El Ayuntamiento de Sevilla convoca concurso-oposición para contratar seis arquitectos

La convocatoria se inscribe en las ofertas públicas de empleo de 2021, 2022 y 2023

El director general de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla, por resolución de fecha 12 de marzo de 2024, ha aprobado las Bases Específicas por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión de 6 plazas de Arquitecto/a del Ayuntamiento de
Sevilla, de acceso libre, por el procedimiento de oposición-concurso, pertenecientes a
la Oferta Pública de Empleo 2021, 2022 y 2023, aprobadas respectivamente, por
Acuerdos de la Junta de Gobierno del 26 de marzo de 2021, 27 de junio de 2022 y 31
de marzo de 2023. De las plazas convocadas, 1 pertenecen a la OPE/2021, 2 a la
OPE/2022 y 3 a la OPE/2023.

Las plazas convocadas corresponden al Grupo A, Subgrupo A1 de los establecidos en el
artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su Disposición Transitoria Tercera, y están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Categoría Técnico/a Superior y Clase Arquitecto/a del Ayuntamiento de Sevilla.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo a través de la
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sevilla (www.sevilla.org), mediante solicitud genérica dirigida al Excmo. Sr. Alcalde, haciendo constar en la misma que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.
La presentación por esta vía permitirá: La inscripción en línea del modelo oficial, anexar
documentos a la solicitud, el pago electrónico de las tasas y el registro electrónico de la
solicitud.

FASE DE OPOSICIÓN

Atendiendo a razones de eficacia y teniendo en cuenta el principio de agilidad, la fase
de oposición será previa a la fase de concurso y consistirá en la realización de los ejercicios obligatorios indicados y que tendrán, carácter eliminatorio.
La calificación final de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en
cada uno de los tres ejercicios, siendo necesaria una puntuación de al menos 15 puntos para superar la fase de oposición.
Primer ejercicio: Consistirá en realizar una prueba tipo test con 100 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será la correcta, sobre las materias incluidas en el programa con la siguiente distribución: 60 preguntas corresponderán al bloque I del programa (Parte General) y 40 al
Bloque II (Parte Específica).

Las últimas 10 preguntas del cuestionario serán de reserva y sólo se tendrán en cuenta, por el mismo orden en que aparezcan en el cuestionario, si alguna de las 90
primeras preguntas resultase anulada. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 120 minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. Se penalizará por cada tres respuestas
erróneas con una correcta o su parte proporcional, en caso de tener menos de tres respuestas incorrectas, no penalizando las preguntas no contestadas.

No obstante lo anterior, el Tribunal Calificador, teniendo en cuenta todas las
circunstancias y para un mejor desarrollo de su cometido, queda facultado para la
determinación, con anterioridad a la identificación de los/as participantes, del número de aciertos netos, es decir, aciertos menos número de errores dividido entre tres, necesario para superar el ejercicio. La calificación de este ejercicio se efectuará con dos decimales.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, de forma legible por el
Tribunal, cuatro temas extraídos al azar del Bloque II (Parte específica) del programa.

El tiempo de realización de este ejercicio será de 5 horas. Deberá ser leído, obligatoriamente en sesión pública ante el Tribunal por la persona aspirante.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad
de ideas, la capacidad de expresión escrita, la precisión en el uso del lenguaje propio de la arquitectura y que la exposición se ciña al contenido del tema a desarrollar.
El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos de la siguiente forma: cada uno de los temas
desarrollados se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 4 puntos en cada uno de los temas.

Sede del Ayuntamiento de Sevilla

El resultado final será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada tema dividida por cuatro, siendo necesaria una puntuación de, al menos, 5 puntos para aprobar el ejercicio. Serán eliminadas también aquellas personas aspirantes que no alcancen un mínimo de 4 puntos en cada uno de los temas, aunque la media de los cuatro
temas desarrollados arrojase una puntuación de 5 o superior.

Tercer ejercicio: Resolución durante un tiempo máximo de 180 minutos de un supuesto
práctico relacionado con alguna de las materias del Bloque II (Parte Específica) del programa. La persona aspirante elegirá el supuesto a desarrollar entre dos propuestos por el Tribunal, que consistirán en el planteamiento de un caso práctico sobre el que el Tribunal realizará una serie de preguntas concretas, indicando la puntuación que se dará a cada una de ellas dentro del máximo de diez puntos con que se calificará el supuesto.

Este ejercicio deberá ser leído obligatoriamente ante el Tribunal por la persona
aspirante en sesión pública, y en él se valorará la capacidad de análisis y la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas planteados.
El ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesaria una puntuación de 4 puntos
o superior para no resultar eliminado/a.

FASE DE CONCURSO

Se iniciará una vez finalizada la fase de oposición y consistirá en la valoración de los
méritos acreditados por las personas aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición, de acuerdo con el baremo de méritos contemplado en el Anexo I de las bases específicas.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para
superar las pruebas de la fase de oposición, no pudiendo determinar por si misma el resultado del proceso selectivo.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en
las fases de oposición y de concurso.

Concluido el proceso selectivo, el Tribunal calificador constituirá una bolsa de trabajo
con los/as aspirantes que, sin obtener plaza, hubieran superado, al menos, un ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo.

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