Los bares situados en el ámbito de la Velá de Triana podrán abrir hasta las 3:30 horas ese fin de semana

El mismo horario regirá para las casetas y los puestos tradicionales

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente (GUMA) del Ayuntamiento de Sevilla, como autoridad competente en la materia, ha dictado una resolución por la que establece el horario de funcionamiento de las casetas, atracciones y determinadas actividades recreativas vinculadas a la Velá de Santiago y Santa Ana, en Triana, cuya celebración está prevista entre los días 21 y 27 de julio de 2025.

La GUMA ha adoptado los siguientes acuerdos en relación con el horario de la Velá de Triana:

-Establecer como horario máximo de funcionamiento de las casetas el comprendido
entre las 12:00 h y las 3:00 h (3:30 h el viernes 25, sábado 26 y domingo 27 de
julio). Durante la media hora anterior a dicho plazo, el titular de la caseta deberá
haber llevado a cabo las medidas recogidas en el artículo 21º del Catálogo de
Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de
Andalucía para que le cierre efectivo se realice a las horas indicadas.

-Establecer como horario máximo de funcionamiento de los puestos
tradicionales(tanto de actividades recreativas como de venta) que se dispongan en
el recinto ferial o en espacios aledaños vinculados al mismo, el comprendido entre
las 12:00 h y las 3:00 h (3:30 h el viernes 25, sábado 26 y domingo 27 de julio).

-Autorizar, con carácter excepcional, la ampliación del horario de cierre de los
establecimientos públicos de hostelería hasta las 3:00 h (3:30 h el viernes 25,
sábado 26 y domingo 27 de julio) en los establecimientos con acceso por calle
Betis, Plaza del Altozano, calle San Jacinto (en el tramo comprendido entre el
Altozano y la calle Pagés de Corro) calle San Jorge y calle Callao, de conformidad
con el artículo 6.7 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos
y Actividades Recreativas de Andalucía y del artículo 23 del Decreto 155/2018, de
31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades
Recreativas y Establecimientos Públicos en Andalucía y se regulan sus
modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre. Los
establecimientos que se acojan a esta ampliación de horarios tendrán que cerrar,
como mínimo, dos horas de cada veinticuatro, con el fin de realizar las tareas de
limpieza y mantenimiento necesarias, en aplicación del art. 23.2 del referido
Catálogo.

Imagen de archivo de la calle Betis durante una Velá de Triana

-En lo que se refiere a los veladores autorizados pertenecientes a los
establecimientos afectados por la presente Resolución, o situados en su entorno
próximo, se estará a lo que se determine desde el Servicio de Ordenación de la Vía
Pública de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente.

-A los efectos de la presente Resolución, el período de la Velá comprende desde las
12:00 h del 21 de julio hasta las 3:30 h del día 27 julio del año en curso.

-Media hora antes del horario de cierre establecido, todos los equipos musicales
existentes en los establecimientos y casetas deberán ser desconectados

-La presente Resolución no afecta a los establecimientos de hostelería ubicados en
el interior del Mercado de Abastos de Triana, cuyo periodo de funcionamiento se
atenderá a lo que disponga la Delegación de Comercio, Consumo, Salud,
Cementerio y Protección Animal.


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