La parte contratante

La portavoz sufrió un freudiano ‘lapsus linguae’ al decir que Giralda Tv sólo es legal desde que hace días emite en digital. Como quien hace la ley o la interpreta hace la trampa, alega que la TV marchenera no era ilegal, sino que su  situación era “alegal y transitoria” cuando tomó “prestada” durante 6 meses (esto no es transitoriedad, sino contumacia) la frecuencia de una empresa embargada por deber  600.000 euros a la Seguridad Social y cuyos trabajadores acabaron en la calle previa huelga por impago de salarios. La ley impide a una Administración contratar con morosos, pero el Ayuntamiento se escudó en otra argucia. Se creó una empresa interpuesta, con la morosa de accionista (¿para eso sí tenía dinero?), y así la Montaño mantuvo que contrató no con la segunda, sino con la primera. Cuando Groucho Marx dijo aquello de “¿por qué no hacemos que la primera parte de la segunda parte contratante sea la segunda parte de la primera parte?”, nunca pudo imaginarse que iba a servir de inspiración a un Ayuntamiento como el de Sevilla. Será porque es de risa.

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