Afirma que la reputación adquirida por el producto se debe en exclusiva al trabajo de los olivicultores sevillanos
La Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía, cuyo titular es Ramón Fernández-Pacheco, ha aprobado la tramitación de la solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida ‘Aceituna Manzanilla de Sevilla’/’Aceituna Manzanilla Sevillana’ y remitir su acuerdo a la Comisión Europea a pesar de la oposición de la Consejería homóloga de la Junta de Extremadura y de productores y fabricantes extremeños.
Con fecha 3 de enero de 2024, la Asociación para la Promoción de las Aceitunas Sevillanas de las variedades Manzanilla y Gordal presentó una nueva solicitud de registro de la Indicación Geográfica Protegida «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/«Aceituna Manzanilla Sevillana» ante la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, sobre la base de un pliego de condiciones en el que se limita el ámbito geográfico a la provincia de Sevilla, para reiniciar el procedimiento de conformidad con el sentido de las Sentencias núm. 2703 de 2022, de 30 de junio de 2022 y núm. 3685 de 2022, de 22 de septiembre de 2022, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en las que se declaraba: «La solución más ajustada al ordenamiento jurídico, por lo razonado, pasa por la anulación de la orden, al objeto de que, en su caso, se pudiera reiniciar el procedimiento en relación con los nuevos pliegos de condiciones que eventualmente decidiera presentar la promotora de las figuras de calidad objeto del presente recurso.» (Sentencia núm. 3685/2022, página 58 y Auto de 13 de julio de 2022, página 4).
Se han recibido en la Junta de Andalucía tres declaraciones de oposición al respecto de esta iniciativa:
– La primera de ellas, presentada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
-La segunda, presentada por dieciocho sociedades de Almendralejo: Asociación Comunidad de Labradores y Ganaderos de Almendralejo, Viñaoliva, Sociedad Cooperativa de Segundo Grado, Asociación Profesional de Agricultores y Ganaderos de Extremadura, Jóvenes Agricultores y Ganaderos (APAG Extremadura ASAJA Jóvenes Agricultores y Ganaderos), Rama Jiménez, S.L., S.C.L Los Curado, Aceitunas Jope, S.L.U., Fábrica de Aceitunas Román Durán, S.L., Aceitunera Tierra de Barros, S.A, Linoliva 2.003, S.L., Fábrica de Aceitunas HOYCA, S.L.U., S.C.L Del Campo Olibarro, Barrolivas, S.L., Sarasa Almendralejo, S.L.U., S.A.T Olivareros de Almendralejo, Imberlú, S.L., S.A.T Olivas de Barros, Hermanos García Delgado, C.B., Agrupación de Industriales de Aceitunas de Almendralejo, S.L..
-Y la tercera, presentada por siete sociedades de la provincia de Badajoz: Cooperativa del Campo San Isidro, Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de la Cabeza, Sociedad Cooperativa Montevirgen, Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, Sociedad Cooperativa Corazón de Jesús, Sociedad Cooperativa San Isidro y Sociedad Cooperativa Limitada San Isidro.
ARGUMENTOS DE LA JUNTA
Frente a la oposición del Gobierno de Extremadura, la Junta de Andalucía invoca, entre otros argumentos, que en virtud del artículo 48 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el Gobierno andaluz tiene competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.
La aceituna manzanilla de Sevilla
De igual modo, el Estatuto de Autonomía le atribuye competencias exclusivas, en su artículo 83, sobre denominaciones de origen y otras menciones de calidad, que incluye, en todo caso, el reconocimiento de las denominaciones o indicaciones, la aprobación de sus normas reguladoras y todas las facultades administrativas de gestión y control de la actuación de aquéllas.
Asimismo, señala que el carácter autonómico de esta tramitación fue dilucidado en la Sentencia núm. 3685 de 2022, de 22 de septiembre del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Los opositores a la iniciativa también esgrimieron que la calidad de la aceituna y la forma tradicional de recolección, elaboración y comercialización de la misma era similar en las zonas colindantes de Badajoz y Huelva, por lo que la IGP no debería restringirse a la provincia de Sevilla.
La respuesta de la Junta de Andalucía ha sido que el vínculo sobre el que se basa la solicitud de registro es la reputación que ha adquirido el nombre «Aceituna Manzanilla de Sevilla»/«Aceituna Manzanilla Sevillana» en el comercio y en el lenguaje común, y que es atribuible exclusivamente a la provincia de Sevilla, como consecuencia del trabajo de los olivicultores e industriales de su zona geográfica a lo largo de los años.
La preparación de esta variedad de aceituna de mesa es una tradición nacida en el entorno de Sevilla gracias a las especiales características que adquieren cuando se cultivan en el Valle del Guadalquivir y a las condiciones climáticas que se dan en estas zonas, así como la calidad alcanzada en el producto elaborado, que hicieron famoso este tipo de tratamiento y acuñaron el prestigio de aceitunas de tipo verde aderezadas al «estilo sevillano».
Por otro lado, el reconocimiento de esta indicación geográfica para los productores sevillanos no impide que los productores extremeños y onubenses puedan seguir comercializando las aceitunas de esta variedad en sus mercados actuales, ni constituye una infracción contra los derechos de estos productores, siempre que no utilicen el nombre de la IGP. Su registro vendrá a reconocer y poner en valor esta labor desarrollada durante décadas por los productores de la provincia de Sevilla, con los derechos y protección previstos en el Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre.
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