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‘Marbellización’ de Sevilla

El grupo Popular que sostiene al gobierno de Zoido está pretendiendo decretar un singular estado de excepción urbanística por el peligro de perder los votos de los residentes  en parcelaciones y/o asentamientos ilegales sobre suelo no urbanizable conocidos como El Gordillo, Camino de los Rojas y Vista Hermosa, para lo cual quiere suspender no los derechos de estos ciudadanos, presuntos infractores de la ley, sino los del propio Ayuntamiento a culminar los procesos sancionadores que les ha incoado.

Decía Agnelli, patrón de la Fiat, que el peatón que se sube a un coche ya no piensa como peatón, sino como conductor. La metamorfosis de Zoido es de similar naturaleza: desde que se subió al carro de la política ya no piensa como lo que fue, un juez que aplicaba las normas conforme al adagio ‘dura lex, sed lex’ (la ley es dura, pero es la ley), sino como un político a la caza de votos con el populismo por bandera.

El alcalde acudió en febrero a El Gordillo, donde Urbanismo ha incoado un número indeterminado de expedientes sancionadores a viviendas ilegalmente construidas sobre suelos no consolidados y con propuestas que implicarían sanciones de 18.000 a 90.000 euros y/o el derribo de las casas al margen de la normativa. Zoido, sin embargo, convirtió la ley en papel mojado cuando para ganarse a los residentes les prometió que paralizaría las sanciones y elevaría la propuesta a Pleno.

MORATORIA LEGAL

Varios días antes de que trascendiera que la Justicia había condenado a una pareja a tres meses de cárcel por construir de forma ilegal una casa de ladrillo de 45 m2 en un campo de Alcalá de Guadaíra pese a que la demolieron antes del juicio, el grupo del PP registraba en el Ayuntamiento una propuesta que, dado su tufo de ilegalidad, hubo de autoenmendarse jornadas después tras la advertencia del secretario.

Aunque trocó el texto de facultar al delegado de Urbanismo a ejecutar el contenido de un proyectado acuerdo a que aquél estudiara sólo la posibilidad de aplicarlo, el sentido de la iniciativa no dejaba de ser el mismo. El grupo de Zoido realiza una interpretación ‘sui generis’ del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que la Junta, que pese a tener las competencias desde hace 30 años y teledetección espacial vigilando el territorio hizo la vista gorda ante los miles de viviendas y urbanizaciones levantadas ilegalmente sobre suelo no urbanizable (rústico), trataba de regularizar esta trama surgida en plan salvaje Oeste.

Según el PP, como el Ayuntamiento ha iniciado actuaciones para la redacción del Avance de Planeamiento en Suelo No Urbanizable y ello permitirá considerar la identificación y localización de los núcleos de asentamientos existentes y las posibilidades de implantación de servicios e infraestructuras cuando se incorporen al planeamiento urbanístico, procede suspender la protección de la legalidad urbanística, así como los procedimientos recaudatorios por las multas coercitivas y sanciones impuestas a las edificaciones existentes en los asentamientos citados o, en todo caso, durante 30 meses si antes no se aprueba el Avance.

RESTO DEL MANDATO

Treinta meses….. Como a Zoido le quedan 24 de este mandato, con esta iniciativa se garantiza los presumibles votos de todos sus beneficiarios, aunque ello signifique poner en almoneda el Estado de Derecho y un trato discriminatorio a la inmensa mayoría de los sevillanos que han comprado legalmente unas viviendas encarecidas porque sus constructores les han repercutido los costes de la legalidad urbanística: tasas por licencias, cesiones de suelos y de aprovechamientos, urbanización de los terrenos, acometidas de agua, luz, gas y teléfono, alcantarillado, iluminación… La propuesta del PP de Zoido consiste, en resumen, en un urbanismo a la carta, con quebranto de los mandatos legales.

Ignora que la Audiencia Provincial dictó en  febrero una sentencia según la cual todas las viviendas ilegales construidas en suelo no urbanizable de la provincia deben ser demolidas pese a que el Ayuntamiento haya puesto en marcha un intento de reclasificación del suelo basándose en el Decreto de la Junta que trata de regular la situación de las edificaciones erigidas en suelo no urbanizable, ya que “no legaliza las edificaciones surgidas contra el ordenamiento urbanístico”.

DOCTRINA JURIDICA

La doctrina de la Audiencia es que, al contrario de lo que supone la iniciativa del PP, “no se puede aceptar que desaparezca la punibilidad por la posibilidad de que una modificación del planeamiento modifique la calificación del suelo…. Esta interpretación -añade- conduciría al absurdo, puesto que en el terreno de la hipótesis de trabajo, toda calificación es susceptible de modificación por decisión del legislador o de la Administración competente en materia urbanística, por lo que este elemento ha de referirse necesariamente a la ilegalidad de la edificación en el momento en que se realiza”.

En Sevilla, si se han incoado  expedientes sancionadores es por las infracciones cometidas; el Decreto de la Junta no reconoce el régimen jurídico urbanístico ni faculta a suspender la protección de la legalidad, y no hay una sola ley (superior en rango a un decreto) que obligue a detener la tramitación de un proceso disciplinario, reglado por otra parte. No obstante, ya hemos visto infinidad de veces que por intereses políticos los expedientes se guardan en un cajón hasta que caduquen y prescriban incluso las infracciones y las sanciones. Probablemente es lo que acabará ocurriendo, porque éste es el país de los hechos consumados.

La moción del PP, tan explícita, nos demuestra que en materia urbanística Sevilla se aproxima peligrosamente a Marbella.