La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir reduce el perímetro de protección de los acuíferos en la Faja Pirítica de Sevilla

La anchura pasa de entre 3.750 y 5.000 metros a 1.250 metros, con algunos picos superiores

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG), dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (titular, Teresa Ribera), ha sometido a información pública una propuesta de modificación de los perímetros de calidad y cantidad de los acuíferos en la Faja Pirítica de la provincia de Sevilla que acabará beneficiando a las empresas mineras y especialmente a Cobre las Cruces.

El perímetro de protección de captaciones de agua para abastecimiento es una figura contemplada en la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DMA) y que está prevista en la legislación española sobre aguas.

El perímetro de protección aparece también recogido en el artículo 6 de la Directiva 2006/118/CE, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro. En este artículo se confirma la importancia del perímetro de protección como herramienta útil para evitar la entrada en los acuíferos de sustancias contaminantes que alteren la calidad de las
aguas.

La planificación hidrológica en España contempla los perímetros de protección de captaciones de abastecimiento en el Plan Hidrológico Nacional, así como en los Planes Hidrológicos de cuenca.

La legislación estatal prevé dos posibilidades a la hora de la determinación del perímetro, ya sea a través de los planes hidrológicos o, en los periodos de
tiempo que transcurren entre la aprobación de las sucesivas revisiones de los planes hidrológicos, la delimitación de los perímetros de protección de las captaciones de agua destinadas al consumo humano se realizará mediante acuerdo motivado de la Junta de Gobierno del organismo de cuenca.

Los perímetros de protección de calidad y de cantidad están asociados a captaciones subterráneas para abastecimientos urbanos legalmente establecidos en el
Registro de Zonas Protegidas (RZP) del vigente Plan Hidrológico del Guadalquivir.

El referido perímetro de calidad (zona de protección moderada) fue definido en septiembre de 2009 en base a la Actividad 2 “Elaboración de perímetros de salvaguarda para la protección de las captaciones de abastecimiento urbano” enmarcada dentro del “Acuerdo de Encomienda de Gestión entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) para el desarrollo y ejecución de diversos proyectos en materia de aguas subterráneas, acuíferos, redes de observación hidrogeológica y explotación de masas de agua”.

El mapa sobre estas líneas refleja la localización de los perímetros de protección de calidad y cantidad establecidos en el vigente Plan Hidrológico del Guadalquivir (2022-2027) y límites vigentes del perímetro ES050ZPROTZCCM054900005 (color rosa).

La metodología empleada en el desarrollo de dichos trabajos, para la delimitación de zonas de salvaguarda, contemplaba la posibilidad de realizar una envolvente que agrupara varios perímetros de protección y establecerlos como una zona de salvaguarda. Este fue el criterio aplicado en la definición del perímetro ES050ZPROTZCCM054900005

Desde Gerena a Guillena se estableció un perímetro de protección de una anchura aproximada de 3.750 metros, que en la parte de Burguillos se ensancha hasta los 5.000 metros.

Sin embargo, el Ministerio dice ahora que dicha envolvente fue delimitada en base a la cartografía hidrogeológica a escala 1:200.000 disponible entonces, la cual ha experimentado una mejora significativa tras la publicación de la cartografía geológica (Mapa Geológico Continuo 1:50.000, IGME-GEODE), actualizada y de mayor detalle.

Una vez identificados los perímetros de protección de calidad existentes y analizado el ámbito del perímetro ES050ZPROTZCCM054900005, tanto desde el punto de vista hidrogeológico como desde el punto de vista administrativo y de gestión, se han redefinido los límites de dicha zona de protección, ajustándolos a los afloramientos de los materiales permeables miocenos, a través de los cuales se produce la recarga del acuífero explotado para abastecimiento.

Para ello se ha utilizado como base el mapa geológico continuo 1:50.000 (IGME-GEODE), así como los límites de los perímetros de protección de calidad existentes. Atendiendo a lo expuesto en dicho informe se concluye por parte del organismo de Cuenca de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir que deben modificarse los límites del perímetro de protección de la calidad (zona de protección moderada) ES050ZPROTZCCM054900005 de la forma que refleja el mapa bajo estas líneas:

En comparación con el perímetro de protección anterior ahora sólo hay unos «picos» de 2.500 metros de anchura en torno a Gerena; otro de 3.750 metros en Guillena, y uno de 2.500 metros en Burguillos.

En el resto de la franja (color rosa) entre Gerena y Cantillana la anchura del perímetro de protección se ha reducido a más/menos 1.250 metros, es decir un tercio de la anchura media que se había establecido en el vigente Plan Hidrológico del Guadalquivir 2022-2027.

Este recorte de la anchura del perímetro de seguridad para la captación de aguas subterráneas va a beneficiar a las explotaciones mineras en la Faja Pirítica de la provincia de Sevilla, y especialmente a Cobre las Cruces. Tres directivos de esta multinacional minera fueron condenados en el año 2016 por la contaminación de un acuífero y por los daños causados con la extracción de agua.

La sentencia que condenó a Cobre las Cruces por el “incumplimiento” de la autorización concedida para el aprovechamiento del acuífero, mencionaba entre otras cosas “sondeos sin preceptiva autorización”, extracciones de agua cuya acta de reconocimiento carecía de aprobación, una “detracción ilegal” de aguas y “concentraciones de arsénico” en el caudal del acuífero.

Si el perímetro de protección se reduce se incrementan las posibilidades de que entren en los acuíferos, como consecuencia de la actividad minera, sustancias contaminantes que alteren la calidad del agua. El agua es un elemento esencial para las compañías mineras, que demandan grandes cantidades así como vierten también volúmenes considerables conteniendo sustancias que si no son convenientemente depuradas perjudican al medio ambiente.

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