El Puerto saca a concurso una parcela en la carretera de la esclusa para actividades logísticas

La concesión será por un plazo de diez años, prorrogable por cinco más

La Autoridad Portuaria de Sevilla ha convocado un concurso de selección de oferta para tramitar expediente de concesión administrativa para la ocupación de una parcela de unos 11.764 m2 situada en la carretera de la esclusa con destino al desarrollo de actividades vinculadas a la logística.

Sobre la referida parcela y con fecha de vigencia hasta el 16/07/2024 se encuentra otorgada concesión administrativa cuya titularidad ostenta Vip Concesur S.L. (E376) con destino al establecimiento de una campa al aire libre de vehículos industriales y exposición y venta de vehículos nuevos y usados.

Dada la proximidad de la caducidad de la presente concesión, la Autoridad Portuaria convoca concurso público para la selección de oferta, a efectos de tramitar posteriormente expediente de concesión administrativa a favordel licitador seleccionado.

El destino de la parcela es el desarrollo de actividades vinculadas a la actividad logística de transporte de mercancías (enumeración meramente enunciativa sin carácter limitativo: campa al aire libre de vehículos propios, superficie para la supervisión y control vehículos propios, actividades logísticas vinculadas la logística del contenedor, etc.). No se podrá incluir la actividad de explotación para el estacionamiento de vehículos que no resulten· propios del concesionario, estando expresamente excluida la actividad de aparcamiento público.

La adjudicación del concurso, y posterior otorgamiento de la concesión administrativa, no supone, en ningún caso, exclusividad, por lo que la Autoridad Portuaria de Sevilla podrá explotar directamente o indirectamente otras superficies dedicadas a actividades vinculadas a la logística en la zona de servicio del Puerto de Sevilla o en sus bienes patrimoniales.

Situación de la parcela cuya concesión se saca a concurso público

El adjudicatario estará obligado al abono de la tasa por ocupación privativa del dominio
público portuario (arts. 173 y sgtes, Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en adelante TRLPEMM), que se devengará a partir de la fecha de notificación de la resolución de otorgamiento del título concesional. La cuantía anual de la tasa será la que resulte de la suma de los siguientes conceptos:

-Ocupación de terrenos (sin incluir las infraestructuras, superestructuras e instalaciones). Cuota: importe resultante de aplicar a la valoración de los terrenos del Puerto de Sevilla, vigente en cada momento, correspondiente a la superficie de suelo ocupada (dominio público portuario) a la que se aplicará un tipo de gravamen del 6,5 %. (IVA excluido o impuesto que lo sustituya).
La valoración actualmente vigente es:

La cuota íntegra de la tasa se actualizará y en su caso se revisará de conformidad con lo
establecido en el artículo 178 TRLPEMM.

-Por la ocupación de obras e instalaciones: este importe anual se obtiene teniendo en
cuenta que el valor de las instalaciones, su depreciación anual, y el tipo de gravamen a aplicar son los siguientes, aplicando el tipo de gravamen indicado al valor de las instalaciones y del 100 % al valor de la depreciación anual asignada, IVA no incluido:

-El adjudicatario estará obligado, a partir de la fecha de reconocimiento final, al abono de la Tasa de actividad (arts. 183 y sgtes TRLPEMM) por el importe del 0,1 % del volumen de negocio anual desarrollado en el Puerto de Sevilla al amparo de la concesión (IVA excluido o impuesto que lo sustituya).

La cuantía mínima anual a abonar en concepto de tasa de actividad y de la correspondiente mejora (art. 192 TRLPEMM) si así resultase de la oferta presentada por el adjídicatario, será el importe ofertado por el adjudicatario que no podrá ser inferior a los siguientes valores:

20% de la tasa de ocupación privativa del dominio público portuario vigente en cada momento ó 14.000 euros.

El abono de la cuantía mínima de esta tasa se exigirá por semestres naturales adelantados. La diferencia entre la cuantía que resulte de aplicar el porcentaje indicado sobre el volumen de negocio generado en el ámbito espacial de la concesión y dicha cuantía mínima ofertada se abonará por años naturales vencidos.

A fin de potenciar la actividad portuaria del dominio público, el titular de la concesión podrá ofertar un tráfico mínimo portuario anual (contendores-UTl) de mercancías procedentes exclusivamente de la carga/descarga de buques por los muelles del Puerto de Sevilla.

En el caso de que no se alcance dicho tráfico mínimo, el concesionario abonará a la APS, por años naturales vencidos, y en su caso atendiendo a las fracciones de los años inicial y final, el importe de la liquidación que resulte de multiplicar la cuantía unitaria de 12€/ud contenedor-UTI por la diferencia entre el tráfico mínimo establecido y el movimiento realmente habido; y ello adicionalmente al abono de la tasa de actividad.

Los interesados en participar en el concurso deberán depositar una garantía provisional por importe de 15.000 euros.

La fecha límite de presentación de ofertas es el 12 de abril de 2024.

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