El Ayuntamiento de Sevilla saca a concurso 35 huertos ecológicos en la avenida de Kansas City

Reserva una parcela para su uso por centros educativos y otra para asociaciones del distrito

El Ayuntamiento de Sevilla ha publicado las bases de la convocatoria para la adjudicación de 35 parcelas situadas en la avenida de Kansas City y con destino a huertos urbanos ecológicos educativos. Podrán ser usadas por personas mayores de edad, centros educativos y entidades/asociaciones sin ánimo de lucro que tengan su domicilio en el distrito municipal de San Pablo-Santa Justa.

Los objetivos concretos de la convocatoria, atendiendo a los destinatarios a los que se
dirige, son los siguientes:
a) Parcelas: números 1 a 22 y 24 a 31, letras A, B y C:
Personas físicas mayores de edad con la finalidad de abastecimiento alimentario, ya que a través de los huertos se podrán producir alimentos más sanos y de primera calidad para el autoconsumo familiar, exclusivamente obtenidos por las técnicas
de cultivo y manejo ecológicos, que además servirán para promover una alimentación más sana, hábitos más saludables, incrementando la cantidad y mejorando la calidad de la alimentación, con carácter preferente, de una parte importante de las familias de los barrios colindantes.
b) Parcela 23:
Centros de Educación Infantil o Primaria para proyectos de fines educativos.
c) Parcela 32:
Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro sitas en el ámbito territorial del Distrito San Pablo-Santa Justa que tengan como finalidad propia de sus estatutos el desarrollo de actividades o acciones relacionadas con el objeto de la convocatoria, tales como la práctica de la agricultura ecológica, fomento de valores en el ámbito de la conservación de la biodiversidad y hábitats naturales, promoción de buenas prácticas medioambientales, etc.

Principios generales de cultivo: Serán los siguientes:

Principio de conservación y mantenimiento: será obligación principal de la persona o entidad que cultive los Huertos Urbanos Ecológicos, la adecuada conservación y mantenimiento de las instalaciones, debiendo aplicar la debida diligencia en su cultivo,
manteniendo la higiene y salubridad de las mismas.

No se podrá modificar la composición bioquímica o estructural de la tierra por
aportes externos, salvo abonos orgánicos o por materiales expresamente autorizados en la normativa europea de agricultura ecológica refrendados por el Ayuntamiento de Sevilla. Además, deberá poner en conocimiento de la autoridad municipal cualquier usurpación que se produzca sobre la porción de terreno que cultive.

Principio de respeto en el cultivo de las instalaciones: toda persona que haya sido autorizada para el cultivo de un Huerto deberá evitar molestias, daños o perjuicios a las demás personas que fueran beneficiarías de otras parcelas.

Principio de no comerciabilidad: Queda prohibido dedicar el cultivo de los mismos para fines comerciales o de explotación económica.

Principio de autoabastecimiento: los frutos de la tierra que se originen por la siembra de los Huertos únicamente podrán ser objeto de consumo propio o familiar, intercambio y/o trueque, sin que puedan destinarse a percibir rendimientos económicos, como ha
quedado expresado anteriormente.

Principio de prevención ambiental: las personas beneficiarias del cultivo de los Huertos no utilizarán productos fertilizantes o productos fitosanitarios que puedan provocar un grave perjuicio sobre la tierra, contaminando la misma y los acuíferos que puedan
existir. Se seguirán técnicas de cultivo acordes con los principios de producción de la agricultura ecológica.

Duración de las autorizaciones de usos de los huertos: La autorización de uso de los huertos sociales ecológicos tendrá una duración máxima de 4 años.
Transcurridos los 4 años y extinguidas las autorizaciones, los extitulares beneficiarios del uso de las parcelas podrán volver a presentarse a nuevas convocatorias de parcelas de huertos y en caso de ser beneficiarios en el sorteo, podrán continuar con la parcela
anteriormente trabajada.

Huertos ecológicos en la capital hispalense

Requisitos: Para poder acceder a la autorización de uso de los huertos se deben cumplir los siguientes requisitos:
Personas físicas, que sean mayor de edad, vecino o vecina de Sevilla, con inscripción en el padrón municipal de habitantes y tengan su domicilio ubicado en el ámbito territorial del Distrito San Pablo-Santa Justa. Además, será requisito necesario
estar al corriente del pago de sus obligaciones tributarias municipales.
Se presentará como máximo una solicitud por cada unidad de convivencia familiar, entendiendo por tal aquellas personas que convivan en el mismo domicilio con independencia de su relación de parentesco.
No podrá ser destinatario/a de una parcela la persona que pertenezca a una unidad de convivencia familiar en la que a alguno de los miembros le haya sido asignado el cultivo de un huerto urbano en la presente convocatoria. En caso de ser titular de alguna parcela anterior en cualquier otro huerto del Distrito, habrá de optar por una u otra.
Las entidades ciudadanas, sin ánimo de lucro que tengan su domicilio ubicado en el ámbito del Distrito San Pablo-Santa Justa y estén inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Sevilla y que tengan como finalidad propia de sus estatutos el desarrollo de actividades o acciones relacionadas con el objeto de la convocatoria, tales como, la práctica de la agricultura ecológica, fomento de valores en el ámbito de la conservación de la biodiversidad y hábitats naturales, promoción de buenas prácticas medioambientales, etc.

Además será requisito necesario:
◦ Hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y fiscales frente al Ayuntamiento de Sevilla y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, como también con la Seguridad Social, impuestas por la normativa vigente.
◦ Hallarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Sevilla.
◦ Haber justificado cualquier subvención concedida por el Ayuntamiento de Sevilla una vez agotado el plazo para hacerlo.
Centros docentes ubicados en el Distrito San Pablo-Santa Justa que impartan las etapas de Educación Infantil o Primaria.

Plazos y procedimiento: El plazo límite para presentar solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia (podría ser el 26 o el 28 de noviembre, según la interpretación que dé el Ayuntamiento).
El sistema de adjudicación se realizará mediante sorteo público de las solicitudes debidamente presentadas en tiempo y forma.

La solicitud, mediante los modelos normalizados publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, se presentará únicamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, utilizando para ello la vía de «Trámites en línea del Ayuntamiento de Sevilla/Solicitud General», disponible en www.sevilla.org/sede-electronica

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