Urbanismo da el paso para asumir las competencias patrimoniales en 18 sectores del Conjunto Histórico

Entre ellos están los del Centro, Triana, Arenal, San Lorenzo, Macarena, La Palmera y El Porvenir

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla somete a consulta pública hasta el 18 de noviembre (2024) el Avance de la Modificación de los Planes Especiales de Protección de dieciocho sectores del Conjunto Histórico de la ciudad con el fin de solicitar a la Junta de Andalucía la delegación de competencias a favor del Consistorio hispalense conforme a la ley de Patrimonio Histórico de Andalucía.

El Servicio de Planeamiento y Desarrollo Urbanístico y Medio Ambiente ha redactado el Avance de la modificación de los Planes Especiales de Protección de los siguientes Sectores:

1 “San Gil-Alameda”

2 “San Luis”

3 “Santa Paula-Santa Lucía”

5 “San Bartolomé”

9 “San Lorenzo-San Vicente”

9.1. “Los Humeros”

10 “Macarena”

12 “San Bernardo”

13 “Arenal”

13.2 “Plaza de Armas”

14 “Triana”

16 “San Julián-Cruz Roja”


17 “Trinidad”

18 “San Roque-La Florida”

21 “Prado de San Sebastián”

24 “El Porvenir”

25 “La Palmera”

27.2 “Histórico” del Conjunto Histórico. Entornos BIC.

El Catálogo del sector San Gil-Alameda como ejemplo. Cada Catálogo incluye un plano de ordenación ‘Edificaciones Monumentales’ en el que figura toda la información referente a los Bienes de Interés Cultural: Bienes declarados, incoados, propuestas de inscripción, etcétera. Asimismo se grafían los entornos cuando están delimitados en la declaración y se hace una propuesta de delimitación de los mismos en caso contrario

Este documento tiene por objeto analizar si los entornos de protección de
los Bienes de Interés Cultural situados en el Conjunto Histórico se encuentran
suficientemente regulados por el planeamiento urbanístico con normas específicas
de protección, complementando las mismas cuando sea necesario, a fin de solicitar
la delegación de competencias a favor del Ayuntamiento conforme a lo establecido
en el artículo 40 de la Ley 14/2007 de 26 de noviembre de Patrimonio Histórico de
Andalucía.

En concreto, se analizan aquellos sectores del Conjunto Histórico cuyo
planeamiento especial de protección (Planes Especiales o Catálogos) se aprobó al
amparo de la anterior Ley 1/1991 de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía (LPHA) que no contemplaba la delegación de competencias en los entornos de BIC. Debe
indicarse que los Sectores cuyo planeamiento especial de protección se ha aprobado bajo la vigente LPHA tienen delegadas a favor del Ayuntamiento las competencias en los entornos de BIC.

El instrumento de ordenación urbanística comprende un análisis pormenorizado del planeamiento de protección de cada uno de los sectores citados en lo que respecta a los entornos de BIC, que se concreta en un análisis de la planimetría, a fin de verificar si existe un plano de los BIC y sus entornos; de las Fichas de Catálogo de los BIC, para comprobar si en las mismas se contiene la definición gráfica de su entorno de protección y de las Ordenanzas, para ver si las mismas contienen una normativa específica de protección para las parcelas situadas en los entornos de BIC.

En los tres casos, de carecer el planeamiento de la documentación citada, se ha procedido a implementar la misma mediante el documento complementario de planeamiento que la Gerencia de Urbanismo está realizando.

Las modificaciones a introducir en los distintos documentos de planeamiento
de protección (Planes Especiales y Catálogos) van dirigidas únicamente a garantizar
la protección patrimonial de los BIC. Se trata de complementar el planeamiento
Especial de Protección aprobado con determinaciones referentes a la conservación,
protección y puesta en valor del patrimonio histórico.

La finalidad última del documento de planeamiento en redacción es solicitar la
delegación de competencias a favor del Ayuntamiento para autorizar obras y
actuaciones en los entornos de BIC en aquellos Planes Especiales y Catálogos
redactados con anterioridad a la vigente Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía,
de igual modo que ya se encuentran delegadas en los documentos aprobados al
amparo de la misma.

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