El año hidrológico 22/23 concluye dejando los embalses que abastecen a Sevilla en situación de declarar la emergencia por sequía

El volumen de agua para activar la emergencia es de 221 hm3 y sólo quedan 195,8 hm3

El año hidrológico comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023 ha concluido dejando 67,097 hm3 menos de agua en el conjunto de los seis pantanos (Aracena, Zufre, Minilla, Gergal, Melonares y Cala) que a través de Emasesa abastecen a Sevilla capital y parte de su área metropolitana. En los últimos doce meses se ha pasado de casi 263 hm3 embalsados a casi 196 hm3, por lo que el conjunto de estos seis embalses sólo almacenan menos de un tercio (30,54%) de su capacidad total.

El año hidrológico comenzó en octubre de 2022 con la inmediata activación del estado de alerta por sequía, ya que los apenas 263 hm3 de agua embalsados entonces quedaron por debajo de los 268 hm3 marcados en el Plan de Emergencia ante situaciones de Sequía para la declaración de dicho estado.

Ello implicó la prohibición del uso de agua potable para el riego y baldeo de calles, plazas o recintos públicos o privados, zonas verdes o jardines, llenado de piscinas, fuentes para consumo humano que no dispongan de elemento automático de cierre y limpieza de vehículos, entre otras, a los casi 1,1 millones de habitantes de los once municipios (entre ellos los tres más poblados, Sevilla, Dos Hermanas y Alcalá de Guadaíra) abastecidos por Emasesa.

Un año después, con 67 hm3 menos en los pantanos, nos hallamos en la misma (aunque peor) situación de tener que aplicar de nuevo el Plan de Sequía para pasar a la siguiente fase: la declaración del estado de emergencia, ya que las reservas de agua han caído por debajo del umbral de los 221 hm3 fijados, al situarse en 195,8 hm3.

Sin el pantano de Melonares, muy cuestionado en su día y también durante todos estos años por sectores que no lo consideraron necesario pero que no previeron una sequía tan extrema como la actual y los efectos del cambio climático, el volumen del agua embalsada hoy sería tan sólo de 106,59 hm3.

Desde octubre de 2018, cuando empezó la actual sequía, se ha estado desembalsando desde Melonares para el abastecimiento de Sevilla y parte de su área metropolitana y se ha ahorrado agua de los otros embalses. Aun así, los 89,256 hm3 de agua que aún conserva este pantano suponen el 45,57% de toda la reserva existente, es decir casi la mitad del total.

Presa de Melonares

En la definición de umbrales del Plan de Emergencia por Sequía se fija un periodo de 12 meses como el mínimo que debe permanecer el abastecimiento en ALERTA antes de la declaración de EMERGENCIA. El objetivo de este periodo es permitir a los gestores del abastecimiento activar e implantar todas las medidas necesarias para que en EMERGENCIA el suministro esté garantizado al menos durante otros 12 meses. Pues bien, dado que en octubre de 2022 se declaró el estado de alerta, ya han pasado los doce meses exigidos para poder declarar el estado de emergencia.

Según las especificaciones del Plan, durante este estado de emergencia se
impone como objetivo alcanzar una reducción media de la demanda del
10%. Se entiende que la situación es suficientemente grave como para exigir a los
usuarios un esfuerzo en la reducción de sus consumos, lo cual se realizará, en
primer término, con la intensificación de las campañas de concienciación y, en
segundo lugar, con la implantación de restricciones en la distribución.

Así, se continuará con las medidas restrictivas de los anteriores estados y, en caso necesario, se establecerán cortes de suministro o reducciones de presión en la
red de suministro. Adicionalmente a las medidas contempladas en el anterior estado,
se podrán adoptar las medidas siguientes:

  • Realización de informes de evolución de consumos y consecución de
    objetivos.
  • Prohibición de realizar tomas de la red de agua potable en las horas de
    presión reducida, para alcanzar el objetivo de reducir la demanda. Dicha prohibición de hacer uso de la red incluye las redes privadas procedentes de aljibes y depósitos. A
    los servicios sanitarios o de interés público no se les impondrá limitación de uso de la red.
  • Endurecimiento de las sanciones por incumplimiento de la reducción del consumo en la cuantía fijada.
  • Implantación de multas por no respetar la prohibición de tomar agua
    de la red durante las horas establecidas.

Llegada esta situación límite, habrá que incrementar la incorporación de recursos externos del sistema, en una cuantía suficiente que permita recuperar el
volumen de reservas fijado para el umbral del estado de emergencia.

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