La número 58 permitirá construir la pasarela de Altadis y la 61 elimina el depósito previo del 6% para las obras de urbanización
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado este 31 de enero (2024) la modificación puntual número 58 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y la del Plan Especial 27.3 ‘Puerto’ para permitir la construcción de una pasarela peatonal entre el puente de San Telmo y el puente de Los Remedios. Anteriormente, el pasado diciembre, el gobierno local aprobó la modificación número 61 de la máxima norma urbanística de la ciudad.
El Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Sevilla, que fue aprobado en el año 2006 durante uno de los mandatos del socialista Alfredo Sánchez Monteseirín, lleva acumuladas del orden de 60 modificaciones en estos diecisiete años de vigencia, a una media anual de 3,5 cambios entre adaptaciones a normas de rango superior y correcciones de errores o de política urbanística, como acaeció con la eliminación del plus de edificabilidad del 80% que ha permitido la adulteración de la avenida de La Palmera con la construcción de residencias universitarias y de otras moles a costa de antiguas casas solariegas y de sus jardines.
El artículo 2.2.3 de las Normas Urbanísticas del Texto Refundido del Plan General de
Ordenación Urbanística de Sevilla se ajustaba a las exigencias contenidas en el artículo 46 del RD 2159/1978 de 23 de Junio por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento, que ha resultado de aplicación en la metrópolis sevillana hasta la
entrada en vigor del Reglamento General de la Ley de impulso para la sostenibilidad del
territorio de Andalucía (LISTA).
Dicho precepto establecía que los Planes Parciales que se refieran a urbanizaciones de iniciativa particular deberán contener las garantías del exacto cumplimiento de dichos compromisos por importe del 6 por 100 del coste que resulta para la implantación de los servicios y ejecución de las obras de urbanización, según la evaluación económica del propio Plan Parcial. Estas garantías podían prestarse en metálico, en valores públicos o mediante aval bancario.
El ex alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín
La Disposición Transitoria séptima de la ley 7/2021 de 1 de diciembre, de Impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) establece que, mientras no se produzca su desplazamiento por el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final primera, seguirán aplicándose en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de forma supletoria y en lo que sea compatible con dicha Ley, ente otros, el Reglamento de Planeamiento aprobado por RD 2159/78 de 23 de junio.
Este desarrollo reglamentario se ha producido mediante Decreto 550/2022 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, que resulta ser la norma de
aplicación.
El Reglamento General de la LISTA, conforme a los objetivos expresados en la
Exposición de Motivos de ésta, no exige la prestación de garantía económica previa y
condicionante de la publicación en el BOP de la aprobación definitiva de los instrumentos de ordenación urbanística tramitados a instancias de la iniciativa particular.
Siendo ello así, la normativa urbanística municipal vigente en la ciudad de Sevilla contenía más exigencias que las establecidas en la ley, lo que sin embargo no constituía un conflicto normativo de jerarquía. Es decir, el Municipio (a través de su Ayuntamiento) puede mantener la exigencia de constitución de garantía previa a la publicación en
el BOP de los instrumentos de ordenación urbanística aprobados definitivamente, aunque la LISTA y su Reglamento General lo han eliminado.
José Luis Sanz, delante de la sede del Ayuntamiento de Sevilla
Sin embargo, a juicio del gobierno local que dirige José Luis Sanz, mantener este requisito supondría contrariar el espíritu y objetivos perseguidos por la nueva legislación autonómica en la materia.
Por consiguiente, ha modificado la redacción del art. 2.2.3 de las Normas urbanísticas a efectos de suprimir el requisito del depósito de garantía previa a la publicación en el BOP de los instrumentos de iniciativa particular aprobados definitivamente.
Consiste, pues, la Modificación Puntual (Número 61) del Texto Refundido del Plan General en la eliminación del apartado 2 del art. 2.2.3 de las Normas urbanísticas del mismo.
La eliminación mediante esta modificación del requisito del depósito previo del 6% supondrá un importante ahorro en el global del expediente urbanístico, ya que el promotor a partir de ahora no tendrá que presentar aval o garantía por ese porcentaje del coste de ejecución material de la urbanización. Dicha exigencia suponía una significativa cantidad de dinero que había que dejar bloqueada en una cuenta bancaria.
LA PASARELA DE ALTADIS
Por otra parte, el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha autorizado este miércoles (31 enero 2024) el cambio de dirección de la pasarela peatonal entre Altadis y San Telmo, que será perpendicular, tras la aprobación provisional de la modificación puntual del Plan Especial de Protección del sector 27.3 Puerto, una vez han sido estudiadas las alegaciones presentadas al documento en el periodo de información pública, según E.P.
En virtud de este trámite administrativo, el gobierno municipal ha elevado al Pleno un nuevo documento que «modifica la dirección de la pasarela para hacerla perpendicular al río». Concretamente, la pasarela unirá los jardines de San Telmo con la futura plaza cívica, ubicada donde actualmente está la Capilla de Las Cigarreras. Este punto del orden del día ha contado con el voto favorable de tres de los cuatro grupos municipales –PP, PSOE y Vox– y el rechazo de la coalición que integran Podemos e Izquierda Unida.
Recreación de la futura pasarela de Altadis, diseñada por el arquitecto Kengo Kuma
Cuestionado al respecto sobre la opción elegida para esa conexión peatonal sobre el río, y la posibilidad de recuperar el antiguo puente de hierro –el denominado puente de Alfonso XIII– el delegado de Urbanismo, Juan de la Rosa ha señalado que «hoy no se está aprobando nada de la pasarela, sino una modificación del PGOU, que ha tenido sus consultas públicas y que no ha tenido ninguna reclamación».
«El debate del puente de hierro no es ahora. Estuvimos con la plataforma hace unos días –Planuente– y ellos también se han reunido con la Autoridad Portuaria. Hay que ver las opciones, dónde se incorpora o no, pero el momento en el que estamos es la modificación del artículo 58 del PGOU para que pueda haber una pasarela, no el qué sobre el río», ha abundado De la Rosa.
Por su parte, la portavoz de la coalición de izquierda, Susana Hornillo, ha señalado al respecto que la conexión «debe ser respetuosa con el paisaje del río, que es un símbolo de la ciudad». «Nos parece que esta pasarela ni tiene valor patrimonial ni ningún tipo de valor urbanístico; al contrario, nos parece que es una especie de ‘urbanismo a la carta’, con el cual no estamos para nada de acuerdo», ha subrayado.
Otra imagen de la pasarela encargada por KKH a Kengo Kuma
Desde Con Podemos-IU se ha criticado también al equipo de gobierno por el hecho de «no haber tenido en cuenta la participación ciudadana». En este sentido, «hay una demanda social que pide utilizar el puente basculante de Alfonso XIII, que lleva más de 20 años abandonado en una parcela y ni siquiera se ha contemplado esa opción». «No es que estemos de acuerdo con la construcción de una pasarela, pero es que, al menos, se podía haber considerado la aportación ciudadana». Además, «creemos que hay una opción más respetuosa, rentable, y beneficiosa para la ciudadanía: conectar Triana y Los Remedios con un paseo fluvial», ha añadido Hornillo.
Desde el PSOE, por medio del concejal Francisco Paéz, han agradecido al equipo de gobierno su visión en relación con la pasarela. «No siempre hay que darle palos en el lomo al Gobierno municipal; cuando hay que reconocer las cosas que se hacen bien, se hace; de ahí el sentido de nuestro voto. Esto viene a poner en valor el desarrollo de la ciudad, especialmente en el barrio de Los Remedios», ha destacado.
Espacio público junto a la futura pasarela que conectará las dos orillas de la dársena
La Gerencia había realizado una consulta a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul que informó con fecha 29 de noviembre de 2023 de que «la ejecución de la pasarela con la nueva dirección adaptada conforme a la Comisión de Patrimonio no genera nuevos efectos ambientales negativos significativos». El documento cuenta también con el aval de la Consejería de Fomento y de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG).
Las alegaciones presentadas fueron individuales y las firmaban Indalecio de la Lastra Valdor, José J. Ferrari Márquez y Luis Fernando Gómez Stern. Las dos primeras fueron desestimadas y la tercera, parcialmente admitida «respecto a la posición inclinada de la pasarela».
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