El PSOE apoya el plan del PP de dar carta blanca a Sevilla y Betis en sus estadios

Podrían implantar cualquier uso excepto industrias, viviendas y gasolineras

El Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla (GUMA) ha aprobado en su reunión de este miércoles (11 septiembre 2024), con los votos favorables de PP y PSOE y la abstención de Vox y Podemos, que se eleve al Pleno municipal la propuesta de aprobación inicial de una nueva modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Sería la número 63 y tendría por objeto convertir en multiusos, más allá del específico, los grandes estadios y recintos deportivos de la ciudad, como los de los dos clubes tradicionales, Sevilla y Betis.

El gobierno de José Luis Sanz pretende la modificación del artículo 6.6.11 de las Normas Urbanísticas del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana, referido a las condiciones particulares de uso deportivo.

La clave del artículo radica en el punto tercero, que reza así:

En las instalaciones deportivas singulares, la compatibilidad de usos a la que se refiere el Artículo 6.6.5 anterior será de hasta el treinta por ciento (30%) de la máxima edificabilidad, debiendo cumplirse las condiciones que, para cada uso, se establecen en estas Normas, especialmente las relativas a la dotación de aparcamientos.

Según la clasificación de la Junta de Andalucía, las instalaciones deportivas singulares son espacios construidos para la práctica deportiva, y aunque ésta pueda estar reglada, presentan unas dimensiones y características adaptadas a cada tipo. Son espacios más específicos y generalmente tienen unos requerimientos espaciales que hacen que su distribución sea desigual sobre el territorio.

Estadio Ramón Sánchez Pizjuán

En esta categoría de instalaciones deportivas singulares de Sevilla capital entrarían, obviamente, los tres grandes estadios de fútbol existentes: el de la Cartuja, propiedad de la propia Junta de Andalucía; el Ramón Sánchez Pizjuán, propiedad del Sevilla F. C., y el Benito Villamarín, propiedad del Real Betis Balompié.

DEL 30 AL 100

Según el artículo 6.6.5, al que hace referencia el anteriormente citado, «en las parcelas de Equipamientos y Servicios Públicos, además del uso indicado en los Planos
de Ordenación Detallada, se podrá disponer hasta un máximo del veinte por ciento (20%) de la máxima edificabilidad permitida y previo informe de los Servicios Municipales competentes, de cualquier otro uso pormenorizado, excepto los de industria manufacturera y residencial, que coadyuve a los fines dotacionales previstos o a la mejora de las condiciones urbanas de la zona en la que se inserta. Se podrá autorizar la vivienda familiar de quien custodie la instalación o, en su caso, la residencia comunitaria de los agentes del servicio
«.

Estadio Benito Villamarín

El planteamiento del gobierno del PP es que en las instalaciones deportivas singulares no rija esa limitación del 30% en los usos compatibles, sino que no haya limitación alguna. El PP trata de justificar esa eliminación de límites en el «dinamismo económico que generan» los estadios, por lo cual el Sevilla F.C. y el Real Betis Balompié podrían organizar o implantar cualquier tipo de actividades en el Sánchez Pizjuán y el Villamarín, respectivamente, siempre que no sean las dos prohibidas en el artículo 6.6.5 de las Normas, esto es industriales y viviendas (salvo la del guarda), más la habitualmente sometida a una regulación especial como son las estaciones de servicio de carburantes para vehículos.

OPOSICIÓN VECINAL

Esta propuesta del PP, apoyada por el PSOE en el Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo, ya mereció en la víspera duras críticas del representante de las asociaciones de vecinos de los barrios del entorno del estadio del Betis durante el Pleno de la Junta Municipal del Distrito Bellavista-La Palmera.

En el turno final de réplica, el portavoz vecinal consideró que «la aprobación en el próximo Consejo de la Gerencia de Urbanismo de la modificación del PGOU para que se autorice cualquier tipo de uso terciario en los estadios supone dar una carta blanca a los clubes, libertad que amenaza gravemente el interés público y, especialmente, la convivencia entre estos espacios y los barrios vecinos».

Por otra parte, el Consejo de Gerencia se limitó a tomar conocimiento de la convocatoria de consultas previas del Avance del Estudio de Ordenación de actuación de transformación urbanística del nuevo Estadio Ramón Sánchez-Pizjuán, efectuada por Resolución del Sr. Gerente nº 3804, de fecha 19 de julio de 2024.

Además, también en el ámbito deportivo tomó conocimiento de la no admisión a trámite del Estudio de Ordenación parcela de la «Nueva Ciudad del Fútbol Andaluz» (C/ Tomás Pérez nº 57), por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla en sesión celebrada el 26 de julio de 2024.

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