentes en los asentamientos citados o, en todo caso, durante 30 meses si antes no se aprueba el Avance.

RESTO DEL MANDATO

Treinta meses….. Como a Zoido le quedan 24 de este mandato, con esta iniciativa se garantiza los presumibles votos de todos sus beneficiarios, aunque ello signifique poner en almoneda el Estado de Derecho y un trato discriminatorio a la inmensa mayoría de los sevillanos que han comprado legalmente unas viviendas encarecidas porque sus constructores les han repercutido los costes de la legalidad urbanística: tasas por licencias, cesiones de suelos y de aprovechamientos, urbanización de los terrenos, acometidas de agua, luz, gas y teléfono, alcantarillado, iluminación… La propuesta del PP de Zoido consiste, en resumen, en un urbanismo a la carta, con quebranto de los mandatos legales.

Ignora que la Audiencia Provincial dictó en  febrero una sentencia según la cual todas las viviendas ilegales construidas en suelo no urbanizable de la provincia deben ser demolidas pese a que el Ayuntamiento haya puesto en marcha un intento de reclasificación del suelo basándose en el Decreto de la Junta que trata de regular la situación de las edificaciones erigidas en suelo no urbanizable, ya que “no legaliza las edificaciones surgidas contra el ordenamiento urbanístico”.

DOCTRINA JURIDICA

La doctrina de la Audiencia es que, al contrario de lo que supone la iniciativa del PP, “no se puede aceptar que desaparezca la punibilidad por la posibilidad de que una modificación del planeamiento modifique la calificación del suelo…. Esta interpretación -añade- conduciría al absurdo, puesto que en el terreno de la hipótesis de trabajo, toda calificación es susceptible de modificación por decisión del legislador o de la Administración competente en materia urbanística, por lo que este elemento ha de referirse necesariamente a la ilegalidad de la edificación en el momento en que se realiza”.

En Sevilla, si se han incoado  expedientes sancionadores es por las infracciones cometidas; el Decreto de la Junta no reconoce el régimen jurídico urbanístico ni faculta a suspender la protección de la legalidad, y no hay una sola ley (superior en rango a un decreto) que obligue a detener la tramitación de un proceso disciplinario, reglado por otra parte. No obstante, ya hemos visto infinidad de veces que por intereses políticos los expedientes se guardan en un cajón hasta que caduquen y prescriban incluso las infracciones y las sanciones. Probablemente es lo que acabará ocurriendo, porque éste es el país de los hechos consumados.

La moción del PP, tan explícita, nos demuestra que en materia urbanística Sevilla se aproxima peligrosamente a Marbella.

Yogures municipales

Cuenta Chema Rodríguez, haciéndose eco de una denuncia del sindicato policial, que la dejadez del Ayuntamiento a la hora de adaptarse a los cambios legales en materia de tráfico podría provocar la anulación de miles de multas, por un defecto de forma al haberse usado durante meses formularios caducados en vez de los nuevos. Y añade: “las diferencias entre unos y otros apenas son perceptibles, aunque las hay”. El Servicio de Multas, sin embargo, pasa por alto la caducidad y da validez a las multas del último período. Se limita a aplicar la doctrina vigente en el Ayuntamiento, pues no en vano al frente del mismo (es un decir) hay un alcalde que figura como tal a pesar de que hace meses que está tan caducado como los formularios de la Policía Municipal: desde que Griñán lo defenestró por medio del famoso teletipo de Europa Press. Parafraseando a los guindillas, las diferencias entre un alcalde que se siente con mando en plaza y otro más caduco  que un yogur apenas son perceptibles, pero las hay. La principal, que el caducado está más agrio que de costumbre.

Caducidad

El Ayuntamiento ha ordenado a los policías locales que  sigan cursando multas  de tráfico pese a que los boletines estén caducados. Al parecer, se imprimieron con referencias a unas normas que ya han perdido su vigencia, por lo que a juicio de los agentes las multas podrían ser recurridas al ser nulas de pleno derecho: invocan una normativa prescrita. Por esta vez, y sin que sirva de precedente, creo que el Consistorio es quien tiene razón. Verán por qué. ¿No está acaso funcionando –es una licencia periodística- el Ayuntamiento con un alcalde al que Pepe Griñán declaró caducado, como los yogures, a finales del año 2009? Sabemos que el (sin) alcalde ya no pinta nada, aunque todos disimulamos y hacemos el paripé como si se creyéramos lo contrario, para no darle más sofocones al pobre, que por eso necesita viajar tanto, para huir de su depresión. Y, que se recuerde, Griñán ni siquiera utilizó un boletín homologado del PSOE, ni esperó a los tiempos reglamentarios del partido para enseñarle tarjeta roja a Alfredo. Le bastó un simple teletipo de Europa Press.