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El Banco de España multa con 39.000 euros al gerente de Emvisesa

El Banco de España ha impuesto una multa de 39.000 euros a Miguel Contreras Manrique, actual gerente de la Empresa Municipal de la Vivienda de Sevilla (Emvisesa), por la comisión de una infracción muy grave durante la época en que perteneció a los órganos directivos de CajaSur, la Caja de Ahorros de Córdoba que tuvo que ser intervenida por el propio Banco de España, el cual la adjudicó a la vasca BBK en julio de 2010. La entidad norteña solicitó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), el organismo encargado de venta, 392 millones de euros.

Miguel Contreras fue uno de los 38 exaltos cargos de CajaSur sancionados por el organismo supervisor bancario -poco antes de las elecciones municipales que dieron la victoria al PP en Sevilla-  por un montante global para todos ellos de 2,41 millones de euros. El hoy gerente de Emvisesa, rescatado por el Ayuntamiento sevillano y que era vocal en el Consejo de Administración de la entidad cordobesa, presentó un recurso de reposición, que fue desestimado por el Ministerio de Hacienda el 18 de enero de 2012. Lo más significativo es que ya por entonces este departamento estaba en manos del PP y su máximo responsable, el jiennense Cristóbal Montoro, era además diputado por Sevilla.

Contreras reaccionó entonces presentando otro recurso en contra de su sanción, en este caso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, la cual también falló de forma negativa a sus intereses en sentencia firme que agotaba la vía que le quedaba y que fue dictada el 26 de febrero del año en curso.

Agotados ya todos los recursos, el Banco de España ha confirmado en pleno mes de agosto  (Boletín Oficial del Estado Nº 189, de 8 de agosto de 2013) la sanción de 39.000 euros al hoy gerente de Emvisesa en virtud de la ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión de una infracción muy grave consistente en “presentar la entidad de crédito, o el grupo consolidable o conglomerado financiero a que pertenezca, deficiencias en su estructura organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de riesgos, cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad o la del grupo consolidalble o conglomerado financiero al que pertenezca”.

La sanción del Banco de España, pues, es como consecuencia de una deficiente gestión de CajaSur por parte de Miguel Contreras y el resto de exaltos cargos de CajaSur cuando estaba en manos de la Iglesia, pese a lo cual el Ayuntamiento de Sevilla le ha otorgado la máxima responsabilidad al frente de la Empresa municipal de la Vivienda (Emvisesa).

Zoido incumple el Código Ético de Emvisesa en el caso del concejal de la VPO

El Código Ético y la actuación del presidente de la empresa, Juan Ignacio Zoido, están siendo sometidos a prueba en el caso del delegado del distrito Norte, Juan García Camacho, que solicitó una VPO en Pino Montano en 2005 cuando ya era -y sigue siendo- copropietario en pleno dominio de otra vivienda desde 1994, y que ha reconocido públicamente que utiliza la VPO de forma esporádica, amén de haber compartido al menos su uso -niega, como le acusan algunos vecinos, que la haya alquilado- con una señora mayor a la que ha calificado comoi una antigua cuidadora, cuando la normativa de las VPO impone que sea la vivienda habitual y no esporádica y que su uso no sea cedido en ninguna circunstancia.

El alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido, es también presidente de la Empresa Municipal de la Vivienda (Emvisesa) y como tal está obligado a cumplir el Código Ético de la compañía, que fue aprobado el pasado 23 de mayo a propuesta del director-gerente, Miguel Contreras. La norma impone a directivos y empleados la obligación de integridad y transparencia y de denunciar cualquier tipo de irregularidad como la que, presuntamente, habría cometido el delegado del Distrito Norte. Juan García Camacho ha confesado que utiliza “de forma esporádica” la VPO que le fue concedida por Emvisesa en 2005. Sin embargo, pese a las solicitudes de PSOE e IU al alcalde y presidente de la compañía para que abra una investigación sobre este caso, Zoido sigue guardando un absoluto mutismo pasadas  semanas desde el estallido de la controversia.

El 23 de mayo, el director-gerente de Emvisesa, Miguel Contreras Manrique, presentó ante la Comisión Ejecutiva de la sociedad, que lo aprobó al final de su reunión, un Código Ético interno “dirigido a todos los directivos y empleados de la empresa, con independencia de la modalidad contractual que determine su relación laboral o posición jerárquica que ocupe en el organigrama de la compañía” (artículo III), por lo que también debe someterse al mismo el propio presidente de la empresa, que no es otro que Juan Ignacio Zoido.

El artículo citado especifica que “cuando surjan discrepancias entre las normas, leyes y regulaciones locales y el presente Código, los empleados aplicarán preferentemente aquella norma que sea más estricta”.

En su intervención ante la Comisión Ejecutiva, el gerente de Emvisesa justificó la necesidad del Código Ético porque “debido a la situación económica actual -expresó- nos vemos obligados a convivir en un ambiente de negocio difícil e impredecible, en el que la ética y las prácticas de negocio justas y honradas deben estar más que nunca presentes en cualquier actividad empresarial”.

Contreras abogó por que Emvisesa proyecte una imagen de una empresa “transparente y de referencia en su sector”, y añadió:”Según la forma en que nos tratamos, interactuamos con nuestros clientes y demostramos nuestro respeto por las leyes y las reglamentaciones, forjamos el prestigio de Emvisesa como una empresa que se preocupa por cuidar con los más altos estándares de integridad”.

El Código Ético impone al personal de Emvisesa el deber de preservar la imagen y reputación de la compañía en todas sus actividades profesionales, incluyendo intervenciones públicas. Asimismo, exige que eviten toda forma de conducta engañosa, fraudulenta o maliciosa que lleve a la obtención de ventajas inapropiadas sobre clientes y proveedores.