La Iglesia puso a su nombre 24 bienes de la Cuenca Minera de Riotinto usando un decreto de Aznar

La mitad se encuentran en Zalamea la Real, pero ninguno en Minas de Riotinto

Veinticuatro bienes situados en seis municipios de la Cuenca Minera han formado parte de lo que El Periódico de España calificó como «el mayor escándalo inmobiliario» de la historia de nuestro país: En 1998, con José María Aznar en la Moncloa, el Gobierno aprobó un real decreto que permitía a los obispos registrar como propios, mediante su sola palabra y sin necesidad de aportar ningún documento, los templos de culto. Ni siquiera Francisco Franco había llegado tan lejos: la dictadura facultaba a las diócesis para hacer lo mismo con el resto de bienes inmuebles, un acto que se denominó inmatriculación, pero no con los templos. Así que los prelados, entre finales del siglo pasado y 2015, cuando el Ejecutivo de Mariano Rajoy derogó lo que su antecesor en el PP había aprobado, se entregaron a un pantagruélico ‘me lo quedo’ que incluyó iglesias, ermitas, catedrales, el arte mudéjar, la Giralda de Sevilla y la mezquita de Córdoba.

El artículo 206 del Decreto de 8 de febrero de 1946 por el que se aprobó la nueva
redacción oficial de la Ley Hipotecaria (Ley Hipotecaria, en adelante), establecía en su
redacción original lo siguiente:
“El Estado, la Provincia, el Municipio y las Corporaciones de Derecho público o servicios
organizados que forman parte de la estructura política de aquél y las de la Iglesia
Católica
, cuando carezcan del título escrito de dominio, podrán inscribir el de los bienes
inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el
funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos, en la que se expresará
el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”.

La Ley 13/1996, de 30 de diciembre, añadió a dicho precepto de la Ley Hipotecaria un
párrafo segundo con el siguiente tenor literal, sin modificar el anterior:

“Mediante certificación administrativa, librada en los términos indicados en el párrafo
anterior y con los demás requisitos en cada caso establecidos, podrán inscribirse la
declaración de obra nueva, mejoras y división horizontal de fincas urbanas, y, siempre
que no afecten a terceros, las operaciones de agrupación, división, agregación y
segregación de fincas del Estado y de los demás entes públicos estatales certificantes”.

Esta redacción se mantuvo en vigor hasta la aprobación de la Ley 13/2015, de 24 de
junio que supuso una modificación íntegra del artículo citado y que puso fin a la
posibilidad de que la Iglesia Católica inmatriculara bienes sobre la base de
certificaciones expedidas por el diocesano correspondiente.

José María Aznar modificó el Decreto que dio barra libre a la Iglesia para inmatricular bienes en el Registro de la Propiedad sin necesidad de acreditar título alguno

Según la información facilitada por el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España al Gobierno de la nación, que éste a su vez transmitió a la Presidencia de las Cortes Generales en 2022, la Iglesia aprovechó el Decreto de Aznar para inmatricular 34.961 inmuebles en los Registros sin que se le exigieran los títulos de propiedad, ya que bastaba con que el diocesano de turno expidiera un certificado diciendo que eran suyos.

La mayoría (20.014) son templos o dependencias adyacentes. El resto (14.947), terrenos, fincas, viviendas, locales, viñedos, garajes e incluso castillos.

El 24 de octubre de 2022, el entonces presidente de la Conferencia Episcopal, cardenal Juan José Omella, le reconoció al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que al menos 912 de esos bienes inmatriculados no eran en realidad propiedad de la Iglesia Católica.

La lista de inmatriculaciones en la Cuenca Minera al amparo del Decreto de Aznar es la siguiente:

BERROCAL

-Berrocal                              Casa parroquial.

-Berrocal                              Dos fincas urbanas sin especificar.

-Berrocal                              Dos fincas rústicas, una de ellas

                                               Diseminados de Berrocal.          

EL CAMPILLO

-El Campillo                         Una finca urbana sin especificar.

-Aldea Traslasierra             Una finca urbana sin especificar.

CAMPOFRÍO

-Campofrío                          Templo parroquial San Miguel Arcángel.

-Aldea Ventas de Arriba   Ermita de Las Ventas.

LA GRANADA DE RIOTINTO

-La Granada                         Plaza Nuestra Señora de Granada.

NERVA

-Nerva                                   Dos fincas urbanas sin especificar.

ZALAMEA LA REAL

-Zalamea la Real                Finca denominada Pago de San Blas

(con Ermita San Blas, antiguamente de Santa María de Ureña. Adosado se encuentra la Sacristía y el local llamado «Los Apestados»).

La ermita de San Blas, en Zalamea la Real

-Zalamea la Real                Dos ermitas (sin especificar; presuntamente, las

                                               De San Vicente y La Pastora).

-Zalamea la Real                Tres fincas urbanas sin especificar.

-Zalamea la Real                Dos fincas rústicas: paraje Los Palmares y paraje

                                               Las Joyas.

-Aldea El Membrillo Alto  Dependencias de la Parroquia de San Pedro de

la Iglesia Católica.

-Aldea El Pozuelo               Cementerio parroquial.

-Aldea El Pozuelo               Finca urbana sin especificar.

-Aldea El Villar                    Parroquia.

Existe una Coordinadora Estatal para la Recuperación del Patrimonio Inmatriculado por la Iglesia Católica (Coordinadora Recuperando), cuya página en Internet es la siguiente: https://www.recuperando.es/

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