Urban Century 29 pide a Urbanismo un concurso de ideas sobre el Puesto de los Monos en la avenida de La Palmera

Alega que la propuesta de la empresa GS provocaría un agresivo impacto en la glorieta de México y que no debe tramitarse

La asociación sin ánimo de lucro Urban Century 29, formada por técnicos urbanistas y especializada en el análisis, protección del patrimonio arquitectónico y fiscalización de las politicas urbanísticas que se ejecutan en Sevilla, ha presentado ante la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento hispalense una alegación al Estudio de Ordenación propuesto por la empresa GS Building para el solar del antiguo restaurante Puesto de los Monos, en la confluencia de las avenidas Moliní y La Palmera. Pide, lisa y llanamente, su retirada y que sea la propia Gerencia la que tome la iniciativa para una auténtica mejora urbana de esta zona histórica de la ciudad, eje de la Exposición de 1929, cuyo centenario está en puertas.

La primera parte de la alegación es un interesante análisis de los efectos y defectos de la aplicación del vigente Plan de Ordenación Urbana (PGOU), que data de 2006, y del nuevo marco normativo general surgido en este tiempo, especialmente la LISTA, convertida en cajón de sastre para justificar todo tipo de proyectos de pretendida mejora urbana, análisis general sobre el que volveremos en otra ocasión.

En síntesis, Urban Century 29 denuncia que «no se puede seguir haciendo una gestión urbanística en Sevilla en la que los nuevos estudios de ordenación que se presentan en base a la LISTA -y con los que se pretende aprovechar los vacíos urbanos para incrementar la edificabilidad existente y en algún caso quitar algunas edificaciones ruinosas- no justifican una mejora urbana de por sí».

A juicio de la asociación, con el Estudio de Ordenación presentado por GS Building se incumplen varias normas de las ordenanzas del PGOU vigente de 2006, especialmente la aplicación del art. 6.1.3 ap 5,.que obliga a que cumpla con las Normas Particulares de cada Zona de Ordenanza.

La mole aterrazada con 45 viviendas de lujo proyectada por GS Building en el Puesto de los Monos

En este caso la normativa del PGOU vigente establece que esta parcela forma parte de la Avenida de la Palmera y por ello se considera que su uso es de Ciudad Jardin y por tanto con una edificabilidad equivalente a ella y no la que propone GS Building. «No se pueden permitir más atentados urbanísticos en La Palmera», afirma Urban Century.

Además, en el caso de este expediente lo que se plantea como delimitación es tan sólo la parcela nº 1 de la Avenida de Moliní. Al parecer se olvida que, en la parcela colindante, la Nº3 de la misma avenida, existe una gasolinera, para expender productos relacionados con los automóviles, y recientemente un quiosco de refrescos y golosinas realizado con chapa metálica. «Dejando esta parcela fuera de la delimitación de este Estudio de Ordenación es todavía más difícil que se pueda considerar la propuesta presentada como una mejora urbana», asevera la entidad alegante.

LA GLORIETA DE MÉXICO

Urban Century expone que si se analiza el espacio urbano al que da fachada esta parcela donde se ubicaba el antiguo Puesto de Los Monos, la Glorieta de México constituye un elemento urbano muy importante y de gran calidad, ya que define la transición entre el eje del Paseo de las Delicias y el comienzo de la Avenida de la Palmera, adonde dan fachada las parcelas Nº1 y 3 de la Avenida de Moliní.

El valor histórico y arquitectónico de esta glorieta es fácil de explicar ya que en la misma están situados tres pabellones de la Exposición Iberoamericana de 1929: México, Brasil y Colombia, los cuales quedan enmarcados por la denominada Casa Rosa y la actual Clínica de Fátima, que era una antigua vivienda unifamiliar de la arquitectura del Regionalismo.

Y continúa Urban Century destacando que el eje ortogonal al Paseo de las Delicias y a la Avenida de la Palmera que cruza por la glorieta de México también contiene edificaciones de gran valor histórico y arquitectónico. Es precisamente en la Avenida de Moliní hasta la glorieta del mismo nombre donde se ubican el Pabellón de Marruecos y el de la Marina hasta encuadrar la entrada al Puerto de Sevilla.

En el sentido contrario a este eje, pero cruzando también la glorieta de México, está la antigua Avenida de Eritaña, ahora llamada de la Guardia Civil. A este eje dan fachada la Casa Rosa y su Jardín, que es un elemento singular protegido en la Delimitación del Conjunto Histórico de Sevilla del Sector 23. Y termina en la Glorieta de Eritaña.

Plano catastral con los ejes que confluyen en la glorieta de México, a la que da fachada el solar del antiguo Puesto de los Monos, donde GS Building pretende construir 45 pisos de lujo

Vista aérea de la glorieta de México

Para Urban Century 29 es necesario que la GUMA tome la iniciativa como órgano superior y responsable del desarrollo urbanístico de Sevilla y que actúe pensando en la ciudad. Afirma que no sóolo debe ejercer un simple control de edificabilidad o de la normativa urbanística, sino también del desarrollo y del Paisaje Urbano de la ciudad de Sevilla.

Por ello, a su juicio se debería modificar la delimitación del área del Estudio de Ordenación propuesto incluyendo no sólo la parcela nº 1 que han presentado al Estudio de Ordenación y la finca nº 3 de la avenida de Moliní, e incluso la Rotonda de Moliní, tal como se indica en los planos que adjunta. «De esta forma -afirma- se podrá diseñar una solución paisajística que constituya una macla volumétrica y paisajística que cierre y solucione la situación actual de las medianeras vistas que aparecen de la Clínica de Fátima y de la Fundación Andaluza de Cultura, algo que ya ha ocurrido con la destrucción de la Palmera con las residencias de estudiantes».

La antigua clínica de Fátima, hoy hospital Viamed del mismo nombre

Según la asociación, el Estudio de OIrdenación de la parcela Nº 1 de la avenida Moliní que se ha sometido a información pública no justifica ningún tipo de mejora urbana, ni en su totalidad ni en ninguna de las partes que lo integran.

Subraya que propone una edificabilidad que no permite la normativa del PGOU vigente: «La propuesta, en caso de ser aprobada -asevera-, produciría un agresivo impacto visual en la glorieta de México, un espacio urbano de gran importancia».

Expone Urban Century 29 que el PGOU vigente fija una tipología de vivienda unifamiliar aislada con una edificabilidad máxima de 1.381 m2 pero que la propuesta no mantiene esa tipología y pretende edificar 5,300 m2, es decir más de un 300 % de edificabilidad, por lo que no cumple la normativa urbanística vigente.

Por otra parte, advierte que la situación de la parcela objeto del Estudio es colindante con una gasolinera «que tampoco cumple -afirma- con la normativa del PGOU, el cual exige, entre otras cosas, una plantación importante de una arboleda que no existe y que ni en la propuesta se cita».

Por las razones expuestas, Urban Century 29 considera que este proyecto no puede tramitarse y que en su lugar la Gerencia de Urbanismo «debe tomar la iniciativa para convocar un concurso de ideas sobre la forma de realizar un diseño de la edificación que cierre no sólo los edificios de las parcelas mencionadas, sino el diseño del paisaje urbano del área que se refleja en el plano catastral, de forma que el tratamiento del viario pueda tener un carácter más urbano».

«A la vista de esta breve descripción del valor histórico arquitectónico y paisajístico del tejido urbano donde se ubica la parcela nº 1 de la Avenida de Molini, objeto de este Estudio, nuestra propuesta es que no se puede seguir admitiendo que en esta ubicación, tal como ha venido ocurriendo en La Palmera, se permita un Estudio de Ordenación como los que se han venido aprobando por la GUMA, como si fuese en un área de la ciudad que no es necesario preservar de un impacto tan agresivo por el tipo de promoción y diseño que se propone», afirma Urban Century 29.

Y añade: «No se puede seguir cerrando los ojos ante propuestas urbanas y arquitectónicas como las que estamos viendo en esta ciudad; se está haciendo a trocitos sin ninguna planificación integradora que tenga en cuenta elementos tan importantes como son el mantenimiento del tejido y el paisaje urbano de la ciudad existente y la protección de los valores arquitectónicos, y no sóolo referidos a normas simples de carácter de disciplina. Lo hemos lamentado en la Avenida de la Palmera pero ya no debe repetirse más».

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