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Que Rafael Carmona se vaya a dormir a Heliópolis y compruebe así si el puerto cumple con su descarga nocturna de chatarra la normativa de ruidos

Vecinos de Heliópolis grabaron desde la avenida de la Raza un vídeo el pasado 22 de septiembre (2020) a la 1:49 de la madrugada en el que se demuestra el ruido que provoca la descarga de chatarra en muelles de la dársena del Batán del puerto de Sevilla, distante 500 metros de las viviendas del entorno:

Tiremos de hemeroteca. El pasado 26 de febrero, el presidente de la Autoridad Portuaria, Rafael Carmona, informó a los medios de comunicación sobre el mapa estratégico de ruidos portuario y su estudio acústico predictivo. Carmona declaró que la incidencia del ruido generado por la actividad portuaria se centra en el muelle de Tablada y su relación con los barrios de Reina Mercedes y Heliópolis, si bien según él las emisiones de ruido «se ajustan a los niveles de calidad acústica» y «no sobrepasan los límites estipulados en la materia».

Vista aérea del río con el puerto y en en ángulo inferior derecho, la zona de Heliópolis y Los Bermejales

Pues el mapa estratégico (¿?) de ruidos del puerto y su estudio acústico predictivo son tan poco fiables que no registran el efecto que también provocan en el barrio de Los Bermejales. Yo doy fe de que a la altura de la ciudad deportiva del Betis, distante nada menos que kilómetro y medio en línea recta de la dársena del Batán, se sufren durante las madrugadas los ruidos que genera el puerto. Si a kilómetro y medio se sufren las molestias de esta contaminación acústica que dificulta conciliar el sueño, cabe imaginar cómo serán los decibelios que tienen que soportar los vecinos de Reina Mercedes y de Heliópolis.

Volviendo a las declaraciones del pasado 26 de febrero, Carmona anunció que para mejorar la gestión del ruido ambiental, la Autoridad Portuaria «ya ha comenzado a aplicar un protocolo de actuación que impide cargar o descargar piezas de chatarra en horario nocturno en el muelle de Tablada. Además -añadió- la institución lleva a cabo una labor de información y concienciación entre los operadores portuarios, para que adapten su operativa a estos requerimientos».

Descarga de chatarra en el puerto de Sevilla

La autoridad portuaria de Rafael Carmona es poco o nada convincente; vamos, que sus palabras les entran a los operadores portuarios por un oído y les salen por el otro, ya que incumplen, como ha demostrado el vídeo grabado por los vecinos de Heliópolis cerca de las dos de la madrugada, ese supuesto protocolo que impide cargar o descargar piezas de chatarra en horario nocturno.

Y atención a la reacción de la Autoridad Portuaria a la denuncia vecinal, según recoge la prensa local: asegura que «el horario de carga y descarga de mercancías depende de las necesidades de clientes y de todos los agentes que intervienen en la logística, y de las mareas del estuario, que marcan la entrada y salida de buques y, por tanto, el horario de la operativa portuaria».

Más claro, agua. Al puerto le importa un pimiento el derecho al descanso de los vecinos de Heliópolis, La Raza y Los Bermejales, y su supuesto protocolo anti ruidos, que impedía teóricamente cargar o descargar piezas de chatarra en horario nocturno, es puro papel mojado, un estudio de cara a la galería incumplido cada madrugada porque el puerto, sus clientes y los operadores logísticos se rigen por sus propios intereses y por la marea. Entonces, señor Carmona, ¿para qué se gasta usted el dinero de los contribuyentes en un mapa estratégico de ruidos si en el puerto todo está condicionado a la pleamar y a la ZAL?

Item más, el puerto subraya que la dársena del Batán, en la que se produjo la estruendosa descarga de chatarra grabada y denunciada por los vecinos, «es un núcleo industrial y logístico potente, palanca de la economía sevillana y tiene un importante peso en el PIB provincial; y en esta zona industrial se encuentran radicadas importantes empresas creadoras de empleo y riqueza de la ciudad. En su entorno operan más de 200 empresas, con 23.000 empleados que diariamente acuden a sus instalaciones».

La respuesta no puede ser más demagógica. A mí me recuerda a la de mi época de estudiante en Huelva, cuando desde el Polo Químico se lanzaba el mensaje de que «la contaminación es el precio a pagar por el progreso». Decenios después, la misma mentalidad impera en el puerto de Sevilla con su presidente, Rafael Carmona, a la cabeza cuando viene a decir que la contaminación acústica que genera el puerto es el precio a pagar por los vecinos de La Raza, Heliópolis y Los Bermejales para mantener operativas todas esas empresas y esos 23.000 empleos. ¡Empleo, cuántos crímenes se cometen en tu nombre!

Rafael Carmona, en la tribuna del PP

Y lo mejor (es un sarcasmo) del caso es que el señor Carmona va «vendiendo» antes, ahora y después la imagen de un puerto «verde», regido por la sostenibilidad. ¡Qué verde ni qué verde! ¡Si Carmona dejó de ser verde el día que se pasó del PA (bandera verdiblanca de Andalucía) al PP (color azul gaviota)! ¿Cómo va a ser ecológico y verde un puerto que con su contaminación acústica no deja dormir por las madrugadas a la gente que habita a un kilómetro y medio a la redonda porque es menos importante su bienestar que el bolsillo de todos los que están implicados en la operativa portuaria?

Y no se olvide que los vecinos de Heliópolis, los hotelitos de la Exposición del 29, llegaron allí hace casi un siglo, antes que todas esas industrias que cita la Autoridad Portuaria. ¿Quién tiene que subordinarse a quién, los vecinos al puerto o el puerto a los vecinos? ¿Qué tiene prevalencia, el derecho de los vecinos al descanso o el de los comerciantes de chatarra a descargarla de madrugada porque así ganan más euros para sus bolsillos? ¿Está el puerto al servicio de Sevilla o Sevilla a las órdenes del puerto?

La solución es muy fácil: invertir los papeles. Sí, que los vecinos del entorno del puerto se vayan allí de madrugada a jugar con las grúas, y a tirar y arrastrar toneladas de chatarra y que previamente inviten a dormir en alguna buhardilla de Heliópolis a Rafael Carmona y a su lugarteniente Pulido, a ver si así, una madrugada tras otra sin pegar ojo, vuelven a soltar el rollo ese del puerto «verde y sostenible» que cumple la normativa ambiental que le es aplicable. O sea, la que aplican ellos conforme -y así lo han declarado con total impunidad- a los intereses de los operadores portuarios.

La otra calle del Infierno de Sevilla

Sevilla tiene una calle del Infierno oficial y otra oficiosa. La oficial es la de la Feria de Abril. Su nombre se debe al infierno de ruidos a la máxima potencia que tradicionalmente han emitido los cacharritos que allí se instalan y que convierten en otro infierno la vida de los vecinos del colindante barrio de Los Remedios, algunos de los cuales tienen que emigrar durante la semana festiva por no poder soportar tal agresión ambiental.

Afortunadamente, la asociación de padres de niños autistas logró en 2019 que el Ayuntamiento decretara una reducción del ruido de cuatro horas durante un día de la Feria de Abril en atención a la extrema sensibilidad de estos niños al impacto del ruido extremo.

Vista de la calle del Infierno en una Feria de Abril de Sevilla

Mientras en la calle oficial del Infierno se empieza a aminorar el ruido ambiental -la diversión en las atracciones no tiene por qué ser sinónimo de contaminación acústica-, en la otra calle del Infierno de Sevilla, que es la Ciudad Deportiva del Real Betis Balompié, hacen alarde de todo lo contrario. Allí, cada dos por tres el Betis organiza algún evento que acompaña de megafonía y música atronadoras para martirio de los colindantes vecinos de Los Bermejales y de Heliópolis.

El último suplicio acústico infligido por el club verdiblanco a su sufrido entorno ha sido con motivo de la Liga Genuine Santander, celebrada en su Ciudad Deportiva el 29 de febrero y el 1 de marzo de 2020 y en la que han participado 18 equipos compuestos por personas con algún tipo de discapacidad intelectual.

¿Necesitan estas personas para jugar al fútbol acompañamiento de música atronadora y de un vociferante “speaker” desde antes de las 9 de la mañana hasta al menos las 20 horas, como ocurrió el sábado 29 de febrero? ¡Once horas seguidas machacando los oídos de los jugadores, sus familiares y los pobrecitos vecinos de Los Bermejales y Heliópolis, sin que al club de las trece barras le preocupara lo más mínimo la situación de enfermos, niños y ancianos! ¿Hace falta que a los atronadores aporreos de los hinchas en los tambores, como en aquella sevillana rociera, se una por megafonía un coro permanente de decibelios rockeros y rumberos?

Ciudad Deportiva del Betis durante la Liga Genuine Santander

¿Mide alguna vez el Ayuntamiento el volumen de la megafonía de la infernal Ciudad Deportiva del Betis, a cuyos responsables les da igual que viva gente al lado? ¿Permitiría el gobierno de Espadas que otras entidades emitieran similar contaminación acústica que el Betis?

Dicen que en la Liga Genuine Santander no sólo se tienen en cuenta los resultados deportivos, sino también las actividades positivas que se realicen durante los partidos. Pues en tal caso al Betis hay que calificarlo con un enorme negativo, por este innecesario y reiterativo despliegue híper sónico, máxime ante personas que se supone son más sensibles al ruido como las que sufren algún tipo de discapacidad y, como ya es costumbre, para los residentes del entorno, sus pacientes  habituales.

Como los clubes de fútbol en esta ciudad tienen bula para todo, y a los antecedentes me remito, los vecinos de Los Bermejales y de Heliópolis tendrán que seguir soportando no sólo los excedentes de vehículos que no caben en el aparcamiento de Lagoh, sino también esta segunda calle del Infierno de Sevilla que es la Ciudad Deportiva del Betis ante la vista gorda y los oídos sordos del Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Sevilla actuará sobre el alumbrado para averiguar si influye en el nivel de ruidos

PATRÓN DE RESPUESTA

Se trata de determinar la reacción humana a ambos factores conjuntamente

ESTUDIO PILOTO

Durante medio año se ensayará en la calle Pureza y en la Plaza del Altozano

CONCLUSIONES

Se verá si regulando las farolas se puede reducir la contaminación acústica

 

La Agencia de la Energía y para la Sostenibilidad del Ayuntamiento de Sevilla, dependiente del Área de Economía, Comercio y Relaciones Institucionales, licitará a partir de un presupuesto básico de 18.114 euros (IVA incluido) un estudio para determinar si existe un patrón de respuesta al binomio contaminación acústica-contaminación lumínica, para actuar en consecuencia. El estudio recuerda en buena medida las técnicas aplicadas en las calles durante la pasada Madrugada para prevenir o reaccionar ante posibles episodios de pánico colectivo como los registrados a partir del año 2.000.

El objetivo declarado del Ayuntamiento es conseguir una mejora general en la ciudad, tanto en el plano energético como en el ambiental, de ahí que estime la necesidad de realizar un estudio piloto que permita conocer la relación entre el nivel de contaminación acústica, y el comportamiento humano en función del nivel de iluminación existente, con el fin de poder obtener pautas de comportamiento e intentar modular en un futuro los niveles sonoros mediante la regulación de la intensidad lumínica, siempre teniendo en cuenta una graduación lumínica que permita un mayor ahorro energético y que además cumpla con los umbrales que garanticen tanto la seguridad vial como la pública.

Para ello se analizará una zona de la ciudad elegida por su entorno y características no sólo urbanística sino de actividad humana , y siempre garantizando al mismo tiempo unos niveles óptimos de la iluminación exterior, que se pueda hacer extensivo a otras zonas de la ciudad. La zona piloto elegida ha sido la calle Pureza (tramo entre la parroquia de Santa Ana y el Altozano) y la Plaza del Altozano, en el barrio de Triana. El ámbito temporal será de seis meses, con el fin de poder analizar en diferentes circunstancias la correlación existente (fiestas primaverales, de verano y periodos sin eventos en la vía pública).

 

La finalidad fundamental es disponer de un análisis sobre la relación existente entre la contaminación acústica que sufre una determinada área (niveles de inmisión de ruidos existentes en vía pública) y los niveles de iluminación existentes.

 

PARÁMETROS DEL ESTUDIO

 

Para ello se realizará el presente estudio piloto, teniendo en cuenta  factores como los siguientes: obtención y recopilación de datos sobre niveles de inmisión de ruidos en la vía publica en los siguientes periodos en la zona de estudio reseñada :

 

-Semana Santa.

-Periodo de actividad normal (Semana en blanco, periodo de 7 días en el mes de Mayo o Junio en la que no se celebren eventos en vía pública).

-Periodo de celebración de la Velá de Santa Ana (21 a 26 de Julio, ambos inclusive).

-Periodo de actividad normal (Semana en blanco, periodo de 7 días en Septiembre en la que no se celebren eventos en la vía pública).

 

Obtención y recopilación de datos de los niveles de inmisión de ruidos, para los distintos periodos de estudio reseñados anteriormente, usando en el alumbrado público existente, luminarias con distintos tipos de intensidad lumínica y de temperatura de color.

 

Elaboración, a partir de los datos obtenidos, del informe relacionando los niveles de inmisión de ruidos con las luminarias existentes en los periodos objeto de estudio y el aforo.

 

Conclusiones del estudio y propuestas de mejora en el uso del alumbrado público existente a fin de minimizar los niveles de inmisión de ruidos.

 

Con el fin de poder generar estos escenarios de luminosidad y cromatismo diferenciados, habrá que actuar sobre las luminarias existentes, siempre de acuerdo con el departamento que ostente las competencias correspondientes, modificando puntualmente los niveles de luminosidad y temperatura de color. Todos los datos deberán ser recopilados en continuo y transmitidos vía inalámbrica tanto al centro de control correspondiente del Ayuntamiento de Sevilla, como, en su caso, al adjudicatario del contrato.

 

ESCENARIOS

 

El informe deberá contemplar los distintos niveles de contaminación acústica provocada por la actividad humana medida en tiempo real y comparado, siempre, con distintos escenarios de intensidad lumínica y cromática, con el fin, en un futuro de graduar el nivel de contaminación acústica a través del control de la luminosidad.

Para ello, a su vez, habrá que tener en cuenta el aforo existente en cada momento y distinguir las fuentes de contaminación acústica , ya sean del tráfico rodado o de otras actividades. De la gran cantidad de datos resultantes de las mediciones se efectuarán las oportunas comparaciones entre niveles de luminosidad, cromatismo, aforo y ruido que permitan obtener de ello mapas de ruido temporales así como propuestas de mejora y de futuro.

 

El resultado del informe deberá incorporar los oportunos planos con las medidas sonométricas comparadas con los niveles de luminosidad y cromatismo existentes, al menos, uno por cada periodo de estudio. Toda la información deberá estar georreferenciada y ser compatible con la infraestructura de datos espaciales (IDE) del Ayuntamiento de Sevilla.

El Gobierno indulta al dueño del bar “El Coyote”, condenado a cuatro años por “ruidos intolerables”

El Boletín Oficial del Estado del pasado 2 de enero de 2017 publicó un Real Decreto del Ministerio de Justicia por el que se concede el indulto a Gabriel Baños Paisano, uno de los dueños del bar “El Coyote”, de Dos Hermanas, que el 9 de marzo de 2012 fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla como autor de un delito de contaminación acústica a la pena de cuatro años y un día de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión u oficio relacionados con la explotación de negocios de hostelería. La pena fue confirmada posteriormente por el Tribunal Supremo, que rechazó el recurso interpuesto.


La Sala Séptima de la Audiencia Provincial consideró probado que, desde agosto de 2007 y hasta mayo de 2008, Gabriel Baños Piasano y Sara B.M. ponían la música en su bar ‘El Coyote’ «a diario en horario nocturno y, en especial, durante las madrugadas de todos los fines de semana». El volumen «notoriamente excesivo» de la música ocasionó «ruidos intolerables» en el interior de las casas de algunos vecinos, pero a pesar de que los imputados «conocían las graves molestias» que «continuadamente» causaban a los vecinos, «quienes les mostraban sus quejas a causa del ruido nocturno procedente del bar», los acusados «volvían a conectar la música tras la marcha de los agentes de la Policía Local» que acudían al lugar de madrugada a realizar inspecciones.

Así, los agentes realizaron hasta diez inspecciones en las que comprobaron «el exceso de ruido» e incluso las medidas puestas por los acusados «para no ser descubiertos». La sentencia recoge que incluso el Ayuntamiento de la localidad abrió al bar un expediente sancionador una vez «comprobados los ruidos abusivos», todo lo cual llevó a que el 14 de diciembre de 2007 el Consistorio ordenara como medida provisional el precinto del foco emisor de ruidos, lo que fue notificado al procesado. Posteriormente, el 14 de enero de 2008 y «tras comprobar el excesivo acústico y el relatado incumplimiento de las resoluciones del Ayuntamiento», éste ordenó la suspensión de la actividad del bar, lo que también fue notificado al acusado, a pesar de lo cual ni él ni la procesada «atendieron nunca los requerimientos» del Ayuntamiento.

BURLA A LA POLICÍA

Los agentes, por su parte, comprobaron que para «burlar» la orden de 14 de diciembre de 2007 los acusados, «si bien mantenían el precinto de reproductor de música y el limitador de sonido, habían conectado un ordenador y un televisor a un amplificador para emitir música a elevado volumen sin pasar por el limitador». A pesar de las reiteradas inspecciones de los policías, que llegaron a precintar el aparato de música y a ordenar la suspensión de la actividad del bar, los agentes constataron el 14 de mayo de 2008 que, «abierto el bar, el precintado y la orden de cierre estaban tirados en el suelo», por lo que volvieron a precintar el establecimiento delante del acusado.

La Audiencia señala que los vecinos de las viviendas aledañas «se han visto» durante este periodo de tiempo expuestos «reiteradamente» a ruidos que, «por su frecuencia, intensidad, duración, falta de control sobre la fuente y sonoridad han afectado gravemente a su sosiego, descanso nocturno y conducta».

En el juicio, una psicóloga «fue categórica» al señalar que una de las vecinas afectadas «presentaba malestar emocional, depresión y hostilidad por síntomas que incluyen vivencias disfóricas, de desánimo, impotencia, falta de energía, así como ideas destructivas, alteraciones del sueño y del apetito», resaltando que a pesar de que los ruidos cesaron en mayo de 2008, esta vecina aún sufría todos estos síntomas en noviembre de 2010.

El acusado, por su parte, denunció error en la valoración de la prueba, pero el Tribunal Supremo le recordó posteriormente  que «casi 20 testigos, funcionarios municipales y peritos han declarado sobre las mediciones, precintos y su retirada», añadiendo que ambos acusados «fueron advertidos en reiteradas ocasiones y se giraron visitas de inspección con precintos de la actividad que fueron desobedecidas».

El acusado negó en su recurso, igualmente, que la música superara los decibelios permitidos, punto en el que el Supremo señala que «el relato fáctico refiere que las mediciones efectuadas por los técnicos y la Policía competente en la materia superaban las medidas consideradas como emisión permitida», así como la indebida aplicación del delito que se imputaba.

Sin consenso ni sobre el ruido

La reina Fabiola, una aristócrata española que accedió al trono del país centroeuropeo tras su matrimonio con el rey Balduino, acudió en cierta ocasión de visita a una residencia de la Tercera Edad que el Gobierno de su país adoptivo había habilitado para albergar a personas sin recursos, entre ellas muchos emigrantes que durante la posguerra contribuyeron con su trabajo a la reconstrucción de la nación.

La reina fue visitando las estancias donde los jubilados mataban el tiempo de distintas y tranquilas maneras, pero al salir de una de ellas se le oyó exclamar:

-¡Estos ruidosos españoles!

Fabiola de Mora y Aragón llevaba ya tantos años en Bélgica -ha sido reina consorte durante más de tres decenios- que su oído, habituado a la plácida forma de vida de los belgas, ya no soporta el elevado tono de voz y los decibelios emitidos por sus compatriotas de origen cuando se divierten.

REGULAR LA VIDA

La anécdota revela una de las características por las que se nos identifica a los españoles y más aún a los meridionales como los sevillanos y andaluces: ruidosos a fuer de alegres por festejar una vida en gran parte desarrollada en el exterior gracias a un clima donde el frío y la nieve son la excepción en vez de la norma, como en la Europa central y nórdica.

Por éso no es de extrañar que el afán del Ayuntamiento por regular la emisión de ruido mediante una Ordenanza ‘contra la contaminación acústica, ruidos y vibraciones’ se haya convertido en el más polémico del trienio del mandato de Zoido, ya que en el fondo equivale a un intento de regular la vida cotidiana de los sevillanos.

La Ordenanza, finalmente aprobada en el último Pleno con únicamente los votos favorables de la mayoría del PP, sin consenso político y con una fuerte contestación de colectivos ciudadanos y de sectores económicos -unos, por defecto; otros, por exceso- ha provocado la presentación de una cifra inusual de alegaciones, nada menos que mil, que ocupan siete tomos.

Se han registrado alegaciones (42) hasta de los técnicos de la propia Delegación de Medio Ambiente, encargada junto con la Policía Local de velar por su cumplimiento, sin contar las presentadas por la patronal CES, los hosteleros, cofradías, sindicatos, comunidades de propietarios, asociaciones en defensa del derecho al descanso….

El gobierno municipal ha redactado unos 400 folios en contestación a los escritos presentados y admitido 400 de las 1.000 alegaciones. Como dice en el preámbulo del texto, ha intentado conciliar “esos intereses a veces contradictorios”, pero por la división generada ese intento de solución salomónica no ha contentado ni a tirios ni a troyanos, que es lo que suele ocurrir con las soluciones a medias.

ORDINARIO Y EXTRAORDINARIO

Estas Ordenanzas llegan a regular, a veces hasta el exceso, las actividades ordinarias incluso de la vida doméstica y económica, pero en contraste son permisivas con las actividades extraordinarias, a las que no se impone límite de ruido: Semana Santa, Feria, ‘velás’, romería del Rocío, fiestas navideñas, Cabalgata de Reyes…. El texto es, pues, maximalista y minimalista e incurre en contradicciones por alternar el exceso con el defecto de celo.

A título de ejemplo, incluye una prohibición que habría hecho feliz a la reina Fabiola de Bélgica: la de jugar al dominó, los dados y cualquier otro, digamos, deporte de mesa cuya práctica genere ruido. La prohibición se antoja maximalista, ya que en todo caso se podría haber actuado de forma conjunta con las federaciones de jugadores existentes para educar a éstos a depositar las fichas del dominó sobre la mesa en vez de golpearla y/o haber impuesto la obligación de disputar las partidas sobre tapetes amortiguadores del ruido, como se ha dispuesto para las patas de las sillas metálicas de los bares a fin de que no causen contaminación acústica cuando se las arrastre.

Al Ayuntamiento, sin embargo, no se la ha ocurrido prohibir las sillas de bares y terrazas porque forman parte de una actividad económica muy rentable para sus arcas (los más de 10.000 veladores que ha autorizado le generan unos ingresos de entre 2,5 y 3 millones de euros/año en tasas); ni tampoco el fútbol pese al griterío ensordecedor de las hinchadas del Sevilla F.C. y el Betis cuando animan a sus equipos y/o cantan sus goles, a pesar de que emiten muchos más decibelios -y se dejan oír en buena parte de la ciudad- que una simple partida de dominó en una peña de jubilados.

Esta antítesis maximalismo/minimalismo en función de los intereses que haya por medio es uno de los rasgos que más se reprochan al gobierno municipal, el cual también parece ignorar que en toda España hay un millón de jugadores de dominó, muchos más que de fútbol, por lo que esta prohibición aparentemente insignificante puede acabar provocándole un quebradero de cabeza electoral.

BUENAS INTENCIONES

Si se lee detenidamente la Ordenanza, plagada de buenas intenciones, es difícil no suscribir muchos de sus puntos, encaminados a acabar con o mitigar el ruido al que nos hemos condenado a acostumbrarnos, a nuestro pesar, por nuestra falta de civismo pero que sería evitable con un poco de educación y sin necesidad de las medidas coercitivas contempladas en el texto: coches-discoteca, barriles de cerveza arrastrados por el suelo en vez de ser transportados en carretillas de mano, vendedores ambulantes pregonando su mercancía o sus servicios con megafonía a toda pastilla, perros sin bozal dejados solos ladrando en los balcones, macro pantallas de televisión en el exterior de los bares amplificando el volumen del partido de fútbol estrella de la jornada liguera, el choque de las bombonas para avisar de que ha llegado el camión del butano….

Ahora bien, frente a esta regulación de los focos emisores de ruido en la vida ordinaria del común de los sevillanos, el Ayuntamiento se muestra mucho más laxo, con la típica y tópica coartada de la creación de puestos de trabajo, cuando hay intereses económicos de por medio. Así, el gobierno municipal autoriza (artículo 12) la apertura de locales con música siempre que se radiquen en un edificio con parcela catastral distinta del colindante de uso de vivienda, existan sistemas estructurales distintos en ambas parcelas y no se ubiquen en Zona Acústica Saturada. A juicio de la Plataforma por el Derecho al Descanso y de Juristas contra el Ruido, este artículo puede suponer un coladero que acabe provocando numerosos conflictos, por cuanto permitirá que se instalen al lado de bloques habitados desde academias de baile a cualquier otro negocio emisor de música.

A OJO

Otro punto de gran controversia es el que faculta a la Policía Municipal a imponer sanciones por contaminación acústica cuando a juicio de los agentes se perciban unos niveles inaceptables de ruido. ¿Y cuáles son esos niveles y cómo se miden? No hay obligación de medir de forma objetiva con un sonómetro y comprobar si el volumen de decibelios se atiene a la normativa. Todo queda al arbitrio del policía de turno y del grado de sensibilidad de su oído, que puede ser hipersensible o lo contrario. Salvando las distancias, es como si Tráfico impusiera las sanciones por exceso de velocidad a los conductores no ateniéndose a lo que marque un radar, sino a la estimación a ojo de los agentes.

El texto, pues, era perfectible y el Ayuntamiento podría haber hecho un mayor esfuerzo en su mejora y en el  logro de un mayor grado de consenso, un equilibrio entre el razonable interés en fomentar la actividad económica y el legítimo derecho de los ciudadanos a disfrutar del medio ambiente, reconocido por la Constitución.

El problema de fondo de este tipo de bienintencionadas Ordenanzas es la voluntad política y la disposición de medios para aplicarlas. Al tiempo de la aprobación de esta última se conocía la querella presentada por un ciudadano ante la Fiscalía contra una terraza que usaba hasta los árboles del Parque para colgar altavoces, sin que las denuncias presentadas previamente ante el Ayuntamiento hubieran surtido efecto alguno. Y son infinidad las quejas aparecidas en la prensa y/o elevadas al Defensor del Pueblo por la pasividad municipal a la hora de atender las quejas por contaminación acústica, al margen de que por los recortes no hay personal suficiente en turno de noche para calibrar denuncia alguna.

El propio alcalde ha declarado tras la aprobación de la Ordenanza que van a seguir trabajando para lograr “el máximo consenso posible”. ¿No habría sido más lógico haber actuado al revés: lograr primero el consenso para después aprobar la Ordenanza? Una vez aprobado el texto ya no tiene sentido hablar de consenso, cuando en realidad se ha aplicado el rodillo de la mayoría absoluta.