Alega que se usa un procedimiento inadecuado para privatizar suelo público
La Federación de Ecologistas en Acción-Sevilla ha presentado ante el Ayuntamiento hispalense un recurso de alzada contra la concesión de una licencia de parcelación que segrega terrenos municipales para facilitar la construcción del nuevo estadio del Betis y de la mole anexa para uso terciario. Los Verdes denuncian que,a su juicio, se está utilizando un procedimiento inadecuado para privatizar suelo público y viales sin la aprobación necesaria del Pleno municipal. Además, advierten sobre la infravaloración económica de los terrenos y los posibles riesgos para la seguridad ciudadana al eliminar espacios abiertos en el entorno del estadio. Por todo ello solicitan formalmente la anulación de la licencia y la tramitación de un proyecto de reparcelación que garantice la transparencia y la legalidad.
El recurso de alzada de Ecologistas en Acción se suma al que hace unos días presentó la asociación de técnicos urbanistas sin ánimo de lucro Urban Century 29.
Al comparar los recursos se observa que ambos comparten una base argumental técnica muy similar al versar sobre el mismo asunto, aunque difieren en el nivel de detalle de ciertos aspectos económicos y administrativos.
A continuación se detallan las similitudes y diferencias más relevantes detectadas.
SIMILITUDES
–Uso incorrecto del procedimiento de Parcelación: Ambas organizaciones coinciden plenamente en que la licencia de parcelación concedida no es la figura legal adecuada. Sostienen que el Ayuntamiento debería haber tramitado un Proyecto de Reparcelación, que es el procedimiento que exige la ley para establecer el reparto de beneficios y cargas y la adjudicación de nuevas parcelas.
–Falta de desafección del dominio público: Los dos recursos denuncian que los suelos municipales afectados (9.282,87 m²) siguen siendo de uso y dominio públicos. Argumentan que un Estudio de Ordenación no puede suplir un expediente formal de desafección, proceso necesario antes de privatizar o segregar suelos patrimoniales de la ciudad.
–Denuncia de ocupación ilegal previa: Ambos escritos mencionan que el promotor (Real Betis Balompié) ya ha ocupado de forma «ilegal» y sin licencia un vial de 470,32 m² mediante la colocación de una valla, incorporándolo al recinto deportivo antes de obtener las autorizaciones pertinentes.
–Infravaloración del suelo y pérdida patrimonial: Existe una concordancia en el argumentario de ambas entidades en el sentido de que la valoración del suelo municipal se está realizando basándose en un valor catastral obsoleto y no en el valor real de mercado. Advierten que esto supone un grave perjuicio económico para la Hacienda pública de Sevilla.

Recreación del proyecto del nuevo estadio y de la mole anexa para uso terciario
–Riesgos para la seguridad ciudadana: Las dos entidades alertan de que la supresión de espacios libres y viales en el entorno del estadio representa un peligro para la seguridad en caso de desalojos de emergencia o necesidad de acceso de urgencias sanitarias durante los eventos deportivos.
DIFERENCIAS
–Cálculo económico detallado: Mientras que Ecologistas en Acción se centra en la denuncia conceptual del daño patrimonial, Urban Century 29 aporta un cálculo técnico específico. Esta entidad estima que, basándose en la superficie total de la manzana y el aprovechamiento urbanístico, el valor real del suelo municipal debería ser superior a los 40.000.000 de euros.
–Enfoque en la «Condición Resolutoria»: Urban Century 29 introduce un argumento específico que no aparece en el recurso de los ecologistas: el posible incumplimiento de una Condición Resolutoria impuesta en la licencia de obras. Según dicha asociación, el promotor tenía un plazo máximo para elevar a documento público e inscribir las parcelas, y el incumplimiento de este plazo debería conllevar la revocación de la licencia.
–Jerarquía de competencias municipales: Ecologistas en Acción pone especial énfasis en una cuestión de competencia administrativa: sostiene que para modificar un vial aprobado en el PGOU de 2006 se requiere un acuerdo del Pleno municipal, y que hacerlo mediante un simple acuerdo de la Comisión de Gobierno es una vulneración grave del procedimiento.
–Acusación de «Fraude de Ley»: El recurso de Urban Century 29 es más contundente en su calificación jurídica, al considerar explícitamente la presentación del proyecto de parcelación en lugar del de reparcelación como un posible «fraude de ley» destinado a evitar la exposición pública y la transparencia.
–Garantías de cobro y reversión: Urban Century 29 detalla el riesgo de que el Ayuntamiento entregue el suelo ahora para que el promotor haga negocios jurídicos inmediatos, mientras que el Consistorio no recibiría su compensación (en locales futuros) hasta dentro de años, sin garantías de que el edificio llegue a terminarse.
En resumen, mientras que Ecologistas en Acción pone el foco en la legalidad del procedimiento urbanístico y las competencias del Pleno municipal, Urban Century 29 profundiza en los mecanismos de transparencia y el presunto fraude procedimental y realiza una auditoría económica mucho más exhaustiva del valor de los terrenos públicos. Ambos recursos citan las alegaciones previas presentadas por diversas asociaciones vecinales de los barrios del entorno del estadio Benito Villamarín.
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