Carreteras resolverá el contrato para redefinir el gálibo de la SE-40 sobre el río Guadalquivir

Fue adjudicado el 31 de enero de 2022 a la consultora Siport XXI

La definición del gálibo que deberá tener la autovía SE-40 sobre el río Guadalquivir en el tramo Dos Hermanas-Coria del Río tendrá que seguir esperando, ya que la Dirección General de Carreteras ha adoptado la decisión de resolver el contrato adjudicado en tal sentido. El tema, pues, vuelve al casillero de salida cuatro meses después, no se sabe si por (in)cumplimiento de alguna condición o porque la solución del túnel, la acordada en su día y actualmente paralizada, vuelve a ganar enteros en el seno del Ministerio de Transportes.

La Dirección General de Carreteras, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana -cuya titular es Raquel Sánchez-, adjudicó el pasado 31 de enero (2022) un contrato denominado ‘Redacción de un informe sobre el gálibo de la autovía SE-40 sobre el río Guadalquivir en el tramo Dos Hermanas-Coria del Río’.

El gálibo puede definirse como la altura que queda libre entre el tablero de un puente y el nivel del agua, de ahí que cuando el Ministerio de Transportes emplea el término «gálibo» en un contrato está refiriéndose implícitamente a un puente y no, obviamente, a un túnel vinculado a la SE-40.

El contrato fue adjudicado a la consultora Siport XXI S.L. por 14.900 euros (IVA, aparte) y con un plazo de ejecución de dos meses, por lo que debía estar terminado el 31 de marzo.

Tras una demanda de información al respecto, el director general de Carreteras, Javier Herrero Lizano, me ha contestado textualmente en los siguientes términos: «El informe de Siport XXI no lo tenemos debido a (que) se va a proceder a la resolución del contrato».

El director general de Carreteras, Javier Herrero, señalando el tramo de la SE-40 sobre el río

Según la consultora jurídica internacional Wolters Kluwer, «la resolución es una forma de dejar sin efecto un contrato, a la que caracteriza la causa que la determina: el cumplimiento de una condición resolutoria. Los contratos pueden someterse a una condición resolutoria, en cuyo caso, si ésta se cumple, deja de producir efectos y se resuelve».

Hipótesis sobre posibles gálibos y pendientes en un puente para el cruce del Guadalquivir

El director general de Carreteras no ha sido más explícito sobre las razones de esta decisión, aunque en mi opinión no procedía la realización de un informe específico y aparte sobre este tema, ya que en el estudio de impacto ambiental licitado por el Ministerio de Transportes el 15 de diciembre de 2020 se especificó que el adjudicatario del mismo debía definir diversas alternativas de pendientes y rampas, diferentes velocidades de proyecto, diferentes gálibos, el cumplimiento de las distancias de visibilidad en cada caso, las condiciones de seguridad, etcétera.

Es decir, teóricamente el informe sobre el gálibo debe estar incluido en el que redacte la UTE Ayesa-Fhecor sobre las opciones puente o túnel para el cruce del río por la SE-40.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *