Se podrán legalizar o construir un máximo de 420 viviendas
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla celebrado este jueves (21 noviembre 2024) ha aprobado el documento definitivo de la Ordenanza de Edificación de la barriada de El Gordillo, herramienta urbanística gracias a la cual será posible que, según el gobierno local, «casi 400 familias regularicen y legalicen» sus viviendas y construcciones. El delegado de Urbanismo, el popular Juan de la Rosa, ha explicado que este instrumento de planificación está destinado a «dotar a la zona» de El Gordillo de normas «específicas» de urbanismo «en tanto se solventa» el Plan especial de Reforma Interior de este entorno que estipula el vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2006. Esta operación transitoria, según ha señalado, está amparada por la Ley 7/2021 de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía y da respuesta a «una reivindicación histórica» de los vecinos de El Gordillo, que se remonta «a 2006», año de entrada en vigor del PGOU.
El asentamiento del Gordillo, surgido como colonización de suelos hasta ese
momento agrícolas, fue loteado descontroladamente en parcelas, dando lugar a
un paisaje rural muy fragmentado. Tras las transformaciones experimentadas a
lo largo de décadas por efecto de un plan general, de varias actuaciones de
mejora urbana y de la actividad constructiva, El Gordillo supone uno de estos
enclaves en el que la clasificación como suelo urbano no consolidado otorgada
por el Plan General de 2006 responde a la necesidad de asumir la
irreversibilidad del proceso de transformación del medio rural, pero disponiendo
las herramientas necesarias para su adecuación tanto al planeamiento como al
medio en el que se enclava.
Con esta finalidad, el Plan General vigente delimita y define el área de reforma
interior del Suelo Urbano No Consolidado ARI-DMN-06 EL GORDILLO, a
desarrollar mediante Plan Especial, donde engloba los suelos ocupados en un
Área de Transferencia de Aprovechamiento (ATA) y destina una unidad de
ejecución (UE) para los suelos actualmente vacantes localizados al noroeste
del ámbito.
La incorporación de estos usos residenciales necesita un tratamiento especial
donde la urbanización, la organización del espacio público, la ocupación del
suelo y las tipologías arquitectónicas remitan a la imagen rural sin renunciar a
los estándares de urbanización y dotacionales. La complejidad de la gestión por
la diversidad de situaciones existentes ha dilatado en el tiempo esta actuación,
provocando tensiones entre el imparable empuje edificatorio del sector y la falta
de regulación urbanística.
Al objeto de aclarar la incertidumbre vecinal y relajar la tensión disciplinaria, y
mientras se elabora el documento de Plan de Reforma Interior, el Servicio de
Planeamiento y Desarrollo Urbanístico de la Gerencia de Urbanismo y Medio
Ambiente acomete la redacción de unas Ordenanzas de Edificación para este
sector.
El Plan General pretende diversificar los usos y cualificar el sector definiendo
una nueva estructura urbanística donde queden insertos los núcleos existentes sin
aumentar la presión sobre el medio físico. La incorporación de ciertas tipologías
residenciales, como la casa-huerta, necesita un tratamiento especial donde la
urbanización, la organización del espacio público, la ocupación del suelo y las
tipologías arquitectónicas remitan a la imagen rural sin dejar atrás el cumplimiento
de los estándares de urbanización y dotacionales que priman en la ciudad.
Ubicación de la barriada El Gordillo dentro del término municipal de Sevilla
Los estudios previos del documento de planeamiento ponen de manifiesto la
complejidad de su desarrollo debido a las condiciones de su parcelario, la
considerable presencia de afecciones sectoriales, la diversidad de usos, las
condiciones sociales e intereses de la población, la tensión del empuje edificatorio
del sector, la falta de regulación urbanística y la ineludible labor disciplinaria.
La Ordenanza se circunscribe al ámbito del Área de Transferencia de
Aprovechamiento incluido en el sector de Suelo Urbano no Consolidado ARI-DMN-
06 EL GORDILLO. La totalidad del suelo registrado en el Catastro y ordenado tiene una superficie de 253.197 m2. Se han incluido las parcelas totales situadas al norte del
sector que inicialmente sólo estaban contenidas parcialmente en la delimitación por
lo que el ámbito de la Ordenanza tiene una superficie total de 284.550 m2.
Tiene como objeto regular las condiciones de uso, parcelación, ocupación,
posición, forma y edificabilidad para la obtención de autorización urbanística.
Las ocho manzanas que componen la barriada rural
Las condiciones de ordenación establecidas atienden tanto a los aspectos
cuantitativos y cualitativos de la edificación como al régimen de uso de las parcelas
calificadas como vivienda unifamiliar de acuerdo a lo previsto en la correspondiente
ficha del PGOU y reflejado en el plano de usos incluido en las ordenanzas.
La edificabilidad distribuida es de 62.201 m2t que se ajusta a la edificabilidad
bruta máxima de 0,22 m2t/m2s establecida en la ficha del PGOU. El número de viviendas resultante es de 412 viviendas posibilitando las ordenanzas las viviendas bifamiliares en parcelas de superficie resultante superior a 1.000 m2 hasta completar el máximo de 420 viviendas establecido por el PGOU.
El uso es el residencial en tipología de vivienda unifamiliar y la altura máxima de la edificación es 2 plantas.
Las condiciones de edificación establecidas con objeto de habilitar las actuaciones urbanísticas en el ámbito, no alteran el aprovechamiento urbanístico ni el destino del suelo establecidos en los instrumentos de ordenación urbanística, ni contradice las determinaciones establecidas en los mismos. La barriada se distribuye en ocho manzanas.
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