El Código Ético y la actuación del presidente de la empresa, Juan Ignacio Zoido, están siendo sometidos a prueba en el caso del delegado del distrito Norte, Juan García Camacho, que solicitó una VPO en Pino Montano en 2005 cuando ya era -y sigue siendo- copropietario en pleno dominio de otra vivienda desde 1994, y que ha reconocido públicamente que utiliza la VPO de forma esporádica, amén de haber compartido al menos su uso -niega, como le acusan algunos vecinos, que la haya alquilado- con una señora mayor a la que ha calificado comoi una antigua cuidadora, cuando la normativa de las VPO impone que sea la vivienda habitual y no esporádica y que su uso no sea cedido en ninguna circunstancia.
El alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido, es también presidente de la Empresa Municipal de la Vivienda (Emvisesa) y como tal está obligado a cumplir el Código Ético de la compañía, que fue aprobado el pasado 23 de mayo a propuesta del director-gerente, Miguel Contreras. La norma impone a directivos y empleados la obligación de integridad y transparencia y de denunciar cualquier tipo de irregularidad como la que, presuntamente, habría cometido el delegado del Distrito Norte. Juan García Camacho ha confesado que utiliza “de forma esporádica” la VPO que le fue concedida por Emvisesa en 2005. Sin embargo, pese a las solicitudes de PSOE e IU al alcalde y presidente de la compañía para que abra una investigación sobre este caso, Zoido sigue guardando un absoluto mutismo pasadas semanas desde el estallido de la controversia.
El 23 de mayo, el director-gerente de Emvisesa, Miguel Contreras Manrique, presentó ante la Comisión Ejecutiva de la sociedad, que lo aprobó al final de su reunión, un Código Ético interno “dirigido a todos los directivos y empleados de la empresa, con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral o posición jerárquica que ocupe en el organigrama de la compañía” (artículo III), por lo que también debe someterse al mismo el propio presidente de la empresa, que no es otro que Juan Ignacio Zoido.
El artículo citado especifica que “cuando surjan discrepancias entre las normas, leyes y regulaciones locales y el presente Código, los empleados aplicarán preferentemente aquella norma que sea más estricta”.
En su intervención ante la Comisión Ejecutiva, el gerente de Emvisesa justificó la necesidad del Código Ético porque “debido a la situación económica actual -expresó- nos vemos obligados a convivir en un ambiente de negocio difícil e impredecible, en el que la ética y las prácticas de negocio justas y honradas deben estar más que nunca presentes en cualquier actividad empresarial”.
Contreras abogó por que Emvisesa proyecte una imagen de una empresa “transparente y de referencia en su sector”, y añadió:”Según la forma en que nos tratamos, interactuamos con nuestros clientes y demostramos nuestro respeto por las leyes y las reglamentaciones, forjamos el prestigio de Emvisesa como una empresa que se preocupa por cuidar con los más altos estándares de integridad”.
El Código Ético impone al personal de Emvisesa el deber de preservar la imagen y reputación de la compañía en todas sus actividades profesionales, incluyendo intervenciones públicas. Asimismo, exige que eviten toda forma de conducta engañosa, fraudulenta o maliciosa que lleve a la obtención de ventajas inapropiadas sobre clientes y proveedores.