Espadas y la ministra Ribera no pueden evitar, pese a sus maniobras obstruccionistas, varios recursos contra la subvención al tranvía

El Ayuntamiento convocó el Pleno y la Junta de Gobierno en vísperas del último día del plazo de aceptación de la ayuda para que no se conociera antes el expediente administrativo

Tranvía Verde, Ni Un Árbol Menos y Salva Tus Árboles trabajaron contra el reloj y pudieron elevar sus recursos de alzada antes de la media noche

Ello les permitirá, en caso de silencio o rechazo del IDAE, recurrir por la vía contenciosa ante los Tribunales de Justicia

Vecinos del Prado de San Sebastián ya lograron por el mismo procedimiento la demolición de la biblioteca de la Universidad

Las asociaciones Tranvía Verde Sevilla, Ni Un Árbol Menos y Salva Tus Árboles Sevilla, más el grupo político Adelante Sevilla, han logrado presentar sendos recursos de alzada contra la decisión del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE, dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica) de conceder una subvención de 19,6 millones de euros al Ayuntamiento de Sevilla para la ampliación del tranvía, el proyecto estrella del alcalde Espadas para las próximas elecciones. Los recurrentes, en una carrera contra el reloj, llegaron en plazo pese al oscurantismo y obstruccionismo del Ayuntamiento y del Ministerio.

El pasado 3 de mayo, tanto en sendas notas de prensa en sus páginas oficiales como en una comparecencia pública de sus máximos responsables en la capital hispalense, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Ayuntamiento de Sevilla anunciaron la concesión por el IDAE de una subvención de 19,6 millones de euros con cargo a los fondos FEDER de la UE, para el proyecto de ampliación de la línea del tranvía.

Esta subvención es consecuencia de una convocatoria en virtud del Real Decreto 316/2019, de 26 de abril, relativa a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono, en el marco del Programa Operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020.

En una sociedad democrática y transparente, el resultado de esta convocatoria de carácter nacional que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dado que debía resolverse por orden de prelación de las solicitudes presentadas que cumplieran los requisitos exigidos, debería haberse publicado en el mismo medio en que se anunció, es decir el BOE, o, en su defecto, en algún otro de acceso público, como habría sido la página en Internet del IDAE o/y del Ministerio del que depende.

De hecho, en la norma reguladora de la convocatoria se dice (artículo 13.6) que «las resoluciones de las solicitudes serán notificadas a los respectivos solicitantes y publicadas, de forma resumida, en la página web del IDAE así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. La fecha de notificación marcará el inicio del cómputo de los plazos establecidos en las presentes bases».

La ministra Teresa Ribera, recibida a las puertas del Ayuntamiento por el alcalde, Juan Espadas

Yo al menos, pese al tiempo transcurrido, todavía no he podido encontrar ni en la página web del IDAE https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-desarrollo-urbano-sostenible-proyectos-de-entidades-locales-que ni en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias esa resolución resumida que dicen se adoptó en su día, como veremos posteriormente.

Lo único conocido fue el anuncio a través de las notas de prensa del 3 de mayo, que carecen de efecto administrativo y jurídico, por lo que los potenciales interesados pensaron que la comunicación meramente periodística sería la antesala del inminente acto administrativo de una resolución oficial en tal sentido y pendiente de su inserción en el Boletín Oficial o en algún otro medio público.

El miércoles 12 de mayo, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Sevilla, que dirige el socialista Juan Espadas, se reunió para aceptar oficialmente la subvención del IDAE https://www.sevilla.org/actualidad/noticias/la-junta-de-gobierno-aprueba-la-financiacion-de-19-6-millones-de-fondos-europeos-para-la-ampliacion-del-metrocentro-y-el-corredor-verde-de-san-francisco-javier-y-luis-de-morales y fue entonces cuando se supo que había sido concedida mediante una resolución (el acto administrativo con efectos jurídicos supuestamente pendiente de adopción) del director general del IDAE de fecha 14 de abril de 2021. En dicho acuerdo el IDAE daba de plazo al Ayuntamiento para su aceptación y cumplimiento de los requisitos imprescindibles hasta el 13 de mayo.

Y es que el artículo 13.7 del Real Decreto 616/2017, de 16 de junio,  estipula lo siguiente: «El beneficiario deberá notificar al IDAE su aceptación de la resolución y las condiciones en ella impuestas, en el plazo máximo de (30) treinta días naturales desde la fecha de recepción de la resolución por la que se acuerde la selección del proyecto, mediante escrito dirigido al Órgano Instructor, haciendo referencia a la notificación recibida. La falta de aceptación expresa por parte del beneficiario, en los términos previstos anteriormente, supondrá la renuncia del mismo a la selección acordada, y la pérdida del derecho de cofinanciación, dictándose y notificándose, a tal efecto, resolución del Director General del IDAE».

Por tanto, si el plazo empezaba a correr desde el mismo día de la adopción de la resolución (14 de abril), los treinta días naturales se cumplían el 13 de mayo.

El gobierno de Espadas sabía perfectamente que el 14 de abril le había sido concedida la subvención. Tanto lo sabía que, conchabado con la ministra Ribera, organizó con la antelación suficiente la «cumbre» del 3 de mayo en las Casas Consistoriales con las «fuerzas vivas» de la ciudad y hasta le dio tiempo a imprimir un folleto para tal ocasión que repartir entre los asistentes.

Anuncio en el Ayuntamiento, el 3 de mayo, a las «fuerzas vivas» de la ciudad de la concesión de la subvención

Muy posteriormente convocó para el miércoles 12 de mayo -nueve días después- un Pleno extraordinario además de la Junta de Gobierno, es decir para la víspera de la fecha en que expiraba el plazo dado por el IDAE, el cual había ocultado a la opinión pública la resolución de aprobación de la subvención.

De esta manera, el gobierno de Espadas obstaculizó hasta prácticamente el último día que las entidades ciudadanas opuestas a la ampliación del tranvía tuvieran acceso al expediente con la concesión de la subvención, con el fin de que aquéllas no tuvieran tiempo material de presentar recurso alguno contra dicho acto administrativo. Y, efectivamente, las asociaciones sevillanas no se enteraron de nada hasta el día mismo en que expiraba el plazo para presentar un posible recurso.

Sin embargo, pese al oscurantismo y obstruccionismo de Juan Espadas y de Teresa Ribera, Tranvía Verde Sevilla, Ni Un Árbol Menos y Salva Tus Árboles Sevilla trabajaron a marchas forzadas y contra el reloj y lograron presentar sendos recursos de alzada en la sede electrónica del Ministerio antes de las 12 de la noche, justo en plazo.

Manifestación contra la ampliación del tranvía, que implicará la tala de más de un centenar de árboles

Las argucias de Ribera y de Espadas, de Espadas y de Ribera, no dieron resultado. La presentación de estos recursos de alzada permitirá a los recurrentes, en el probable caso del silencio o rechazo del IDAE, acudir a la vía contenciosa-administrativa y pedir el amparo de los tribunales de Justicia. Y, recuérdese, hay al menos dos precedentes: el de los vecinos del Prado de San Sebastián, que lograron la demolición de la ilegal biblioteca universitaria cuando ya se habían gastado 4 millones de euros en la misma https://elpais.com/ccaa/2012/06/06/andalucia/1338983612_872039.html#:~:text=La%20Secci%C3%B3n%20Segunda%20de%20la,el%20Prado%20de%20San%20Sebasti%C3%A1n., y el de ADEPA, que logró tumbar el proyecto de transformación de las Atarazanas.

Demolición de la biblioteca de la Hispalense tras el triunfo de los vecinos en los Tribunales

El proyecto de ampliación del tranvía está sirviendo para poner de manifiesto el auténtico talante de Espadas, hasta dónde es capaz de llegar con tal de conseguir sus fines políticos y su soberbia ante cualquier oposición a sus proyectos, como demostró inconscientemente en el famoso incidente en el que en medio de un Pleno del Ayuntamiento calificó a la portavoz de una entidad vecinal de «peligro público» y dijo que «habría que matarlos» https://www.manueljesusflorencio.com/2020/11/doble-error-de-espadas-usa-una-disculpa-para-presentarse-como-victima-y-acusar-a-los-ecologistas-de-ser-tan-irrespetuosos-como-el-en-vez-de-asumir-su-error/

Este Espadas es el mismo (¿o es otro desde hace tiempo?) que en el programa con el que se presentó a las elecciones municipales de 2019 habló del «incremento del diálogo social, refuerzo de la participación ciudadana y fomento de la implicación y el compromiso en los grandes retos de la ciudad del tejido asociativo y la ciudadanía».

SIN EL REQUISITO ESENCIAL

¿Y por qué el gobierno de Espadas tuvo que convocar un Pleno municipal extraordinario primero y una Junta de Gobierno después en el mismo día 12 de mayo, cuando lo lógico habría sido al revés? Recordemos que el IDAE le había dado un plazo para que cumpliera el requisito imprescindible para la concesión de la subvención. ¿Y cuál era tal requisito?

La normativa para la concesión de la subvención de la que ha sido beneficiario el Ayuntamiento de Sevilla fue regulada mediante dos Reales Decretos que fueron publicados en el Boletín Oficial del Estado, como hemos visto en numerosos artículos anteriores sobre este mismo asunto, concretamente el Real Decreto 616/2017, de 16 de junio https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-6897 y el que lo modifica en parte, el Real Decreto 316/2019, de 26 de abril https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-6350 . En los mismos (Medida Nº 8) queda meridianamente claro que la subvención no se concede a una actuación aislada, como sería la ampliación de la línea del tranvía, sino a la ‘Implantación de Planes de Movilidad Urbana Sostenible’:

-Se incluirán en esta medida la implantación de Planes de Movilidad Urbana Sostenibles (PMUS) o Planes Directores de Actuaciones en Movilidad, que incluyan alguna o varias de las actuaciones identificadas en los mismos y que con más detalle se describen en el apartado 3 siguiente sobre actuaciones elegibles.

-Esta medida es consistente con las prioridades en materia de movilidad sostenible de la Ley 2/2011, de Economía Sostenible, de 4 de marzo (artículo 102 de fomento de los Planes de Movilidad Sostenible) que establece que a partir del 1 de enero de 2014, la concesión de cualquier ayuda o subvención a las Administraciones autonómicas o Entidades locales incluida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y destinada al transporte público urbano o metropolitano, se condicionará a que la entidad beneficiaria disponga del correspondiente Plan de Movilidad Sostenible, y a su coherencia con la Estrategia Española de Movilidad Sostenible.

-Las actuaciones elegibles serán aquellas que se deriven de un PMUS o Plan Director específico que evalúe la reducción de emisiones y los ahorros energéticos…

Texto de la normativa reguladora para la concesión de las subvenciones (Boletín Oficial del Estado)

Y atención al punto 5º de la Medida Nº 8, sobre la » Justificación documental de la actuación a realizar (ex ante)»:

– Estudio energético ligado al PMUS que justifique el ahorro energético previsto tras la actuación y la reducción de las emisiones de dióxido de carbono.

El Ayuntamiento de Sevilla incumple las condiciones de los Reales Decretos reguladores de la concesión de subvenciones porque no tiene un Plan de Movilidad Urbana Sostenible, ¿o sí? Pues sí, tiene el redactado en tiempos de Zoido, duramente criticado y rechazado por Espadas cuando era el líder de la Oposición, y que como no incluye la ampliación del tranvía tampoco puede contener estudio energético alguno sobre la misma ligado al PMUS.

Al no cumplir las condiciones (un PMUS que recogiera la ampliación del tranvía) la solicitud del gobierno de Espadas debió ser rechazada por el IDAE, pero ¿qué hace el Gobierno de Pedro Sánchez? Admitirla mediante una retorcida interpretación de la norma, como explico con detalle en esta anterior entrada: https://www.manueljesusflorencio.com/2020/10/el-gobierno-de-pedro-sanchez-retuerce-la-interpretacion-de-la-normativa-para-que-espadas-pueda-hacer-su-tranvia/

Esa retorcida interpretación de la norma en favor de los intereses políticos de Espadas se produjo en respuesta a una pregunta parlamentaria de los diputados Íñigo Errejón e Inés Sabanés.

La peregrina tesis del Gobierno de Sánchez, correligionario de Espadas (que a la postre acaba siendo su candidato para desbancar a Susana Díaz de la Secretaría General del PSOE-A y para la Presidencia de la Junta de Andalucía), es que «en la fase de solicitud (que teóricamente expiró el 31 de diciembre de 2020) no importaba (pese a lo exigido por los Reales Decretos) que no existiera un PMUS que incluyera la ampliación del tranvía, pero que este proyecto objeto de la petición de ayuda sí debería estar recogido en el Plan de Movilidad Urbana Sostenible en la fase de ejecución y certificación».

Juan Espadas (izquierda), con Pedro Sánchez

Continuemos viendo cómo el Gobierno se salta a pídola los Reales Decretos y hasta sus retorcidas interpretaciones de los mismos: si no era necesario un PMUS que incluyera la ampliación del tranvía hasta que empezaran a ejecutarse las obras de la misma, ¿por qué el IDAE comunica al Ayuntamiento su resolución de aprobación de la subvención de fecha 14 de abril y el Consistorio sevillano ha de convocar un Pleno extraordinario antes del plazo de 30 días naturales para:

1-Aprobar un nuevo PMUS que incluya la ampliación del tranvía.

2.-Una vez aprobado por el Pleno el nuevo PMUS, reunir a la Junta de Gobierno para cumplir las condiciones del artículo 13.7 que vimos anteriormente de aceptación expresa de la subvención ?

Ello significa que tanto el IDAE como el Ayuntamiento se estaban ateniendo a la letra de los Reales Decretos, que exigían que la actuación subvencionable (la ampliación del tranvía) derivara de un PMUS (y el vigente en todo este tiempo ha sido el de Zoido, en el que no se preveía la ampliación de la línea).

Y si el Ayuntamiento no aprobó en Pleno el nuevo PMUS que incluye la ampliación del tranvía hasta el 12 de mayo ¿cómo es que el director general del IDAE le pudo conceder la subvención mediante una resolución aprobada un mes antes, el 14 de abril?

Todo este proceso es la demostración del trilerismo político de Espadas, Ribera y Sánchez a la hora de la aplicación de la normativa: se interpreta según convenga en cada momento, especialmente si el beneficiario es del mismo partido político.

(El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define el término arbitrario de esta forma: «sujeto a la libre voluntad o al capricho antes que a la ley o a la razón»)

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