Primer caso en Sevilla de viviendas turísticas reconvertidas a familiares

La Gerencia de Urbanismo autoriza el cambio de uso de dos VUT sitas en el distrito Este

Como en el aforismo periodístico sobre el hombre y el perro, en materia de vivienda ya ha dejado de ser noticia el elevado número de inscripciones en el Registro oficial de la Consejería de Turismo para darlas de alta en calidad de viviendas de uso turístico (VUT). Lo insólito en Sevilla es el caso contrario, y se ha producido en el distrito Este: viviendas turísticas que se reconvierten en residenciales para uso familiar.

La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, cuyo titular es Fernando Vázquez Marín, aprobó a finales del mes de marzo (2025) la concesión de licencia de obras de reforma menor para la adecuación de dos viviendas de uso turístico (VUT) situadas en antiguos locales existentes en la planta baja de un edificio de la calle Sendai (barrio de Colores/Entreparques, en el distrito Este) al uso residencial de dos viviendas, según documento técnico carente de visado y con fecha de entrada en Registro 10 de febrero de 2025, redactado y bajo dirección técnica de arquitecto.

Vista de la calle Sendai, en el distrito Este

El cambio de uso de turístico a residencial llama la atención porque según el documento técnico ‘Informe impacto vivienda turística’, redactado por Espacio Común Coop para Emvisesa en marzo de 2024 y que sirvió de base para que el Ayuntamiento aprobara el pasado 17 de octubre la limitación al 10% de las residenciales en cada barrio de las VUT, por término medio el alquiler de una vivienda para uso turístico en Sevilla ofrece una rentabilidad anual de 34.286 euros, frente a 7.800 en caso de que esa vivienda se destinara a un alquiler tradicional a largo plazo: 4,3 veces más.

«Esta alta rentabilidad -puede leerse en el informe encargado por Emvisesa- hace mucho más atractivo este uso, y tiene como consecuencia que las personas propietarias de vivienda que tienen dichos inmuebles en alquiler convencional acaben destinando su vivienda a VUT, ya que obtendrán unos mayores beneficios».

EN SENTIDO CONTRARIO

Por otra parte, y siguiendo la tónica habitual, la Gerencia aprobó la concesión de licencia de obra de acondicionamiento, consistentes en sustitución de la escalera, instalación de ascensor, redistribución interior y cambio de uso de residencial a terciario (hotelero, cuatro apartamentos turísticos), según proyecto básico y documentación complementaria presentados en el Registro con fechas 15.05.2024 y 23.12.2024, redactado y bajo dirección técnica de arquitecto en el número 21 de la calle Bailén.

Inmueble de la calle Albareda donde se proyectan 46 apartamentos turísticos

Otro acuerdo llamativo de la Gerencia de Urbanismo ha sido el sentido positivo y el archivo de las actuaciones en el procedimiento de calificación ambiental para la actividad de 46 apartamentos turísticos en el número 18 de la calle Albareda, en pleno corazón de la ciudad.

Este inmueble ha estado ocupado en los últimos años por unas oficinas de la Agencia Tributaria y de la Intervención General de la Junta de Andalucía, que pagaba del orden de 700.000 euros anuales a la empresa Kyrene por el alquiler del mismo más el del número 11 de la calle Rosario.

Además, Urbanismo ha concedido la calificación ambiental para la actividad de apartamentos turísticos en el número 85 de la calle San Vicente.

Un comentario en “Primer caso en Sevilla de viviendas turísticas reconvertidas a familiares

  1. Rosie the Riveter

    Lo de que en prácticamente toda la acera izquierda de la calle Bailén desde el Hotel Colón hasta San Pedro Mártir hayan desaparecido las viviendas para ser sustituidas por hostels y apartamentos turísticos, que se unen a los hoteles y pensiones que ya existían, es tremendo. Una muestra más de la dejadez -o complicidad- de este ayuntamiento, que socava incluso la viabilidad de la ordenanza limitadora de las VUT aprobada en octubre. Porque ningún sentido tiene que se limite este tipo de alojamiento turístico invocando la preservación de la residencialidad mientras la GMU facilita la transformación de edificios completos de viviendas en apartamentos y hoteles. Qué envidia dan otros ayuntamientos y otras CCAA donde estos temas se toman en serio. Para ver lo que se hace en otros lugares, qué limites imponen los tribunales y. cómo, a pesar de ello, hay margen para intervenir, recomiendo este trabajo, que vale tanto para el estudio de medidas que equilibren los usos turísticos como el monocultivo sin control de actividades de hostelería y restauración https://www.revistasmarcialpons.es/revistaderechopublico/article/view/gimeno-fomento-y-restriccion-de-usos-planteamiento-urbanistico

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