El nuevo alcalde de Sevilla, José Luis Sanz (PP), ha declarado a la cadena SER que «rotundamente sí» permitirá beber en la calle, a las puertas de «determinados establecimientos que forman parte de nuestra idiosincrasia». Entre esos bares citó el Tremendo, en Santa Catalina, y el Vizcaíno, en la calle Feria. El anuncio del alcalde podría ir contra las disposiciones de una ley aprobada por el Parlamento de Andalucía.
El Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define la palabra idiosincrasia del siguiente modo: «Rasgos, temperamento, carácter, etcétera, distintivos y propios de un individuo o de una colectividad».
Por tanto, la idiosincrasia radica en las personas y/o en las comunidades que constituyen, no en los bares. En ese sentido, Sanz añadió: «En Sevilla, tomarnos una cervecita en la puerta forma parte de nuestro ADN, de nuestra idiosincrasia, y eso no nos lo puede quitar nadie».
Como hay sevillanos de todo tipo, incluidos aquellos a los que no gusta la Semana Santa o la Feria, o ninguna de las dos, sin que por ello dejen de serlo, nunca hay que generalizar, como hace Sanz. Habitualmente no se ve a los 700.000 sevillanos ingiriendo cerveza a las puertas de los bares. Probablemente, quienes tengan esa costumbre sean menos en número que el de quienes no la practican.
Siguiendo el razonamiento del alcalde, si beber cerveza a las puertas de los bares, en la calle, forma parte del ADN de Sevilla, al ser un rasgo general carece de sentido que diga que va a permitir que «determinados (ésta es la palabra clave) establecimientos» puedan vender bebidas para su consumo exterior al margen de la normativa y, por tanto, quedando exentos de los controles de la Policía Local.
Sanz se contradice a sí mismo: primero extiende a toda Sevilla, como seña de identidad de «lo sevillano», la costumbre de beber en la calle, para así justificar luego un régimen de excepcionalidad sólo para unos pocos, esos «determinados», entre los que casualmente están bares que él frecuenta, como muestra la difusión de una foto suya en el Tremendo durante la campaña electoral. De esta manera, el alcalde utiliza la generalización como mera coartada para la concesión de regímenes de excepcionalidad.

Sanz, en el Tremendo durante la campaña electoral
Para el nuevo alcalde, y sus jaleadores y agradaores (que añaden a la lista sus propios bares pese a que Sanz no los haya citado siquiera), el Tremendo y el Vizcaíno forman parte de la idiosincrasia de Sevilla, pero quizás para los sevillanos de la barriada Elcano el que forma parte es la cervecería el Huracán; para los de Heliópolis, el Jamaica; para los de Los Bermejales, la veintena de bares de la avenida de Finlandia…..y así sucesivamente en cada uno de los barrios de Sevilla.
¿Por qué, pues, unos bares han de ser los únicos idiosincrásicos, o, como en ´Rebelión en la Granja’ de Orwell, más idiosincrásicos que los demás si el beber en la calle forma, según Sanz, parte de nuestra idiosincrasia? Parafraseando la Constitución, todo el sector de la hostelería debería proclamar el principio de que los bares de Sevilla son iguales ante el Ayuntamiento, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de ubicación, antigüedad, decoración, carta, idiosincrasia o cualquier otra condición».
Se empieza por expedir el título de idiosincrásicamente sevillano a unos bares en detrimento de otros y se puede acabar haciendo lo mismo con cualquier otra cosa o personas, con tal de justificar un trato de favor en nombre de lo sevillano o la sevillanía.
Si el alcalde permite que se beba a las puertas de unos bares pero no a las de otros, porque en su visión de la ciudad no reúnen el suficiente grado de idiosincrasia o tradición, los consumidores acabarán yéndose a aquéllos en detrimento de los demás, cuya recaudación económica se verá perjudicada, con los consiguientes efectos para sus dueños y sus trabajadores. En definitiva, Sanz puede acabar creando una competencia desleal con la coartada de la idiosincrasia, la tradición y la esencia.

Gente bebiendo en la plaza de la Alfalfa
Si instaura un régimen de privilegio para unos pocos bares, esos «determinados establecimientos», los propietarios de los restantes, miles y miles, que pagan religiosamente sus impuestos y tasas al Ayuntamiento se sentirán discriminados e indignados. Y si, en virtud de ese «ADN de Sevilla», permite que se beba en la calle, a las puertas de todos los bares, corre el riesgo de que se vuelvan a producir las concentraciones de gente en la Alfalfa, Reina Mercedes, Los Remedios…..para irritación de los vecinos y contra el espíritu de la ley 7/2006, de 24 de octubre, sobre potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en los espacios abiertos de los municipios de Andalucía, cuyo objetivo era frenar las botellonas.
Esa ley, pese a llevar en vigor 17 años, se aplica o no en cada momento en función de los intereses políticos de cada Ayuntamiento, ya que la Junta de Andalucía, con tal de no pringarse las manos e invocando de forma oportunista la autonomía municipal, la dejó al albur de los gobiernos locales.
La exposición de motivos de la ley es muy clarificadora: dice que la concentración de personas para beber en la calle entra en colisión con otros derechos del resto de los ciudadanos al provocar un indeseable impacto acústico en las viviendas, lo que incide negativamente en el normal desarrollo de la convivencia ciudadana, así como en la salud e integridad física de las personas.

La ley prohíbe beber en la calle salvo en los veladores de bares autorizados
A los efectos de la ley (artículos 1.2 y 1.3) se entiende por actividad de ocio «toda distracción que consista en la permanencia y concentración de personas en espacios abiertos del término municipal, que se reúnan para mantener relaciones sociales entre ellas, mediante el consumo de bebidas de cualquier tipo. Se entenderá por espacio abierto toda vía pública, zona o área al aire libre del correspondiente término municipal».
Así pues, por definición según esta ley está prohibido beber en la calle, aunque sea una cervecita, salvo que se haga durante el horario establecido en terrazas y veladores de establecimientos públicos sometidos a la normativa aplicable; en espacios reconocidos oficialmente por el Ayuntamiento para la celebración de ferias locales (el recinto de Los Remedios), verbenas y similares; o en las zonas del término que el Ayuntamiento habilite para ello (los denominados ‘botellódromos’).
¿Declarará Sanz como minibotellódromos, para excluirlos de la ley, los espacios en torno a «determinados establecimientos», para enojo de propietarios y trabajadores del resto de bares de Sevilla y de los vecinos de los alrededores?
Puede esperarse cualquier cosa.
Recuérdese que ya prometió los miniparkings.
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