Un documento municipal reconoce de forma implícita que se podría decretar una moratoria turística mediante una modificación del PGOU

Subraya que la diferencia con el Decreto sobre Vivienda de la Junta es que éste permite la limitación de forma inmediata

El gobierno local ha compilado en un dossier de casi 300 páginas todos los trámites seguidos para elaborar la propuesta de limitación de viviendas turísticas en Sevilla capital. En el mismo, Espacio Común Coop, el estudio que redactó por encargo de Emvisesa el informe técnico en que se basó aquélla, explica el porqué de la ratio del 10% y admite implícitamente que sería posible recurrir al planeamiento urbanístico para lograr el mismo objetivo.

La Gerencia de Urbanismo encargó a Espacio Común Coop que argumentara una respuesta a la alegación presentada en su día por la asociación La Revuelta. Ese estudio, experto en temas de vivienda y urbanismo, expuso en uno de sus razonamientos que el Decreto de Vivienda de la Junta de Andalucía es «una oportunidad única porque permite de forma novedosa que los ayuntamientos apliquen esa limitación de forma inmediata sobre las VUTs (viviendas de uso turístico) siempre que la propuesta de limitación sea proporcionada y que obedezca a criterios claros, inequívocos y objetivos».

Lo más significativo es lo que añade a continuación: «Ajena, por tanto, a los plazos de formulación y aprobación de un documento urbanístico de mayor calado y plazo de aplicación, respetando que se le dé la debida publicidad con anterioridad a su aplicación».

Ese documento urbanístico de mayor calado no puede ser más que una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, como permite la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), según vimos en un informe anterior.

Plan General de Ordenación Urbana de Sevilla

En cuanto a la determinación del porcentaje a partir del cual se ha considerado -en el informe elaborado para Emvisesa que ha servido para la propuesta del gobierno- la Zona de Decrecimiento de viviendas de uso turístico, en respuesta a otra alegación Espacio Común Coop explica que la misma se realiza en base a los siguientes criterios «claros, inequívocos y objetivos, de conformidad a lo establecido en el artículo 2.2, del Decreto 31/2024, de 29 de enero, por el que se modifican diversas disposiciones en materia de viviendas de uso turístico, establecimientos de apartamentos turísticos y hoteleros de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1.-Se han seleccionado los barrios de la ciudad con una Presión Turística Residencial Registrada (PTRR) superior al 5%, dado que es la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía la que habilita el ejercicio de las viviendas de uso turístico y por tanto es teóricamente posible que puedan entrar en carga de forma simultánea. De ahí han resultado un total de 14 barrios, que se han ordenado en orden descendente, de mayor a menor Presión Turística Residencial Registrada (PTRR).

2.-Se ha extractado la selección de atributos correspondientes a dichos barrios en relación a una batería de 10 indicadores seleccionados a partir de los analizados en el informe y, por tanto, correlacionados con la presión turística residencial.

3.-De la lectura multivariable entre los diferentes indicadores y los respectivos barrios caracterizados por una Presión Turística Residencial Registrada (PTRR) superior al 10% presentan valores respecto a las diferentes métricas referidas superiores a los valores medios. Es por lo expuesto que se estima que procede a la referida determinación en relación a ese porcentaje del 10.

Y en otro punto del dossier de Urbanismo, Espacio Común Coop afirma: «En cuanto al requerimiento del tratamiento diferenciado por barrios, debido a unas u otras cualidades diferenciadoras de los mismos, entendemos que los barrios hay que tratarlos de la misma forma, porque la limitación debe ser igualitaria y no discriminatoria. Aplicar diferentes criterios a diferentes barrios no lo sería«.

Juan de la Rosa, delegado de Urbanismo

Atención, porque estos párrafos son a los que se ha agarrado de forma sistemática el gobierno local para argumentar que no se podía bajar la ratio del 10% de viviendas de uso turístico y que además había que aplicarla y con los mismos criterios por igual, de forma que en el conjunto de la ciudad todavía serían autorizables más de 23.000 viviendas turísticas aunque se desborden en el Casco Antiguo.

Sin embargo, con la propuesta que llevará este miércoles al Consejo de Gerencia en el sentido de aceptar una revisión en función de tan sólo tres criterios y allí donde predominen, como son la existencia de zonas acústicamente saturadas, el carácter patrimonial y el esfuerzo familiar para la compra o alquiler de una vivienda, el equipo de Sanz tumba definitivamente ese principio general establecido en el estudio de Espacio Común para Emvisesa, según el cual aplicar diferentes criterios a diferentes barrios supondría una limitación de viviendas turísticas discriminatoria.

Finalmente, pues, el gobierno se ha quedado sin el argumento de que no se puede decretar una moratoria general de viviendas turísticas (no por el Decreto de Viviendas de la Junta pero sí mediante una modificación del PGOU basada en la LISTA) y de que no se pueden establecer excepciones a la ratio general del 10%.

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