El gobierno de Sanz recurrirá contra la condena por denegar licencia a CCOO para instalar un escenario frente al palacio de San Telmo

Un juez falló que vulneró los derechos fundamentales de reunión y libertad sindical

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla ha acordado la interposición de un recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 10 de Sevilla, recaída en otro recurso presentado anteriormente por el sindicato Comisiones Obreras tras la decisión del ente autónomo municipal de denegarle licencia para la instalación de un escenario frente al palacio de San Telmo, sede de la Presidencia de la Junta de Andalucía, que ostenta Juanma Moreno, correligionario del alcalde hispalense, José Luis Sanz.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 10 de Sevilla condenó el pasado mes de noviembre (2024) a la Gerencia municipal de Urbanismo y Medio Ambiente por impedir que Comisiones Obreras (CC OO) de Andalucía instalara un escenario en la explanada del Palacio de San Telmo. La sentencia obliga a la Gerencia a pagar 500 euros a la organización sindical para sufragar los gastos derivados de la contratación del escenario y de un equipo de megafonía que aquélla ya había abonado.

Los hechos se remontan al pasado mes de junio, cuando CCOO Andalucía convocó una marcha en defensa de los servicios públicos, que culminaba en el Palacio de San Telmo, sede de la Presidencia de la Junta. Allí el sindicato tenía previsto instalar un escenario para cerrar el acto de protesta, pero la Gerencia Municipal de Urbanismo denegó su petición “so pretexto de problemas de seguridad” que no llegó a precisar, según consta en la sentencia, a la que tuvo acceso elDiario.es Andalucía.

Por esa razón, el juez concluye que la administración local ha “vulnerado el libre y pleno ejercicio de los derechos constitucionales de reunión y libertad sindical” al denegar la licencia de ocupación del dominio público local, sin especificar “cuáles son esas razones de seguridad” que se alegaban. Para el magistrado, la negativa “no puede ser arbitraria, sino que tiene que ser justificada, razonada y comunicada expresa y claramente a los ciudadanos”.

La Gerencia de Urbanismo esgrimía que “atendiendo a razones de seguridad, no se autoriza la instalación de estructuras metálicas o escenarios en el perímetro o zona de seguridad del Palacio de San Telmo”. Sin embargo, el juez reprende a la Administración urbanística porque en su comunicado “no precisa claramente cuáles son esas ‘razones de seguridad’ que impiden la concesión de la licencia de ocupación” y “ni siquiera se le ofrece una alternativa”.

La manifestación que organizó Comisiones Obreras

El magistrado que ha juzgado los hechos denunciados considera que “no son fundados los motivos aducidos” por Urbanismo para denegar la licencia de ocupación de la explanada de San Telmo, que sí se ha autorizado en otras ocasiones. Además, la sentencia recoge que “la zona donde se iba a instalar el escenario estaba en una esquina del edificio, y alejado tanto de la puerta principal como de la fachada”. De manera que el juez recuerda que la delimitación del perímetro de seguridad “aunque sea necesaria, no puede ser arbitraria, sino que tiene que ser justificada, razonada y comunicada expresa y claramente a los ciudadanos”.

Por ello, el juez considera que la Gerencia Municipal de Urbanismo “ha limitado el derecho de reunión de los solicitantes”. Y, dado que el sindicato denunciante acreditó “que sufrió perjuicios económicos al no haber podido montar el escenario y equipo de megafonía que estaba contratado”, condena a “abonar los costes que ha sufragado con motivo de la denegación de la licencia de ocupación, dada la mala fe en cuanto a la extemporaneidad de la resolución recurrida, que se notificó dos días después de la fecha señalada para el evento”.

El día de la concentración, el pasado 18 de junio (2024, CCOO-A denunció la “negativa” de no permitir la instalación de un escenario al término de la manifestación. La secretaria general de la organización sindical, Nuria López, afirmó que el Gobierno autonómico “sólo quiere un palacio de San Telmo para celebrar su entronización” y reivindicó el derecho a la protesta de los trabajadores andaluces.

RESPUESTA MUNICIPAL

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, cuyo titular es Fernando Vázquez Marín, se da ahora por enterada de la sentencia desfavorable a sus intereses, fechada el pasado 5 de noviembre (2024), y acuerda la interposición de un recurso de apelación contra la misma.

Fernando Vázquez Marín, gerente de Urbanismo

El recurso de apelación se interpondrá ante el Juzgado que hubiere dictado la sentencia que se apele, tal como establece el artículo 85.1 de la Ley 29/1998. No obstante, a mayor abundamiento, se observa en cuanto a la competencia para conocer de este recurso que las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia conocerán, en segunda instancia, de las apelaciones promovidas contra sentencias y autos dictados por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, y de los correspondientes recursos de queja, tal y como establece el artículo 10.2 de la Ley 29/1998 y el artículo 74.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, (Ley 6/1985).

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