Y seis sanciones al propietario de un ático en la calle León XIII
La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla adoptó en su última reunión del mes de julio (2023) el acuerdo de imponer una nueva multa coercitiva, la novena ya, al propietario de una vivienda sita en la calle Pureza, en Triana, por negarse a atender las órdenes de que reponga la realidad física que ha alterado previamente mediante algún tipo de obra o reforma en el inmueble, de dos plantas y caracterizado por el tejaroz que cubre uno de sus balcones. Previamente, la Gerencia había desestimado los escritos presentados por la propiedad.
Según la normativa, la Administración debe imponer la obligación de restaurar el orden urbanístico alterado y de reponer los bienes afectados al estado anterior a la producción de la situación ilegal.
Con base en la normativa autonómica, el restablecimiento del orden jurídico perturbado tendrá lugar mediante la legalización del correspondiente acto o uso sin la aprobación o la licencia urbanística o, en su caso, la reposición a su estado originario de la realidad física alterada, dependiendo, respectivamente, de que las obras sean compatibles o no con la ordenación vigente.
Fernando Vázquez, gerente de Urbanismo
Procede adoptar la medida de reposición de la realidad física alterada cuando:
- Las obras sean manifiestamente incompatibles con la ordenación urbanística.
- Se inste la legalización y ésta haya sido denegada.
- No se haya instado la legalización en el plazo concedido al efecto, o de las actuaciones de instrucción realizadas en el procedimiento resulte la improcedencia legal de esta legalización por disconformidad de los actos con las determinaciones de la legislación y de la ordenación urbanística aplicables.
En ningún caso podrán las infracciones urbanísticas reportar a sus responsables un beneficio económico; si la suma de la multa y del coste de la reposición de la realidad física alterada al estado anterior a la comisión de la infracción arroje una cifra inferior a dicho beneficio, se incrementará la cuantía de la multa hasta alcanzar el importe del mismo.
OTRAS SANCIONES
El de la calle Pureza no ha sido el único caso abordado por la Gerencia de Urbanismo en la última reunión de su Comisión Ejecutiva, ya que también ha acordado, por la misma causa, imponer una sexta multa coercitiva al dueño de un ático en la calle León XIII; una tercera multa por obras sin licencia en un local de la avenida de la Buhaira; y una segunda sanción por obras sin autorización en la calle Abades, en la calle Lora de Estepa, en Virgen de la Victoria y en la calle Bergantín.
Asimismo, Urbanismo ha impuesto una primera multa a los dueños de una gasolinera en la calle Ulpiano Blanco y a propietarios de viviendas en calle Relator, Luis Montoto (dos) y avenida de la Buhaira, entre otros.
Otra línea de multas coercitivas ha sido por incumplimiento del acuerdo de la orden de suspensión del uso de instalaciones publicitarias en inmuebles de las calles Arjona, Amor de Dios (segunda sanción) y junto al colegio Nuestra Señora de los Reyes (cuarta sanción).
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